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67 NORMAS LEGALES Sábado 27 de junio de 2020 El Peruano / ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO Formalizan la aprobación de la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) del OSCE, al período 2019-2023 RESOLUCIÓN N° 081-2020-OSCE/PRE Jesús María, 26 de junio de 2020CONSIDERANDO:Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; Que, el numeral 7.2 del artículo 7 de la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD, dispone que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales y los planes operativos institucionales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 081-2019- EF/41, se aprobó la actualización de metas al 2022 del Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) del Sector Economía y Finanzas; Que, mediante Resolución Nº 059-2019-OSCE/PRE, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, para el período 2019-2022; Que, el numeral 5.8 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias , dispone que el Plan Estratégico Institucional se modi fi ca cuando se producen las siguientes circunstancias: cambios en la Política General de Gobierno; cambios en la política institucional; adscripción de entidades, transferencia de programas, cambios en las funciones de la organización u otros similares; situación de desastre con declaratoria de estado de emergencia; recomendaciones provenientes de los Informes de Evaluación de los planes institucionales; y, disposiciones especí fi cas del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, a través del O fi cio Múltiple N° D000040- 2019-CEPLAN-DNCP y O fi cio N° D000029-2020- CEPLAN-DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN comunicó que, con la fi nalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2021-2023, se ha visto por conveniente permitir la ampliación del período de vigencia de los Planes Estratégicos Institucionales (PEI) y Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales (PESEM); precisando que los Pliegos que cuenten con un PEI de acuerdo a la estructura establecida en la Guía para el Planeamiento Institucional puedan ampliar la temporalidad del PEI; Que, en ese sentido, mediante Informe N° D000017- 2020-OSCE-OPM, la O fi cina de Planeamiento y Modernización, propone la aprobación de la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, al período 2019-2023, señalando que dicha propuesta cuenta con la opinión favorable de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, según Informe N° 0070-2020-EF/41.02, y con la validación de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, según Informe Técnico Nº D000087-2020/CEPLAN/DNCPPEI; Que, asimismo, según lo informado por la O fi cina de Planeamiento y Modernización, la referida propuesta fue validada por la Comisión de Planeamiento Estratégico del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, conformada por Resolución N° 105-2018-OSCE/PRE; Que, mediante Informe N° D000176-2020-OSCE- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica considera viable la propuesta de ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, al período 2019-2023; Que, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo N° 076-2016-EF, el Consejo Directivo es el máximo órgano del OSCE, encontrándose presidido por el Presidente Ejecutivo. Asimismo, el literal c) del artículo 8 dispone que es función del Consejo Directivo, aprobar los objetivos estratégicos, planes estratégicos y políticas institucionales; Que, en ese sentido, mediante Acuerdo N° 003-007- 2020/OSCE-CD del Acta de Sesión de Consejo Directivo N° 007-2020/OSCE-CD, el Consejo Directivo del OSCE acordó aprobar la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, al período 2019-2023; Que, de conformidad con el artículo 6 y el numeral 8 del artículo 7 del Reglamento Interno de Funcionamiento del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, el Presidente del Consejo Directivo, quien a su vez ejerce el cargo de Presidente Ejecutivo del OSCE, formaliza los acuerdos adoptados por el citado Consejo, a través de la Resolución que se emita sobre el particular; Que, en consecuencia, corresponde emitir el acto resolutivo que formalice el citado acuerdo del Consejo Directivo; Con el visado del Secretario General, de la Jefa de la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, y del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; la Directiva N° 001-2017-CEPLAN/PCD “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 026-2017-CEPLAN/PCD; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar la aprobación de la ampliación del horizonte temporal del Plan Estratégico Institucional (PEI) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, al período 2019-2023, el mismo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Planeamiento y Modernización efectúe el seguimiento y evaluación del instrumento de gestión formalizado en el artículo precedente. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce). Regístrese, comuníquese y publíquese.SOFÍA PRUDENCIO GAMIO Presidenta Ejecutiva 1869112-1