Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2020 (21/02/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Viernes 21 de febrero de 2020 /

El Peruano

aprueba la actualización de la vigencia de la Ordenanza Regional Nº 017-2013-GRA/CR, de fecha 20 de setiembre de 2013, que DECLARÓ en proceso de restructuración y alineamiento del Gobierno Regional de Ayacucho a la política nacional de modernización de la gestión pública, incluyendo los organismos públicos descentralizados y desconcentrados, a la emisión de la presente ordenanza regional; en el marco a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, publicado en el diario oficial "El Peruano", el 18 de mayo de 2018, que aprueba los lineamientos de la organización del Estado; Que, mediante Oficio Nº 938-2019-GRA/GR-GG, de fecha 15 de noviembre de 2019, el Gerente General Regional, remite al Presidente de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional, la opinión técnica y opinión legal, con sus respectivos antecedentes, con relación al proyecto de Ordenanza regional del Proceso de Reestructuración Orgánica del GORE ­ Ayacucho, con las propuestas para su implementación; Que, la Ordenanza Regional Nº 017-2013-GRA/CR, de fecha 20 setiembre 2013, que declara en Proceso de Reestructuración y Alineamiento del Gobierno Regional de Ayacucho a la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, incluyendo sus Organismos Públicos descentralizados y desconcentrados; y, en cumplimiento al artículo segundo de la misma norma regional, el órgano ejecutivo a través del Artículo Segundo de la Resolución Ejecutiva Regional Nº 247-2015-GRA/PRES; y, la Resolución Ejecutiva Regional Nº 573-2016-GRA/ GR, se conforma el Equipo Técnico Regional, encargado de organizar y elaborar la propuesta del proceso de reestructuración; cuyo resultado fue la presentación del Diseño y Estructura Organizacional Institucional; Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional, la cual se tiene que actualizarse en aplicación a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modificatoria aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 131-2018PCM, que modifica los Lineamientos de Organización del Estado, la que conlleva a arribar a la actualización de la Ordenanza Regional Nº 017-2013-GRA/CR, de fecha 20 de setiembre de 2013, de acuerdo a la normatividad vigente; Que, la Ley Nº 27658 - Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado y el Decreto Supremo Nº 0302002-PCM, que aprueba su Reglamento; declara al Estado Peruano en proceso de Modernización de la Gestión del Estado, con la finalidad de mejorar la gestión pública orientada al servicio del ciudadano, la persona humana y a la obtención de resultados; y a constituir un Estado democrático descentralizado y en contexto; el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM; aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, en el numeral 3º de la apuesta central, prescribe que la gestión pública está orientada a resultados al servicio del ciudadano y en el rubro 3.2 señala los cinco pilares centrales de la Política de Modernización de la Gestión Pública; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, regula la estructura y organización del Estado en forma democrática, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo, define las normas que regulan la descentralización administrativa, económica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; el numeral 9.2 del artículo 9º de la mencionada Ley establece que, la autonomía administrativa de gobierno es la facultad de organizarse internamente, reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; el literal c) del artículo 35º de la citada Ley, describe como competencia exclusiva aprobar su organización interna y su Presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes anuales de Presupuesto; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, señala en el numeral 1, literal c) del artículo 10º, que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales, aprobar su organización interna y su presupuesto institucional conforme a la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y las Leyes Anuales de Presupuesto; el artículo 12º,

prescribe que "El Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional se organiza en Gerencias Regionales coordinadas y dirigidas por una Gerencia General. Se complementa con los órganos de línea, apoyo, asesoramiento y control que establece el reglamento correspondiente, conforme lo determine cada Gobierno Regional, de acuerdo a los límites presupuestales asignados para su gasto corriente"; el artículo 13º indica que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del gobierno regional; el literal a) del artículo 15º, señala que una de las atribuciones del Consejo Regional, es "aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional". Que, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, a través del artículo 45º y 46º, refiere que los sistemas funcionales tienen por finalidad asegurar el cumplimiento de políticas públicas que requieren la participación de todas o varias entidades del Estado y señala que los Sistemas Administrativos es de aplicación Nacional; que tiene por finalidad regular la utilización de los recursos en las entidades de la Administración Pública, promoviendo la eficacia y eficiencia en su uso; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1026, publicado en el diario oficial El Peruano, el 21 de junio de 2008, se establece un régimen especial facultativo para los Gobiernos Regionales y Locales que deseen implementar procesos de modernización institucional integral. Para tal efecto la precitada norma, precisa que tiene por finalidad facultar a los gobiernos regionales y locales a implementar un proceso de modernización institucional integral para mejorar los servicios a la ciudadanía y potenciar el desarrollo de sus jurisdicciones, asi como hacer efectivo el traslado de recursos humanos del gobierno nacional a los gobiernos regionales y locales en el marco del proceso de descentralización. El proceso de modernización institucional integral comprende aspectos de reestructuración, simplificación administrativa, orientación a resultados, mejora de la calidad del gasto y democratización; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 18 de mayo de 2018, se aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; que regula los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las Entidades del Estado, a fin que estas, conforme a su tipo, competencias y funciones, se organicen de la mejor manera para responder a las necesidades públicas en beneficio de la ciudadanía., regula también los principios generales, niveles organizacionales, órganos de las entidades, criterios para la creación de órganos o unidades orgánicas, creación de comisiones, grupos de trabajo o comités, creación, fusión, adscripción, cambio de dependencia y extinción de entidades, documentos de gestión organizacional (ROF), proceso de aprobación del Reglamento de Organización y Funciones, Manual de Operaciones (MOP); entre otras; Que, mediante la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2018-PCM/SGP, publicado en el diario oficial El Peruano, el 09 de agosto de 2018, se aprueba la Directiva Nº 001-2018-SGP, el objetivo de la directiva es regular el sustento técnico y legal de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado referidos a la aprobación o modificación de Reglamentos de Organización y Funciones ­ ROF, creación de entidades públicas del ámbito nacional, regional y local, cambio de dependencia de programas y proyectos especiales y cambio de adscripción de organismos públicos de un sector a otro del Poder Ejecutivo, y; regular la verificación posterior aleatoria contemplada en la Sétima Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1446, publicado en el diario oficial El Peruano, el 16 de setiembre de 2018, se modifica la Ley Nº 27658 ­ Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; donde indica en el numeral 6-A.5, del Artículo 6-A, que las modificaciones a la estructura orgánica de una entidad en el marco de un proceso de fortalecimiento organizacional se rigen por los criterios de diseño y estructura de la administración pública;

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