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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (18/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Jueves 18 de junio de 2020 El Peruano / (SINEFA), modi fi cado por la Ley N° 30011 (publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 26 de abril de 2013), la función normativa del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA comprende la facultad de dictar, en el ámbito y materia de sus competencias, las normas que regulen el ejercicio de la fi scalización ambiental en el marco del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA) y otras de carácter general referidas a la veri fi cación del cumplimiento de las obligaciones ambientales fi scalizables de los administrados a su cargo, así como aquellas necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA), las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades de los tres niveles de gobierno. Que, la Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM aprobó el Régimen Común de Fiscalización Ambiental y en su artículo 5° inciso e) estipula que para el ejercicio regular de las funciones de fi scalización ambiental a su cargo, las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA) deberán cumplir algunas funciones como la elaboración, aprobación, ejecución y reporte de los planes anuales de fi scalización ambiental. Que, la Resolución Ministerial N° 247-2013-MINAM en su artículo 6° numeral 6.1) establece que los Planes Anuales de Fiscalización Ambiental (PLANEFA) son instrumentos de plani fi cación a través de los cuales cada Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA) programa las acciones a su cargo en materia de fi scalización ambiental a ser efectuadas durante el año fi scal. Los PLANEFA son elaborados, aprobados y reportados en su cumplimiento por la EFA, de acuerdo a las directivas que el OEFA señale para tal efecto. Que, el Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM, aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). Que, con Resolución de Consejo Directivo N° 004- 2019-OEFA/CD se aprueban los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA” y en el artículo 1° se indica que el objeto de dichos Lineamientos es el de orientar y facilitar a las Entidades de Fiscalización Ambiental (EFA) la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del PLANEFA. Que, en el literal a) del artículo 4° se hace mención que la entidad de Fiscalización Ambiental (EFA), es la entidad pública de ámbito nacional, regional o local que tiene atribuidas algunas funciones de fi scalización ambiental conforme a la normativa vigente. La fi scalización ambiental es ejercida por las unidades orgánicas de la Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA). Que, el artículo 8° numeral 8.1) de la Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD anota que el PLANEFA se aprueba mediante Resolución del Titular de la Entidad de Fiscalización Ambiental (EFA) y el numeral 8.2) del mismo artículo expresa que el PLANEFA se aprueba como máximo hasta el 15 de marzo del año anterior a su ejecución. Que, mediante el Informe N° 032-2020-GGA/MDSJM, la Gerencia de Gestión Ambiental solicitó la aprobación del Programa Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental (PLANEFA) de esta Corporación Edil a fi n de evaluar, controlar, vigilar, monitorear y supervisar los cambios excesivos en los parámetros ambientales para el año fi scal 2021. Que, con Informe N° 072-2020-SGPEYCT/GPP/ MDSJM la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica, indicó que el PLANEFA de esta Municipalidad formulado para el año 2021 concuerda con la Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD que aprobó los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”; por lo que considera viable la aprobación del mismo. Que, a través del Informe N° 055-2020-GPP/GM/ MDSJM, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto solicitó la opinión de la Gerencia de Asesoría Jurídica, para su posterior aprobación mediante acto resolutivo por parte de la Titular de esta entidad. Que, con Informe N° 127-2020-GAJ/MDSJM la Gerencia de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable para la aprobación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - 2021 (PLANEFA) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, el cual deberá ser efectuado mediante Resolución de acuerdo a lo establecido en el numeral 8.1 del artículo 8° de la Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD. En uso de las facultades establecidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - PLANEFA 2021 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, el mismo que en anexo se adjunta y forma parte integrante de la presente Resolución de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente norma a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Gestión Ambiental. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental remitir a las instituciones que correspondan, dentro de los plazos respectivos, el PLAN DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL - PLANEFA 2021 de esta Municipalidad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático la publicación de la presente Resolución y su anexo en el portal institucional y en el aplicativo informático disponible en el Portal Institucional del OEFA (www.oefa.gob.pe/aplicativos/planefa) Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARIA CRISTINA NINA GARNICA Alcaldesa 1868216-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Ordenanza que aprueba el reinicio del servicio de transporte en vehículos menores en estado de emergencia, de acuerdo al cumplimiento de protocolos sanitarios sectoriales para la prevención del COVID-19 ORDENANZA Nº 499-MDSMP San Martín de Porres, 12 de junio del año 2020 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO:El Concejo Municipal del Distrito de San Martín de Porres, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 12 de Junio del 202; Informes Nº 078, 085-2020-SGTL-GDE/MDSMP, de la Sub Gerencia de Transporte Local, Informe Nº 075-2020-GDE/MDSMP, de la Gerencia de Desarrollo Económico, Informe Nº 086-2020-SGTL-GDE/MDSMP, de la Sub Gerencia de Transporte Local, Informe Nº 078-2020-GDE/MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Económico, Informe Nº 574-2020-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Memorándum Nº 1077-2020-GM/MDSMP, de la Gerencia Municipal; y,