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20 NORMAS LEGALES Viernes 7 de febrero de 2020 / El Peruano SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a diez (10) bienes muebles paleontológicos (ammonites), que se describen en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución conjuntamente con el anexo en el Diario Ofi cial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA Viceministra de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 1852593-1 DEFENSA Reglamento del Decreto Legislativo N° 1128, que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas DECRETO SUPREMO N° 001-2020-DE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1128, se crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa, encargada de plani fi car, organizar y ejecutar el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa y los procesos de contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías a su cargo, en el mercado nacional y extranjero; Que, el artículo 2 del mencionado Decreto Legislativo establece que la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas tiene por objetivo central lograr una e fi ciente y transparente contratación de bienes, servicios, obras y consultorías, que fortalezcan el planeamiento estratégico de compras y la adecuada ejecución de las contrataciones del Sector Defensa, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado o la normativa que resulte aplicable, para el cabal cumplimiento de la misión constitucional de las Fuerzas Armadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2013-DE, se aprobó el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1128, desarrollando diversos aspectos relacionados con los procesos de contratación en el mercado nacional y extranjero; Que, el artículo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fi nes especí fi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos; y son creadas formalmente mediante resolución ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Que, en ese contexto, mediante Resolución Ministerial Nº 0043-2019-DE/VRD, de fecha 15 de enero de 2019, se constituyó la Comisión Sectorial encargada de evaluar la normativa, organización, procesos y competencias del personal de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, con la función de evaluar la normativa, organización, procesos y competencia del personal de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, emitiendo un informe en el cual se detalle el resultado de dicha evaluación, y las recomendaciones para el fortalecimiento del mencionado Organismo Público, y la optimización de su funcionamiento; Que, como resultado de dicha evaluación, la Comisión Sectorial efectuó la revisión del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1128, y recomendó la aprobación de una nueva norma reglamentaria, presentando la correspondiente propuesta ante el Ministerio de Defensa, a fi n que se proceda con el respectivo trámite de aprobación; Que, el artículo 6 del Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, establece en su numeral 12), que es una de sus funciones especí fi cas, supervisar el funcionamiento de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, así como el cumplimiento del Plan Estratégico de Compras; Que, el proyecto del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1128, ha sido formulado con la fi nalidad de dinamizar las contrataciones en el mercado nacional y extranjero en el Sector Defensa y, fortalecer la facultad regulatoria de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas respecto de los procedimientos operativos de los procesos de contratación; siendo necesaria su aprobación; De conformidad con el artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y el Decreto Legislativo N° 1128, que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, DECRETA: Artículo 1.- Objeto Apruébese el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1128, que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, el cual consta de tres (03) Títulos, veinticinco (25) Artículos, una (01) Disposición Complementaria Final y una (01) Disposición Complementaria Transitoria, cuyo texto como Anexo forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Financiamiento La implementación de lo establecido en el Reglamento que se aprueba mediante el presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del pliego Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Defensa. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Derogación Deróguese el Decreto Supremo N° 005-2013-DE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1128, que crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cinco días del mes de febrero del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa REGLAMENTO DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1128, QUE CREA LA AGENCIA DE COMPRAS DE LAS FUERZAS ARMADAS TÍTULO I: DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones relacionadas a los procesos de contratación a cargo de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, así como la homogeneización y estandarización de los bienes y servicios pertenecientes a los órganos bajo su ámbito de competencia. Cuando en el presente Reglamento se mencione a la Agencia, se entiende que se está haciendo referencia a la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas. Asimismo, cuando se mencione a los Órganos bajo el