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13 NORMAS LEGALES Jueves 16 de julio de 2020 El Peruano / obra adjunto y forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 2.- DISPONER la difusión de la nueva variedad de maíz amarillo duro denominada “INIA 624 – KILLU SUK”; la cual estará a cargo de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la Estación Experimental Agraria El Porvenir. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la entidad (www.inia.gob.pe) y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MAICELO QUINTANA JefeInstituto Nacional de Innovación Agraria 1871388-1 Aprueban el “Reglamento de Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA” y conforman el “Comité de Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0087-2020-INIA Lima, 14 de julio de 2020VISTO: El O fi cio N° 167-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/D y sus antecedentes, de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria; el Memorando N° 752-2020-MINAGRI-INIA-GG-OPP/UPR de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0141-2020-MINAGRI-INIA-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cado por la Ley N° 30048, en su Tercera Disposición Complementaria Final establece que el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) tiene a su cargo diseñar y ejecutar la estrategia nacional de innovación agraria; Que, el Decreto Legislativo N° 1060, Decreto Legislativo que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria, establece que el Sistema Nacional de Innovación Agraria (SNIA) tiene por objeto promover el desarrollo de la investigación, el desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia tecnológica en materia agraria con la fi nalidad de impulsar la modernización y la competitividad del sector agrario; asimismo, señala que el INIA, como autoridad nacional en innovación tecnológica agraria, es el Ente Rector del SNIA; Que, por Decreto Supremo N° 002-2016-MINAGRI se aprueba la Política Nacional Agraria, la cual se centra en 12 ejes, de los cuales el Eje de Política 6: Innovación y Tecni fi cación Agraria de fi ne, entre otros, impulsar procesos de conservación y protección de los recursos genéticos y la propiedad intelectual; Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI y modi fi cado por Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI, prescribe que el INIA es un Organismo Técnico Especializado, ejerciendo sus competencias y funciones a nivel nacional; Que, el literal d) del artículo 3 del ROF, establece que el INIA es responsable de ejecutar las funciones técnicas contenidas en la Decisión 345 de la Comunidad Andina que establece un Régimen Común de Protección a los Derechos de los Obtentores de Variedades Vegetales; Que, la Decisión Andina 486, Régimen Común sobre Propiedad Industrial, las disposiciones complementarias establecidas en el Decreto Legislativo N° 1075 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 059-2017-PCM, y la Ley N° 30018, Ley de promoción del uso de la información de patentes para fomentar la innovación y la transferencia de tecnología, constituyen las bases normativas para que el INIA pueda regular los alcances y procedimientos aplicables para la protección y gestión de la propiedad intelectual en la entidad; Que, el artículo 46 del ROF señala que la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (DGIA), es el órgano a través del cual el INIA ejerce la función rectora, de autoridad administrativa y de registros en las materias de su competencia; en tal sentido, de fi ne normativas, protocolos y metodologías relacionados con los procesos técnicos del SNIA (…); Que, en mérito a lo indicado la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria, remite el Informe N° 015-2020-MINAGRI-INIA-DGIA/SDPIA/APIA en el cual sustenta la propuesta de “Reglamento de Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Innovación Agraria”, en adelante el Reglamento, que la incorporación de la normativa aplicable en materia de PI resulta necesario para que regule los procedimientos y mecanismos vinculados a su gestión; asimismo, propone la creación del “Comité de Propiedad Intelectual del INIA” el cual estará encargado de de fi nir los principales objetivos e indicadores de desempeño en materia de PI para la institución, entre otros; Que, el Reglamento propuesto ha sido revisado por la Unidad de Planeamiento y Racionalización (UPR) de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), en cumplimiento de su función, de asesorar metodológicamente sobre la formulación de las propuestas de políticas y estrategias de competencia institucional, señalando en su Informe N° 046-2020-MINAGRI-INIA-GG-OPP/UPR-D, la viabilidad de la propuesta para su aprobación; Que, a través del Informe N° 0141-2020-MINAGRI- INIA-GG/OAJ de fecha 13 de julio de 2020, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que, en virtud al sustento técnico y la normativa legal glosada, debe emitirse el acto que apruebe el “Reglamento de Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA” y se conforme el “Comité de Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA”; por lo que, recomienda la emisión de una Resolución Jefatural; Con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-MINAGRI modi fi cado mediante Decreto Supremo N° 004-2018-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Reglamento de Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA” que consta de veinticuatro (24) Capítulos y sesenta y cinco (65) artículos, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Conformar el “Comité de Propiedad Intelectual del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA”, que se encargará de velar por el cumplimiento de los lineamientos de política y normativa institucional sobre Propiedad Intelectual y estará integrado por los siguientes miembros: - Director (a) General de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (DGIA), quien lo presidirá. - Director (a) General de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario (DDTA). - Director (a) General de la Dirección de Recursos Genéticos y Biotecnología (DRGB). - Director (a) General de la Dirección de Supervisión y Monitoreo en las Estaciones Experimentales Agrarias (DSME).