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18 NORMAS LEGALES Jueves 2 de julio de 2020 / El Peruano de Ministros, es el ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); Que, en el literal e) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo N° 022-2017-PCM, se establece que el/la Viceministro/a de Gobernanza Territorial, por encargo de el/la Presidente/a del Consejo de Ministros, tiene la función de ejercer la rectoría del Sistema de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); Que, en atención a lo expuesto, y contando con la opinión favorable del Viceministerio de Gobernanza Territorial, resulta necesario aprobar los “Lineamientos para la formulación y aprobación de los planes de operaciones de emergencia en los tres niveles de gobierno”; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), el Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para la formulación y aprobación de los planes de operaciones de emergencia en los tres niveles de gobierno”, que en Anexo forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) realice la orientación y supervisión a las Entidades Públicas de los tres niveles de gobierno, sobre el cumplimiento de los lineamientos aprobados en el artículo 1 de la presente resolución ministerial, para cuyo efecto podrá desarrollar guías que coadyuven a dicha orientación. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”; asimismo, el Anexo se publica en los portales institucionales del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm) y del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) (www.indeci.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros 1869443-1 Conforman Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para abordar la problemática socio ambiental de la cuenca Llallimayo, que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri, de la provincia de Melgar, departamento de Puno” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 137-2020-PCM Lima, 30 de junio de 2020 VISTOS: El O fi cio N° 00189-2020-MINAM/SG de la Secretaría General del Ministerio del Ambiente; el Informe N° 00024-2020-MINAM/SG/OGASA de la O fi cina General de Asuntos Socio-Ambientales del Ministerio del Ambiente; el Informe N° D000020-2020-PCM-SGSD de la Secretaría de Gestión Social y Diálogo; y, el Proveído N° D001083-2020-PCM-DVGT del Despacho Viceministerial de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros;CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el artículo 17 de la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo, y coordina las relaciones con los demás Poderes del Estado, los organismos constitucionales, gobiernos regionales, gobiernos locales y la sociedad civil; Que, mediante Resolución Ministerial N° 445-2019- PCM, se conformó el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para abordar la problemática socio ambiental de la cuenca Llallimayo, que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri, de la provincia de Melgar, departamento de Puno”, con el objeto realizar acciones de coordinación para implementar un plan de trabajo para abordar la problemática socio ambiental de la Cuenca de Llallimayo, que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la provincia de Melgar, departamento de Puno, que incluye las acciones acordadas por el Grupo de Trabajo conformado mediante la Resolución Ministerial N° 162-2019-PCM; Que, el artículo 10 de la Resolución Ministerial N°445- 2019-PCM, establece que el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo es de sesenta (60) días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación; esto es, hasta el 17 de marzo de 2020; Que, en este contexto, mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA, publicado el 11 de marzo de 2020, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas de prevención y control del COVID-19; ampliado temporalmente mediante el Decreto Supremo N° 020-2020-SA por un plazo de noventa (90) días. Que, asimismo, mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM, precisado por los Decretos Supremos N° 045-2020-PCM y N° 046-2020-PCM, se declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días calendario, y se dispone el aislamiento social obligatorio (cuarentena) así como medidas para el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito, por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del brote del COVID-19; habiéndose prorrogado dicho plazo mediante los Decretos Supremos N° 051-2020-PCM, N° 064-2020-PCM, N° 075-2020-PCM, N° 083-2020-PCM y N° 094-2020-PCM, respectivamente, hasta el martes 30 de junio de 2020; Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos de Vistos, el Grupo de Trabajo requiere continuar con la implementación de un plan de trabajo y alcanzar un consenso entre los actores involucrados respecto a la identi fi cación de alternativas técnicas para lograr la descontaminación de fuentes de agua y la cuenca Llallimayo; Que, en ese sentido, resulta necesario conformar el Grupo de Trabajo con el objeto de realizar acciones de coordinación para abordar la problemática socio ambiental de la Cuenca de Llallimayo, que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri de la Provincia de Melgar del departamento de Puno, que incluye las acciones acordadas por el Grupo de Trabajo conformado mediante la Resolución Ministerial N° 445-2019-PCM; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 022-2017-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Conformación del Grupo de Trabajo Conformar el Grupo de Trabajo denominado “Mesa de Trabajo para abordar la problemática socio ambiental de la cuenca Llallimayo, que comprende los distritos de Ayaviri, Cupi, Llalli y Umachiri, de la provincia de Melgar, departamento de Puno”, dependiente de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto realizar acciones de coordinación para implementar un plan de trabajo para abordar la problemática socio ambiental de la