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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2020 (16/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Jueves 16 de julio de 2020 El Peruano / Que, según lo señalado en el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30224, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias, mediante la homologación los ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por PERÚ COMPRAS; Que, asimismo, el numeral 31.1 del artículo 31 del citado Reglamento, dispone que la aprobación, la modi fi cación y la exclusión de la fi cha de homologación se efectúa mediante resolución del titular de la entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca PERÚ COMPRAS, siendo esta facultad indelegable. Dichos actos cuentan con la opinión favorable de PERÚ COMPRAS y se publican en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, mediante el Informe N° 000041-2020-PERÚ COMPRAS-DES, la Dirección de Estandarización y Sistematización, propone una nueva versión de la directiva relacionada al Proceso de Homologación de Requerimientos, en atención a las modi fi caciones sustanciales de sus procedimientos y actualización de la normativa de contratación pública. El referido documento, cuenta con la opinión favorable de la Dirección de Análisis de Mercado, según Memorando N° 000126-2020-PERÚ COMPRAS-DAMER; Que, a través del Informe N° 000108-2020- PERÚ COMPRAS-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable respecto a la nueva versión de la directiva propuesta; Que, con Informe N° 000119-2020-PERÚ COMPRAS- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que, la nueva versión de la directiva que regula el Proceso de Homologación de Requerimientos se encuentra acorde al marco legal vigente, recomendando su aprobación; y, consecuentemente, derogar la Directiva N° 004-2016-PERÚ COMPRAS; Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Estandarización y Sistematización, la Dirección de Análisis de Mercado, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1018; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF y su Reglamento; la Directiva N° 002-2019-PERÚ COMPRAS, aprobada mediante Resolución de Gerencia General N° 013-2019-PERÚ COMPRAS/GG; y, en uso de las atribuciones conferidas en el literal y) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS, aprobado por el Decreto Supremo N° 052-2019-EF; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N° 006- 2020-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos”, la misma que en treinta (30) páginas forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Las disposiciones de la Directiva aprobada en el artículo precedente, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- Derogar la Resolución Jefatural N° 087-2017-PERÚ COMPRAS, que aprueba la Directiva N° 004-2016-PERÚ COMPRAS denominada “Proceso de Homologación de Requerimientos”, Versión 2.0. Artículo Cuarto.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y la Directiva aprobada por el artículo Primero en el Portal Institucional (www.perucompras.gob.pe) y en la intranet institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO MASUMURA TANAKA Jefe de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRASDIRECTIVA N° 006-2020-PERÚ COMPRAS “PROCESO DE HOMOLOGACIÓN DE REQUERIMIENTOS” Elaborado por: Dirección de Estandarización y Sistematización Revisado por: Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto Ofi cina de Asesoría Jurídica Dirección de Análisis de Mercado Aprobado por: Jefatura Fecha de aprobación: 14 de julio de 2020I. OBJETIVOEstablecer disposiciones generales y especí fi cas que regulen el proceso de Homologación de requerimientos, que realizan los ministerios, en el ámbito de sus competencias, priorizando aquellos que sean de contratación recurrente, de uso masivo por las entidades y/o aquellos identi fi cados como estratégicos. II. FINALIDADPromover que los ministerios inicien procesos de uniformización, a través de la Homologación de sus requerimientos en el ámbito de sus competencias, con el objeto de lograr e fi cacia y e fi ciencia en las contrataciones, e instrumentalizarlas para el cierre de las brechas que persiguen sus políticas públicas. III. BASE LEGAL3.1. Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. 3.2. Decreto Legislativo Nº 1018, que crea la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS. 3.3. Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. 3.4. Decreto Supremo N° 344-2018-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. 3.5. Decreto Supremo Nº 052-2019-EF, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS. 3.6. Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 3.7. Resolución de Gerencia General N° 013-2019- PERÚ COMPRAS/GG, que aprueba la Directiva N° 002-2019-PERÚ COMPRAS, denominada “Normas para la formulación, probación y actualización de documentos normativos en la Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS”. Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modi fi catorias y conexas, de ser el caso. IV. ÁMBITO DE APLICACIÓNLa presente directiva es de cumplimiento obligatorio por los ministerios que uniformizan los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través del proceso de Homologación, en aplicación de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así como de la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS. V. APROBACIÓN, VIGENCIA Y ACTUALIZACIÓN La presente directiva es aprobada por la Jefatura de PERÚ COMPRAS, su vigencia es permanente y su actualización se hará a propuesta de la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS.