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40 NORMAS LEGALES Viernes 21 de febrero de 2020 / El Peruano para el periodo 2019-2020, dicha Entidad Fiscalizadora Superior, mediante Resolución de Contraloría Nº 369-2019-CG del 22 de octubre de 2019, aprobó el Tarifario para dicho periodo, que establece el monto de la retribución económica, incluido el impuesto general a las ventas y derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoría; comunicando que dicha entidad tiene programado iniciar en el presente año fi scal, las convocatorias públicas de méritos para la designación de sociedades de auditoría para las entidades incluidas en el tarifario aprobado para el periodo auditado 2019, como es el caso de la UNF; por lo que solicita que en el mes de enero de 2020, se proceda a efectuar el saldo del 50% de la retribución económica, de acuerdo al cuadro siguiente: Cuadro Nº 1 Universidad Nacional de Frontera Operación ConceptoPeriodo Auditado 2019 Transferencias Financieras por año (S/) 2019 2020 Transferencia Financiera50% Retribución Económica (incluido IGV)23,872.00 23,872.00 Total 23,872.00 23,872.00 Que, el importe a transferir en el año 2019 corresponde a una transferencia fi nanciera del 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019. Asimismo, indica que se debe adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2020 por el otro 50% de la retribución económica (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2019. Que, con informe Nº 003-2020-UNF-DGA-CONT de fecha 13 de enero de 2020, el Jefe de la Unidad de Contabilidad, informa a la Jefa de la Dirección General de Administración, que en función a la designación del suscrito como coordinador ante la Contraloría General de la República, solicita la continuación del trámite administrativo en lo que respecta a la transferencia fi nanciera del saldo (50%) por concepto de la retribución económica (incluido IGV) para la Sociedad Auditora del periodo auditado 2019. Que, mediante Informe Nº 015-2020-UNF-PCO-OPEP de la O fi cina de Planeamiento Estratégico y Presupuesto remite el Informe Nº 022-2020-UNF-PCO-OPEP-UP de la Unidad de Presupuesto, a través del cual informa que en el Prepuesto de la Institución se cuenta con cobertura presupuestaria por la fuente de fi nanciamiento 1 Recursos Ordinarios para ejecutar la transferencia solicitada a favor de la Contraloría General de la República que corresponde para el año 2020. Que, con Informe Nº 045-2020-UNF-OAJ de fecha 31 de enero de 2020, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión, señalando que es viable jurídicamente la emisión del acto resolutivo de transferencia de saldo (50% retribución económica incluido IGV) para contratación de sociedad auditora periodo auditado 2019, resolución que tendrá que ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, ello conforme a ley. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, la Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU y la Resolución Viceministerial Nº 200-2019-MINEDU. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 548: Universidad Nacional de Frontera hasta por la suma de VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 23,872.00) a favor del Pliego 019: Contraloría General, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo Segundo.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 548: Universidad Nacional de Frontera, Unidad Ejecutora 001-1373 Universidad Nacional de Frontera, de acuerdo al siguiente detalle: - Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios - Categoría Presupuestal: 9001 Acciones Centrales- Producto: 3.999999 Sin Producto- Actividad: 5.000003 Gestión Administrativa- Sección Funcional: 035 Acciones Administrativas- Especí fi ca de gasto: 2.4. 1 3. 1 1 Otras Unidades del Gobierno Nacional - Importe: S/ 23,872.00 Artículo Tercero.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo primero de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Cuarto.- Publicación y difusión Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y a la Unidad de Tecnologías de Información y Comunicaciones su publicación en el portal institucional de la Universidad Nacional de Frontera. Regístrese, comuníquese y ejecútese.RAUL EDGARDO NATIVIDAD FERRER Presidente de la Comisión Organizadora ANDRÉ ANTONIO LOBATÓN CARBAJAL Secretario General 1857055-1 Autorizan viaje autoridades de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Brasil, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTIN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0135-2020 Arequipa, 13 de febrero del 2020. VISTOS la invitación realizada por la Universidad Federal de Santa Catarina (Brasil) y Acuerdo de Consejo Universitario de fecha 17 de enero del 2020. CONSIDERANDOQue, el Rector de la Universidad Federal de Santa Catarina (Brasil), Dr. Ubaldo Cesar Balthazar, hace llegar una invitación al Señor Rector, Dr. Rohel Sánchez Sánchez, Dra. Ana María Gutiérrez Valdivia, Vicerrectora Académica, Dr. Horacio Vicente Barreda Tamayo, Vicerrector de Investigación y al Mg. Orlando Fredi Angulo Salas, Secretario General, para visitar la Universidad Federal de Santa Catarina (UFSC) - Brasil, entre los días 05 y 06 de marzo del 2020, con la fi nalidad de consolidar los lazos institucionales, compartir buenas prácticas de gobernanza y aprender sobre el área de innovación de dicha entidad, contando con la participación del Instituto de Investigación y Estudios en Administración Universitaria (INPEAU) y otras instituciones involucradas. Que, la visita de las citadas autoridades a la Universidad Federal de Santa Catarina (UFSC) - Brasil, contribuirá al logro de los fi nes que tiene la UNSA, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6° de la Ley Universitaria N° 30220, es decir: “6.1 Preservar,