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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (29/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Lunes 29 de junio de 2020 / El Peruano Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo en el cual está incluido el Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional - Contrato de Préstamo IBRD 8680-PE-OEFA” ; Que, con O ficio Circular Nº 003-2019-CG/SOA recibido el 05 de junio de 2019, la Contraloría General de la República informa los resultados del Concurso Público de Méritos Nº 001-2019-CG, mediante el cual se designa a la sociedad de auditoria Panez Chacaliaza y Asoc. SCRL para efectuar la auditoría financiera al Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional” Contrato de Préstamo IBRD 8680-PE-OEFA, ejercicios 08/02/2017-31/12/2018, 2019, 2020, 2021, 01/01/2011-01/10/2022; Que, mediante el Informe Nº 00063-2020-OEFA/ OPP, la O ficina de Planeamiento y Presupuesto concluye que se cuenta con recursos presupuestarios por un monto ascendente a S/ 104 740,00 (Ciento cuatro mil setecientos cuarenta y 00/100 Soles) en la especí fica de gasto “2.4.13.11 A otras Entidades del Gobierno Nacional, destinados a Financiar Gastos Corrientes” ; por lo que, en materia presupuestal resulta viable la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República; Que, a través del O ficio Nº 000822-2020-CG/SGE, la Contraloría General de la República solicita al OEFA, efectuar una transferencia financiera de recursos a su favor por la suma total de S/ 104 736,00 (Ciento cuatro mil setecientos treinta y seis y 00/100 Soles), con el objeto de pagar los gastos referido a la retribución económica de la Sociedad Auditora que efectuará la auditoría financiera del Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional” Contrato de Préstamo IBRD 8680-PE-OEFA correspondiente al periodo 2020; Que, mediante el Memorando Nº 00309-2020- OEFA/OAD, la O ficina de Administración, atendiendo a lo señalado en su Informe Nº 00017-2020-OEFA/OAD, solicita se apruebe la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 104 736,00 (Ciento cuatro mil setecientos treinta y seis y 00/100 Soles) para la contratación de la Sociedad de Auditoría encargada de examinar el Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional” Contrato de Préstamo IBRD 8680-PE-OEFA correspondiente al ejercicio 2020, en virtud a que se cuentan con los recursos presupuestales necesarios; Que, mediante Informe Nº 00190-2020-OEFA/OAJ, la O ficina de Asesoría Jurídica emite opinión legalmente favorable sobre la autorización de la transferencia financiera por el monto de S/ 104 736,00 (Ciento cuatro mil setecientos treinta y seis y 00/100 Soles), a favor de la Contraloría General de la República; toda vez que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de su Informe de vistos ha manifestado su viabilidad en materia presupuestal; y, al haberse dado cumplimiento a los presupuestos establecidos en el Artículo 20º de la Ley Nº 27785; Que, el Artículo 15º y Literales a) y t) del Artículo 16º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM, establece que la Presidencia del Consejo Directivo constituye la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad, conduce el funcionamiento institucional y representa a la entidad ante las entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras; teniendo entre sus funciones, las de ejercer la titularidad del Pliego Presupuestal y la representación legal del OEFA, así como emitir resoluciones en el ámbito de su competencia; Que, en ese contexto, corresponde que la Presidencia del Consejo Directivo emita el acto de administración a través del cual se autorice la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de una Sociedad de Auditoría, en el marco del Programa “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios de Calidad Ambiental a Nivel Nacional - Contrato de Préstamo IBRD 8680-PE-OEFA” , correspondiente al ejercicio 2020 por el monto de S/ 104 736,00 (Ciento cuatro mil setecientos treinta y seis y 00/100 Soles); Con el visado de la Gerencia General, de la O ficina de Administración, de la O ficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la O ficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en Ley Nº 27785, Ley Orgánica el Sistema Nacional de Control y la Contraloría General de la República, modi ficado por el Artículo 3º de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Resolución de Contraloría Nº 105-2019-CG, que aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría; y, en uso de las atribuciones conferidas por los Literales a) y t) del Artículo 16º del Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, por la suma total de S/ 104 736,00 (Ciento cuatro mil setecientos treinta y seis y 00/100 Soles), por la Fuente de Financiamiento 2: Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el Artículo 1º de la presente Resolución se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 del Pliego 051: Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental, de acuerdo con el siguiente detalle: Categoría Presupuestal : 9001. Acciones Centrales Producto : 3999999. Sin ProductoActividad : 5000003. Gestión AdministrativaFinalidad : 0000888. Gestión Administrativa Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Genérica de gasto : Donaciones y Transferencias Especi fica de Gasto : 2.4.13.11 A otras unidades del Gobierno Nacional Monto : S/ 104 736,00 Artículo 3º.- Limitación al uso de los Recursos. Los recursos de la Transferencia Financiera que hace referencia el Artículo 1º de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o ficial El Peruano, en el Portal de Transparencia Estándar y el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe), en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1869160-1