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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2020 (29/06/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Lunes 29 de junio de 2020 / El Peruano “ANEXO 4: DECLARACIÓN JURADA EMPRESA DEUDORA Nosotros [Nombre de la EMPRESA DEUDORA] con Registro Único de Contribuyente Nº [*], declaramos ante la ESF lo siguiente: 1.- Que, no nos encontramos comprendidos dentro de los alcances del artículo 1 y la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30737. 2.- Que, ninguno de los representantes acreditados ante la ESF se encuentran comprendidos dentro de los alcances del artículo 1 de la Ley Nº 30737. 3.- Que, al momento de presentar la presente declaración jurada no nos encontramos acogidos al Procedimiento Acelerado de Re fi nanciación Concursal (PARC) creado mediante el Decreto Legislativo Nº 1511, Decreto Legislativo que crea el Procedimiento Acelerado de Re fi nanciación Concursal (“PARC”) para asegurar la continuidad en la cadena de pagos ante el impacto del COVID-19 ni hemos presentado una solicitud de acogimiento al mismo. 4.- Que, al momento de presentar la presente declaración jurada, no nos encontramos inhabilitados por el Tribunal de Contrataciones del Estado del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado. 5.- No contamos con un PRÉSTAMO en el marco de REACTIVA PERÚ ____ 6.- Sí contamos con un PRÉSTAMO en el marco de REACTIVA PERÚ ____ Monto: S/ _________ [Ciudad], [día], de [mes] de [año] [Nombre de la EMPRESA DEUDORA] _______________________________ Firma y sello del representante de la EMPRESA DEUDORA acreditado ante la ESF” Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1869153-1 EDUCACION Aprueban extensión del horizonte temporal del Plan Estratégico Sectorial Multianual - PESEM 2016 - 2021 del Sector Educación, al 2023; quedando denominado “Plan Estratégico Sectorial Multianual, PESEM 2016-2023 del Sector Educación” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 252-2020-MINEDU Lima, 28 de junio de 2020VISTOS, el Expediente Nº MPV2020-EXT-0068204, los Informes Nº 00414-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP y Nº 00818-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, el O fi cio Nº 00228-2020-MINEDU/SPE-OPEP de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, y el Informe Nº 00679-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley, establece como una de las funciones de los Ministros de Estado, dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN como órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, el numeral 7.2 de la Directiva Nº 001-2017-CEPLAN/ PCD, “Directiva para la actualización del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional“, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 026-2017-CEPLAN/PCD, dispone que las políticas de Estado se concretan en el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional; las políticas nacionales, sectoriales y multisectoriales se concretan en los planes estratégicos sectoriales y los planes estratégicos multisectoriales; y que las políticas institucionales se concretan en los planes estratégicos institucionales y los planes operativos institucionales; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 de la citada Directiva, establece que los objetivos expresados en los Planes Estratégicos Institucionales – PEI, para su implementación en los Planes Operativos Institucionales – POI, se articulan con los objetivos estratégicos de los Planes Estratégicos Sectoriales Multianuales – PESEM y otros tipos de planes, según corresponda el tipo de entidad; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 287-2016-MINEDU se aprobó el Plan Estratégico Sectorial Multianual, PESEM 2016 – 2021 del Sector Educación; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 675-2018-MINEDU, se conformó la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, de carácter permanente, encargada de la aplicación del ciclo de planeamiento estratégico para la mejora continua; Que, mediante el O fi cio Múltiple Nº D000040-2019- CEPLAN-DNCP, el CEPLAN comunica a los sectores que, con la fi nalidad de facilitar la elaboración y el registro del POI Multianual 2021-2023, ha visto por conveniente permitir la ampliación del periodo de vigencia del Plan Estratégico Sectorial Multianual – PESEM y del Plan Estratégico Institucional – PEI, para dar cobertura a la mencionada programación multianual; Que, mediante Acta de Reunión de fecha 01 de mayo de 2020, la Comisión de Planeamiento Estratégico Institucional del Ministerio Educación, validó, entre otros, el Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) ampliado al 2023 del Ministerio de Educación, y encargó a la Secretaría de Plani fi cación Estratégica se continúe con el trámite respectivo para su aprobación; Que, en el marco de lo señalado en el O fi cio Múltiple Nº D000040-2019-CEPLAN-DNCP, mediante O fi cio Nº 00162-2020-MINEDU/SPE-OPEP, la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación solicita al CEPLAN emitir opinión técnica sobre la propuesta de Plan Estratégico Sectorial Multianual 2016 – 2023 ampliado del Sector Educación; Que, mediante O fi cio Nº D000244-2020-CEPLAN- DNCP, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico de CEPLAN comunica que se ha emitido el Informe Técnico Nº D000007-2020-CEPLAN-DNCPPESEM, a través del cual se concluye que se ha veri fi cado que el PESEM 2016-2021 del Sector Educación ha sido extendido al año 2023, en aplicación a las orientaciones que establece el O fi cio Múltiple Nº D000040-2019-CEPLAN-DNCP, recomendando su aprobación;