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25 NORMAS LEGALES Jueves 16 de julio de 2020 El Peruano / Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS LOZADA CONTRERAS Ministro de Transportes y Comunicaciones 1871512-39 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU Aprueban el Protocolo denominado “Servicio de Digitalización de Material Bibliográfico Documental en la Biblioteca Nacional del Perú” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000081-2020-BNP Lima, 15 de julio de 2020VISTOS:El Informe Técnico N° 000007-2020-BNP-J-DAPI de fecha 10 de julio de 2020, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; el Memorando N° 000225-2020-BNP-J-DPC de fecha 10 de julio de 2020, de la Dirección de Protección de las Colecciones; el Memorando N° 000758-2020-BNP-GG-OA de fecha 13 de julio de 2020, de la O fi cina de Administración; el Memorando N° 000209-2020-BNP-GG-OTIE de fecha 13 de julio de 2020, de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística; el Memorado N° 000452-2020-BNP-GG-OPP de fecha 13 de julio de 2020, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 000170-2020-BNP-GG-OAJ, de fecha 14 de julio de 2020, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley sobre el Derecho de Autor, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 822, establece disposiciones referidas al préstamo público, de fi niéndolo como “(…) la transferencia de la posesión de un ejemplar lícito de la obra durante un tiempo limitado, sin fi nes lucrativos por una institución cuyos servicios están a disposición del público, como una biblioteca (…)”; Que, el artículo 2 de la Ley N° 30570 establece que “La Biblioteca Nacional del Perú es el centro depositario del patrimonio cultural bibliográ fi co, digital, documental, fílmico, fotográ fi co y musical peruano, así como del capital universal que posee con la fi nalidad de coadyuvar al desarrollo cultural, cientí fi co y tecnológico, contribuyendo al desarrollo económico y social, y apoyando la formación de ciudadanos y asociaciones. Representa una fuente de conocimiento para toda la sociedad peruana e internacional, garantizando su integridad y facilitando su acceso a toda la ciudadanía y a las generaciones futuras”; Que, por medio del Decreto Supremo N° 008-2020- SA, se declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictaron medidas de prevención y control del COVID-19. Asimismo, en el marco de lo establecido en el artículo 79 de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, se disponen medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19 en puertos, aeropuertos y puestos de entrada terrestres; centros educativos; espacios públicos y privados; transporte; centros laborales, entre otros;Que, el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM declaró el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de quince (15) días, siendo dispuesta su última ampliación a través del Decreto Supremo N° 116-2020-PCM; Que, a través de la Resolución de Gerencia General N° 029-2020-BNP-GG de fecha 06 de junio de 2020, se o fi cializó la aprobación del “Plan para la Vigilancia, Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo de la Biblioteca Nacional del Perú”; Que, mediante Informe Técnico N° 000007-2020-BNP- J-DAPI, la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, elaboró la propuesta del protocolo denominado “Servicio de Digitalización de Material Bibliográ fi co Documental en la Biblioteca Nacional del Perú” que tiene por objetivo “Establecer las pautas que permitan brindar el servicio de digitalización de material bibliográ fi co documental en la Biblioteca Nacional del Perú, a fi n de promover el acceso a la información en bene fi cio de la ciudadanía y reducir el riesgo de propagación de la enfermedad causada por el Coronavirus (COVID-19)”; Que, a través de los documentos de los vistos la Dirección de Protección de las Colecciones, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística; y, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emitieron opinión favorable respecto de la propuesta de Protocolo. Asimismo, la O fi cina de Asesoría Jurídica, en el ámbito de su competencia y sustentándose en lo señalado por los órganos involucrados, recomendó emitir el acto resolutivo por medio del cual se apruebe el Protocolo denominado “Servicio de Digitalización de Material Bibliográ fi co Documental en la Biblioteca Nacional del Perú” propuesto por la Dirección del Acceso y Promoción de la información; Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información, de la Dirección de Protección de las Colecciones, de la O fi cina de Administración, de la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; y, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2018-MC; y, demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR el Protocolo denominado “Servicio de Digitalización de Material Bibliográ fi co Documental en la Biblioteca Nacional del Perú”, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística la publicación de la presente Resolución en el portal web institucional (http://www.bnp.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.EZIO NEYRA MAGAGNA Jefe Institucional 1871509-1 Aprueban el Protocolo “Servicio de atención en las salas de lectura de la Biblioteca Nacional del Perú - Sede San Borja” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 000082-2020-BNP Lima, 15 de julio de 2020 VISTOS: El Informe Técnico N° 000006-2020-BNP-J-DAPI y el Memorando N° 000317-2020-BNP-J-DAPI, de fechas 10 y 13 de julio de 2020, de la Dirección del Acceso y Promoción de la Información; el Memorando