TEXTO PAGINA: 62
62 NORMAS LEGALES Jueves 18 de junio de 2020 / El Peruano DISPOSICIONES TRANSITORIAS Única.- FACÚLTESE a la Sub Gerencia de Transporte Local a disponer la ubicación y establecimiento de Paraderos Provisionales en el entorno que comprende el Conglomerado Nuevo Caquetá, durante el periodo de Emergencia ampliado por Decreto Supremo Nº 020-2020-SA, no siendo aplicables para este efecto los parámetros establecidos por las Ordenanzas Nº 118-2005-MDSMP y Ordenanza 463-MDSMP. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTAR, al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía establezca las normas complementarias y reglamentarias para la correcta aplicación e implementación de la presente Ordenanza. Segunda.- DISPONER la fi scalización y control por parte de la Sub Gerencia de Transporte Local y demás órganos Instructores para veri fi car el cumplimiento de la presente Ordenanza y lo establecido por las normas dictadas por el Poder Ejecutivo durante el Estado de Emergencia en coordinación con la Policía Nacional del Perú y el Ejército Peruano. Las unidades competentes de la corporación municipal deberán incidir en la lucha contra la informalidad del servicio del transporte menor, a fi n de garantizar las debidas condiciones sanitarias a favor de los usuarios pasajeros, para lo cual deberán coordinar la organización de acciones y operativos con el apoyo de la fuerza pública. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Humano, Sub Gerencia de Salud y Sanidad, Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Transporte Local, Gerencia de Fiscalización y Control Municipal, Sub Gerencia de Fiscalización y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente ordenanza, a través de sus unidades orgánicas. Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano” y a la Sub Gerencia de Desarrollo de Tecnologías de la Información, su publicación en el Portal Institucional (www.mdsmp.gob.pe). Quinto.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JULIO ABRAHAM CHAVEZ CHIONG Alcalde COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Las entidades públicas que requieran publicar documentos en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado deberán tomar en cuenta lo siguiente: El jefe del área autorizada y acreditado ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: dj@editoraperu.com.pe . 1) En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) O fi cio escaneado dirigido al Gerente de Pubicaciones O fi ciales, en el que se solicita la publicación de declaraciones juradas. El o fi cio podrá ser fi rmado digitalmente o con sello y fi rma manual del funcionario autorizado. b) El archivo en formato Excel (*) conteniendo las declaraciones juradas, una debajo de otra y en una sola hoja de cálculo. No se recibirá documentos físicos ni archivos en formato PDF. (*) Las plantillas en formato Excel se pueden descargar del siguiente link: http://pga. editoraperu.com.pe/ddjj-plantilla.xlt 2) El contenido de todo archivo electrónico que se entregue para su publicación será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL QUE OBRA EN LOS ARCHIVOS DE LA INSTITUCIÓN SOLICITANTE. De esta manera, cada entidad pública es responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega a EDITORAPERU para su publicación. 3) En el campo “ASUNTO” del correo institucional se deberá consignar el número de O fi cio y nombre de la institución. En el contenido del mensaje electrónico se deberá indicar el nombre y número del teléfono celular del funcionario que podrá resolver dudas o problemas técnicos que se presenten con los documentos. 4) Como señal de conformidad, el usuario recibirá un correo de respuesta de EDITORAPERU, en el que se consignará el número de la Orden de Publicación (OP). Este mensaje será considerado “Cargo de Recepción”. 5) La publicación se realizará conforme al orden de llegada y de acuerdo a la disponibilidad de espacio. 6) Los documentos se recibirán de lunes a viernes de 09.00 a 17:30 pm. 7) Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES