Norma Legal Oficial del día 21 de febrero del año 2020 (21/02/2020)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

42

NORMAS LEGALES

Viernes 21 de febrero de 2020 /

El Peruano

Pasajes Aéreos S/. 23,200.00 soles (5,800.00 x 4 Investigadores) y Seguro de Viaje por S/. 2,000.00 soles (S/. 500.00 x 4 Investigadores); que en total suman S/. 36,840.00 soles; razón por la que se ha registrado en el Módulo Administrativo y Presupuestal SIAF-SP, la Certificación Presupuestal Nº 0000000045, Correlativo de Meta 0042; Que, la participación de la Dra. Noemí León Roque, Investigador Principal, y de los investigadores Dra. Blanca Margarita Romero Guzmán, MSc. Juan Carlos Díaz Visitación, docentes de la Facultad de Ingeniería Química e Industrias Alimentarias, resulta necesario para capacitarse en el uso del equipo Cromatografía Líquida de alta Resolución (HPLC) con espectrómetro de masas y contribuir a publicaciones de resultados a través de artículos de revistas indezadas, conforme señala el numeral 1 y 5 del Art. 6º de la Ley Universitaria Nº 30220; es decir, "preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad", "Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística, la creación intelectual y artística"; Que, el Art. 191.16, del Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, señala que el docente tiene como derecho, entre otros, a recibir subvenciones y movilidad para asistir a eventos académicos, científicos y tecnológicos, nacionales o internacionales; Que, el Art. 40.18 de la citada norma, señala como una de las atribuciones del Rector, autorizar los viajes en comisión de servicio fuera del país a los directivos, docentes y funcionarios de la Universidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y en uso de las atribuciones que le confieren al Rector, la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de MadridEspaña, a los investigadores que a continuación se mencionan, a fin de realizar una pasantía para la capacitación sobre el uso del equipo Cromatografía Líquida de alta Resolución (HPLC) con espectrómetro de masas, la cual se ha programado realizarse en la Universidad Complutense, otorgándoles a cada uno la cantidad de S/. 9,210.00, según detalle: Del 21 de febrero al 08 de marzo del 2020
Investigador Dra. Noemí León Roque Pasaje Aéreo Chiclayo-Madrid (España) Madrid (España)-Chiclayo Manutención Seguro de S/. Viaje S/. 2,910.00 500.00

su modificatoria Nº 357-2016-R, numeral 6.1 inc. s), así como su informe detallando las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; vencido el plazo se le descontará en la planilla de haberes. Artículo 4º.- Disponer que la presente resolución se publique en el diario Oficial El Peruano, de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 27619. Artículo 5º.- Dar a conocer la presente resolución a la Dirección General de Administración, Oficina General de Recursos Humanos, Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina de Sistemas Contables, Oficina de Tesorería, Facultad de Ingeniería Química e Industrias Alimentarias, interesados, Órgano de Control Institucional y demás instancias correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. JORGE AURELIO OLIVA NUÑEZ Rector WILMER CARBAJAL VILLALTA Secretario General 1857015-1

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran nula notificación dirigida a regidor del Consejo Distrital de San Francisco de Ravacayco, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho
RESOLUCIÓN Nº 0116-2020-JNE Expediente Nº JNE.2019002106 SAN FRANCISCO DE RAVACAYCO PARINACOCHAS - AYACUCHO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, trece de febrero de dos mil veinte VISTOS los Oficios Nº 143-2019-MDSFR/ALC, Nº 202-2019-MDSFR/ALC y Nº 14-2020-MDSFR/ALC, recibidos el 27 de setiembre y el 19 de diciembre de 2019 y el 17 de enero de 2020, respectivamente, presentados por Luis Fernando Rivera Cárdenas, alcalde de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Ravacayco, provincia de Parinacochas, departamento de Ayacucho, por los cuales solicitó la convocatoria de candidato no proclamado, debido a que se ha declarado la vacancia de Gilberto Julián Huaylla Huaccalsaico, regidor de dicha comuna, por haber incurrido en la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES El alcalde de la Municipalidad Distrital de San Francisco de Ravacayco, mediante los Oficios Nº 143-2019-MDSFR/ALC, Nº 202-2019-MDSFR/ALC y Nº 14-2020-MDSFR/ALC, de fechas 27 de setiembre y 19 de diciembre de 2019 y 17 de enero de 2020 (fojas 1, 31 y 60), respectivamente, solicitó la convocatoria de candidato no proclamado, debido a que se ha declarado la vacancia de Gilberto Julián Huaylla Huaccalsaico, regidor de dicha comuna, por haber incurrido en la causal de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, contemplada en el artículo 22, numeral 7, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). En razón de ello, se adjuntaron, entre otros, copias certificadas de los siguientes documentos: i) Solicitud de vacancia, de fecha 22 de marzo de 2019 (fojas 33 a 36).

5,800.00

Del 07 de marzo al 22 de marzo del 2020
Investigador Pasaje Aéreo Seguro Manutención de Viaje S/. S/. 2,910.00 500.00

Chiclayo-Madrid Dra. Blanca Margari- (España) ta Romero Guzmán Madrid(España)-Chiclayo Chiclayo-Madrid (España) MSc. Juan Carlos Díaz Visitación Madrid(España)-Chiclayo

5,800.00

5,800.00

2,910.00

500.00

Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, manutención y seguro de viaje, que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son con cargo a la Fte. Fto. Rubro 4-13 Donaciones y Transferencias. Artículo 3º.- Disponer que los docentes investigadores, deberán realizar su rendición de cuentas dentro de los diez (10) días hábiles, contados desde la culminación de la comisión de servicios, según lo dispuesto en el Oficio Nº 816-2017-R, Resolución Nº 2084-2015-R y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.