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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2020 (18/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 18 de julio de 2020 El Peruano / Que, con Resolución Número Quince de fecha 3 de octubre de 2019, emitida por el Sexto Juzgado Permanente Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima en el proceso cautelar tramitado bajo el Expediente N° 05726-2014-85-1801-JR-CA-06, se resolvió lo siguiente: “CANCELAR la MEDIDA CAUTELAR DE NO INNOVAR concedida mediante Resolución N° 04 de fecha 07 de julio de 2017, en consecuencia SE ORDENA al MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS, a través de su Procurador Público CUMPLA en el plazo de DIEZ (10) DÍAS con expedir resolución administrativa que disponga la CANCELACIÓN de la presente medida cautelar […]”; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS, toda persona y autoridad está obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder cali fi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley señala; Que, en atención a las normas citadas en los considerandos que anteceden y los documentos de vistos, corresponde dar cumplimiento al mandato contenido en la Resolución Número Quince de fecha 3 de octubre de 2019, emitida por el Sexto Juzgado Permanente Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima en el proceso cautelar tramitado bajo el Expediente N° 05726-2014-85-1801-JR-CA-06 y, en consecuencia: (i) disponer el levantamiento de la suspensión temporal de los efectos de Resolución Suprema N° 019-2014-EM, de fecha 07 de abril de 2014, dispuesta por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 337-2017-MEM/DM de fecha 10 de agosto de 2017; (ii) disponer la cancelación del reconocimiento temporal a Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. de todos los derechos que le corresponde como concesionario de distribución de energía eléctrica para el proyecto Energético Tierras Nuevas en el Valle de Olmos, que comprende la zona Pampas de Olmos, ubicada en los distritos de Olmos y Jayanca, provincia y departamento de Lambayeque, dispuesto por el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 337-2017-MEM/DM de fecha 10 de agosto de 2017; y, (iii) disponer la cancelación del registro de las coordenadas de la zona de la que es titular Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. en el Registro de Concesiones, dispuesto por el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 337-2017-MEM/DM de fecha 10 de agosto de 2017; En cumplimiento de la Resolución Número Quince de fecha 3 de octubre de 2019, emitida por el Sexto Juzgado Permanente Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima en el proceso cautelar tramitado bajo el Expediente N° 05726-2014-85-1801-JR-CA-06; y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-93-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer el levantamiento de la suspensión temporal de los efectos de Resolución Suprema N° 019-2014-EM, de fecha 07 de abril de 2014, dispuesta por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 337-2017-MEM/DM de fecha 10 de agosto de 2017. Artículo 2.- Disponer la cancelación del reconocimiento temporal a Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. de todos los derechos que le corresponde como concesionario de distribución de energía eléctrica para el proyecto Energético Tierras Nuevas en el Valle de Olmos, que comprende la zona Pampas de Olmos, ubicada en los distritos de Olmos y Jayanca, provincia y departamento de Lambayeque, dispuesto por el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 337-2017-MEM/DM de fecha 10 de agosto de 2017. Artículo 3.- Disponer la cancelación del registro de las coordenadas de la zona de la que es titular Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. en el Registro de Concesiones, dispuesto por el artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 337-2017-MEM/DM de fecha 10 de agosto de 2017. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A. – ELECTRONORTE S.A., a Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. y al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería–OSINERGMIN, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.SUSANA VILCA ACHATA Ministra de Energía y Minas 1871640-1 PRODUCE Aprueban otorgamiento de subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas con cargo al Presupuesto Institucional 2020 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA N° 334-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 16 de julio de 2020 VISTOS: El Informe N° 119-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ. UA.AL del Área de Asesoría Legal; el Informe N° 084-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UPEG de la Unidad de Plani fi cación y Evaluación de la Gestión; el Memorando N° 366-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UA de la Unidad de Administración; el Memorando N° 70-2020-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ-UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad - FIDECOM, con la fi nalidad de promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y fi nanciera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y Decreto Supremo 003-2009-PRODUCE; Que, mediante Ley N° 30230, se creó el Fondo MIPYME, siendo uno de sus objetivos incrementar la productividad de las MIPYME, a través de instrumentos para la difusión tecnológica, innovación empresarial, mejora de la gestión, encadenamientos productivos y acceso a mercados, a través de instrumentos de servicios no fi nancieros con entidades públicas y privadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016- EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a fi nanciar parcialmente el Proyecto “Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional”; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE; Que, a través del Decreto de Urgencia N° 014- 2019 se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, y mediante su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final, autoriza al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias fi nancieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los bene fi ciarios de fi nidos en