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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JULIO DEL AÑO 2020 (18/07/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Sábado 18 de julio de 2020 / El Peruano Designan Gerenta de la Gerencia de Fortalecimiento de la Gestión Vial Descentralizada del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0111-2020-MTC/21 Lima, 13 de julio de 2020 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 029-2006-MTC dispuso la fusión por absorción del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Departamental - PROVIAS DEPARTAMENTAL y el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVIAS RURAL, correspondiéndole a este último la calidad de entidad incorporante, resultando de dicha fusión la Unidad Ejecutora denominada Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO; Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 1182-2017-MTC/01.02, publicada el 12 de diciembre de 2017, en adelante el “Manual de Operaciones”, establece que PROVIAS DESCENTRALIZADO es un proyecto especial, que tiene a su cargo actividades de preparación, gestión, administración, y de ser el caso la ejecución de proyectos y programas de infraestructura de transporte departamental y vecinal o rural en sus distintos modos; así como el desarrollo y fortalecimiento de capacidades institucionales para la gestión descentralizada del transporte departamental y vecinal o rural; constituye unidad ejecutora, depende del Viceministerio de Transportes; y tiene como objetivo promover, apoyar y orientar el incremento de la dotación y la mejora de la transitabilidad de la infraestructura de transporte departamental y vecinal o rural, y el desarrollo institucional, en forma descentralizada, plani fi cada, articulada y regulada, con la fi nalidad de contribuir a la superación de la pobreza y al desarrollo del país; Que, el artículo 6 del Manual de Operaciones establece la estructura orgánica del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, considerando como Órgano de Línea, entre otros, a la Gerencia de Fortalecimiento de la Gestión Vial Descentralizada; Que, conforme al Clasi fi cador de Cargos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, aprobado y modi fi cado por la Resolución Ministerial Nº 086-2018- MTC/01.02 y la Resolución Directoral 383-2018-MTC/21, respectivamente; así como el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de PROVIAS DESCENTRALIZADO aprobado con la Resolución Ministerial Nº 289-2019-MTC/01.02, el cargo de Gerente está clasi fi cado como empleado de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar a la profesional que ocupará el cargo de Gerenta de la Gerencia de Fortalecimiento de la Gestión Vial Descentralizada del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO; Con el visto bueno de la O fi cina de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica, cada una en el ámbito de su competencia; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 029- 2006-MTC, la Resolución Ministerial Nº 086-2018-MTC/01.02 así como la Resolución Directoral Nº 383-2018-MTC/21; y, en uso de la atribución conferida por el artículo 7 y el literal l) del artículo 8 del Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 1182-2017-MTC/01.02;SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a la Ingeniera Luz Yolanda Esquivel Cerón en el cargo de Gerenta de la Gerencia de Fortalecimiento de la Gestión Vial Descentralizada del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Ingeniera Luz Yolanda Esquivel Cerón, así como a los Órganos del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS EDUARDO REVILLA LOAYZA Director EjecutivoPROVIAS DESCENTRALIZADO 1871914-1 ORGANISMOS EJECUTORES DESPACHO PRESIDENCIAL Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos para ser destinado a los deudos del personal de la salud fallecidos como consecuencia de sus actividades profesionales en la contención a la propagación y atención del COVID-19 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 023-2020-DP/SG Lima, 17 de julio de 2020 VISTO; los Informes N°s 000323-2020-DP/SSG-ORH y 000358-2020-DP/SSG-ORH, emitidos por la O fi cina de Recursos Humanos; el Memorando N° 000423-2020-DP/OGPM e Informe Técnico N° 000024-2020-DP/OGPM-FZM, emitidos por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y; el Memorando N° 000235-2020-DP/SSG emitido por la Subsecretaría General del Despacho Presidencial; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia N° 014-2019, se aprobó el Presupuesto para el Sector Público correspondiente al Año Fiscal 2020; Que, en ese marco, con Resolución de Secretaría General N° 067-2019-DP/SG, de fecha 31 de diciembre de 2019, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) correspondiente al año 2020, pliego 011: Despacho Presidencial; Que, el artículo 1 del Decreto de Urgencia N°. 063- 2020, que dispone el apoyo solidario de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo para la entrega económica a favor de los deudos del personal de la Salud, fallecidos a consecuencia del COVID-19, tiene por objeto reducir de manera temporal, por un periodo de tres (03) meses, la remuneración del Presidente de la República y los ingresos mensuales, provenientes de su cargo, de los funcionarios y servidores públicos del Estado del Poder Ejecutivo, destinando los ahorros derivados de dicha reducción a contribuir con el fi nanciamiento de medidas que permitan mitigar el impacto de la propagación del Coronavirus (COVID-19); Que, el artículo 2° del citado Decreto de Urgencia, establece que: “El presente decreto de urgencia es aplicable al Presidente de la República, así como a los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo,