Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2020 (16/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Jueves 16 de julio de 2020 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad de fi nir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, el artículo 6 de la Ley General de Educación establece, entre otros aspectos, que la formación ética y cívica es obligatoria en todo proceso educativo; prepara a los educandos para cumplir sus obligaciones personales, familiares y patrióticas y para ejercer sus deberes y derechos ciudadanos; Que, asimismo, de acuerdo al literal a) del artículo 8 de la precitada Ley, la educación peruana se sustenta en el principio de la ética, que inspira una educación promotora de los valores de paz, solidaridad, justicia, libertad, honestidad, tolerancia, responsabilidad, trabajo, verdad y pleno respeto a las normas de convivencia; que fortalece la conciencia moral individual y hace posible una sociedad basada en el ejercicio permanente de la responsabilidad ciudadana; Que, con el artículo 1 del Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU, se aprueban los “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes”; asimismo, en el artículo 3, se señala que los anexos que forman parte de dichos Lineamientos podrán ser actualizados mediante resolución ministerial del Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, el apartado XI de los precitados Lineamientos contiene los siguientes anexos: “Anexo 01: Orientaciones para la construcción de las Normas de Convivencia y las medidas correctivas”; “Anexo 02: Orientaciones para la prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes”; “Anexo 03: Protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes”; “Anexo 04: Sobre las denuncias en caso de violencia ejercida por el personal de la institución educativa”; “Anexo 05: Características y formatos del Libro de Registro de Incidencias”; y “Anexo 06: Formato único de denuncia de casos de violencia contra niñas, niños y adolescentes”; Que, a través del O fi cio N° 00235-2020-MINEDU/ VMGI-DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar remite al Despacho Viceministerial de Gestión Institucional, el Informe N° 00189-2020-MINEDU/VMGI-DIGC-DIGE, elaborado por la Dirección de Gestión Escolar, dependiente de la referida Dirección General, a través del cual se sustenta la necesidad de actualizar el “Anexo 03: Protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes” de los referidos Lineamientos, con el fi n de garantizar una atención integral a las y los estudiantes víctimas de violencia escolar y familiar con el apoyo de servicios especializados como los Centros Emergencia Mujer y los Centros de Salud; y la necesidad de aplicar dicho Protocolo al servicio educativo no presencial brindado a consecuencia de la emergencia sanitaria por el COVID-19; Que, en el precitado informe se señala que, en el proceso de actualización del mencionado anexo, se ha coordinado y trabajado con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y con el Ministerio de Salud, contando con las opiniones favorables de ambos sectores; así como con las opiniones favorables de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Desarrollo Docente y de la O fi cina General de Transparencia, Ética Pública y Anticorrupción; Que, asimismo, se cuenta con la opinión favorable de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, desde el punto de vista de plani fi cación y presupuesto; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley N° 26510; en el Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU, que aprueba los “Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes”; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la actualización del “Anexo 03: Protocolos para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes”, del apartado XI de los Lineamientos para la Gestión de la Convivencia Escolar, la Prevención y la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes, aprobados por Decreto Supremo N° 004-2018-MINEDU; el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1871455-1 INTERIOR Aceptan renuncia de Asesor II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 613-2020-IN Lima, 15 de julio de 2020CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 355-2020-IN de fecha 15 de mayo de 2020, se designó al señor Jaime Florencio Reyes Miranda en el cargo público de con fi anza de Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio del Interior; Que, asimismo, con Resolución Ministerial N° 356-2020- IN de fecha 18 de mayo de 2020, se designó temporalmente al citado servidor como Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Dirección del Ministerio del Interior, en adición a sus funciones de Asesor II del Despacho Ministerial; Que, el señor Jaime Florencio Reyes Miranda ha presentado su renuncia al cargo de Asesor II del Despacho Ministerial, por lo que se ha visto por conveniente aceptar la misma; en consecuencia, corresponde dejar sin efecto la designación temporal a que hace referencia el considerando precedente; Con la visación de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor Jaime Florencio Reyes Miranda al cargo público