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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2020 (05/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Domingo 5 de julio de 2020 / El Peruano Cód Infracción % de UIT Sujeto a Bene fi cio Medidas complementarias 01-208Por tomar posesión y/o recoger pasajeros en una zona no autorizada y/o recoger pasajeros en una zona de estacionamiento autorizado que no le corresponde.3 SI Internamiento del vehículo 01-209 Prestar el servicio en un vehículo no autorizado o sin sticker vehicular. 2 SI Internamiento del vehículo 01-210Por tomar o dejar pasajeros, en el centro de la calzada o en lugares que atenten contra la integridad física del pasajero.4 SI Internamiento del vehículo 01-211Por conducir un vehículo sin razón social, número de fl ota y/o número de placas laterales.3 SI Internamiento del vehículo 01-212Por prestar el servicio sin el uniforme (polo, chaleco, buzo, etc.) de la persona jurídica a la que está a fi liado.5 SI Internamiento del vehículo 01-213Por no conservar las características originales con las que aprobó la revisión y/o constatación de características.3 SI Internamiento del vehículo 01-214Por conducir un vehículo que no cuente con el certi fi cado de aprobación de revisión técnica vehicular. 4 SI Internamiento del vehículo 01-215Por hacer caso omiso ante el requerimiento del inspector municipal al momento de la intervención negándose a entregar documentos.4 SI Internamiento del vehículo 01-300 Infracciones al Vehículo Menor No Autorizado 01-301Prestar el servicio sin estar registrado en una persona jurídica autorizada por la Municipalidad.25 NOInternamiento del vehículo menor 01-302Presta el servicio usurpando colores y/o distintos de una persona jurídica autorizada por la Municipalidad. 25 NOInternamiento del vehículo menor 02-100 Infracciones relacionadas con Medidas de Bioseguridad para Evitar la Propagación del COVID-19 02-101Por no contar con termómetro infrarrojo, para realizar el control de temperatura corporal de los conductores de su fl ota. a. Transportador autorizado 25% NO 02-102Por no llevar un registro de los conductores suspendidos por los supuestos señalados en el numeral 5.1.4. de la presente ordenanza. a. Transportador autorizado 25% NO 02-103Por no comunicar por escrito sobre los conductores suspendidos, en un plazo no mayor de 24 horas de advertido el hecho, a la Municipalidad de Villa El Salvador. a. Transportador autorizado 25% NO 02-104Por no contar, el personal de limpieza, con equipos de protección personal necesarios: mascarillas descartables, guantes de goma, zapatos de goma, ropa de trabajo o mameluco, lentes, protector de cabello). a. Transportador autorizado 25% NO 02-105Por prestar el servicio público de “viajes compartidos”. a. Transportador autorizado 10 NO b. Conductor 5 NO Internamiento de vehículo 02-106Por prestar el servicio al público; durante las horas de Inmovilización Social Obligatoria. a. Transportador autorizado 25 NO b. Conductor 10 NO Internamiento de vehículo 02-107Por prestar el servicio al público, sin utilizar mascarilla. a. Transportador autorizado 25 NO b. Conductor 10 NO Internamiento de vehículo 02-108Por prestar el servicio al público, sin contar con alcohol en gel o líquido para su uso. a. Transportador autorizado 15 NO b. Conductor 5 NO Internamiento de vehículo 02-109Por prestar el servicio al público, sin contar con paños de limpieza y/o soluciones desinfectantes para su empleo. a. Transportador autorizado 15 NO b. Conductor 5 NO Internamiento de vehículo 02-110Por prestar el servicio al público, sin que el vehículo cuente con una separación física, conforme al anexo IV. a. Transportador autorizado 25 NO 02-111Por prestar el servicio al público, transportando más de dos (02) personas, conforme al anexo V. a. Transportador autorizado 25 NO b. Conductor 10 NO Internamiento de vehículo 02-112Por brindar el servicio a pasajeros que no lleven mascarilla puesta. a. Transportador autorizado 25 NO b. Conductor 10 NO Internamiento de vehículo 02-113Por no publicar el aviso informativo sobre las medidas de prevención contra el COVID-19, conforme al anexo III. a. Transportador autorizado 15 NO 1869807-1