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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2020 (16/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Jueves 16 de julio de 2020 El Peruano / Adicionalmente, los ministerios deberán proveer a los Equipos de Homologación, bajo responsabilidad, los recursos necesarios para asegurar el cumplimiento de sus actividades. 8.3.2 De su designación La designación del Equipo de Homologación deberá aprobarse mediante Resolución Ministerial, por un periodo de designación no menor a un (1) año. 8.3.3 De sus responsabilidadesEl Equipo de Homologación tendrá las siguientes funciones: a) Elaborar el Plan de Homologación y proponerlo para su aprobación al titular del Ministerio. b) Representar al Ministerio ante PERÚ COMPRAS, en todas las actividades vinculadas a la elaboración del Plan de Homologación y la ejecución del proceso de Homologación. c) Efectuar el seguimiento del proceso de Homologación. d) Reportar los avances de la ejecución del Plan de Homologación al titular del Ministerio y a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, con una periodicidad trimestral. e) Convocar a los equipos técnicos del Ministerio para elaborar los proyectos de Fichas de Homologación, según el objeto a homologar. f) Realizar las acciones que sean necesarias para lograr la aprobación de los proyectos de Fichas de Homologación. g) Elaborar la actualización del Plan de Homologación, y solicitar su aprobación al Titular del Ministerio, cuando corresponda. Los órganos de línea, organismos públicos, programas o proyectos adscritos a los ministerios, según corresponda, tendrán la obligación de atender, dentro de los plazos otorgados, bajo responsabilidad, las solicitudes de información o participación de equipos técnicos, realizadas por los Equipos de Homologación, para la elaboración del Plan de Homologación o su actualización, así como para la elaboración de los proyectos de Ficha de Homologación y/o absolución de consultas y/o elaboración de informes técnicos, y otras solicitudes que sean necesarias para el cumplimiento de su encargo. 8.4 Del Plan de Homologación8.4.1 De la elaboración del Plan de Homologación Los ministerios elaborarán su Plan de Homologación, el cual deberá incluir los requerimientos a homologar y la fecha de inicio del proceso de Homologación. Su periodo de ejecución será anual y deberá ser actualizado cada año, hasta el último día hábil del mes de enero del ejercicio fi scal siguiente. Asimismo, podrán programar procesos de Homologación que se iniciarán en los siguientes ejercicios fi scales. El Plan de Homologación deberá incluir todos los requerimientos que han sido identi fi cados como oportunidades de Homologación por parte del Ministerio. La formulación de Plan de Homologación deberá realizarse aplicando el formato del Anexo N° 1 “Formato Plan de Homologación” de la presente directiva. Los ministerios priorizarán la elaboración de los proyectos de Fichas de Homologación de los requerimientos incluidos en sus respectivos planes de Homologación; no obstante, si durante el ejercicio identi fi caran otras oportunidades de Homologación, deberán comunicarlas por escrito a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, para conocimiento e inicio del acompañamiento respectivo y deberán considerarlo en la siguiente actualización de su Plan. 8.4.2 De la exclusión de requerimientos del Plan de Homologación Los ministerios podrán excluir requerimientos de su Plan de Homologación si en alguna etapa del proceso identi fi can que esta no es viable o se realizaron cambios en las políticas públicas que lo sustentaron, lo indicado deberá ser comunicado a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS, y deberán considerarlo en la siguiente actualización de su Plan. 8.4.3 De la aprobación y actualización del Plan de Homologación El Plan deberá ser aprobado y/o actualizado mediante Resolución Ministerial y remitirse a la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS dentro de los diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente de su aprobación, para su publicación en su portal institucional. 8.5 Del proyecto de Ficha de Homologación.El proyecto de Ficha de Homologación presenta la siguiente estructura, conforme se señala en el formato del Anexo N° 2 “Formato de Ficha de Homologación” de la presente directiva: I) Descripción General II) Descripción Especí fi ca 2.1 Características técnicas 2.2 Condiciones de ejecución2.3 Requisitos de cali fi cación III) Información complementaria IV) Anexos Los ministerios formularán sus proyectos de Fichas de Homologación, utilizando la presente estructura, según sus necesidades de homologar. 8.6 De la elaboración del proyecto de Ficha de Homologación El contenido del proyecto de Ficha de Homologación deberá redactarse de forma coherente, clara, objetiva y organizada, atendiendo al formato del Anexo N° 2 “Formato de Ficha de Homologación” de la presente directiva. Los ministerios elaboran los proyectos de Fichas de Homologación en un periodo máximo de doce (12) días hábiles, contabilizados desde la fecha de inicio establecida en su Plan de Homologación. Excepcionalmente, la Dirección de Estandarización y Sistematización de PERÚ COMPRAS podrá autorizar la ampliación del plazo de alguna de las etapas del proceso de Homologación, en atención a la solicitud del Ministerio que homologa debidamente sustentada, y en congruencia a la complejidad de los objetos a homologar. 8.7 De la prepublicación del proyecto de Ficha de Homologación Los proyectos de Fichas de Homologación se prepublicarán por un periodo mínimo de diez (10) días hábiles, en los portales institucionales del Ministerio que homologa y de PERÚ COMPRAS, así como en el SEACE, a fi n de recibir comentarios, recomendaciones y observaciones sobre su contenido. El plazo de la prepublicación se contará a partir del día siguiente de efectuada la prepublicación por PERÚ COMPRAS. Para ello, los ministerios deberán solicitar la prepublicación del proyecto de Ficha de Homologación, simultáneamente, a PERÚ COMPRAS, al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE y a la dependencia encargada de su portal institucional. En la solicitud de prepublicación, los ministerios deberán remitir, adjunto a su solicitud, el archivo digitalizado del proyecto de Ficha de Homologación en formato PDF, con la visación de los responsables del contenido del documento; asimismo, deberán precisar el plazo de exposición de los proyectos y proporcionar, como mínimo, una dirección de correo electrónico institucional para recibir los comentarios, recomendaciones u