Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2020 (06/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de marzo de 2020 /

El Peruano

g) Los servidores se abstienen de participar en los asuntos cuya competencia le esté atribuida, de acuerdo a la normativa aplicable. Son causales de abstención para todo servidor que tenga facultad resolutiva o cuyas opiniones sobre un tema puedan influir en el sentido de una decisión, resolución o documento a emitirse, sin ser excluyentes, las siguientes: · Si es cónyuge, conviviente, pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, con cualquiera de los administrados o con sus representantes, mandatarios, con los administradores de empresas, o con quienes se vean beneficiados con el acto emitido, decisión adoptada u opinión vertida. · Si ha tenido intervención como asesor, perito o testigo en el asunto materia del acto emitido, decisión adoptada u opinión vertida, o si como autoridad hubiere manifestado previamente su parecer sobre el mismo, de modo que pudiera entenderse que se ha pronunciado sobre el asunto. · Si personalmente, o bien su cónyuge, conviviente o algún pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tuviere interés en el asunto de que se trate o en otro semejante, o cuyo acto emitido, decisión adoptada u opinión vertida pueda influir en la situación de aquel. · Cuando tuviere amistad íntima, enemistad manifiesta o conflicto de intereses con cualquiera que pudiera verse beneficiado con el acto emitido, decisión adoptada u opinión vertida. · Cuando tuviere o hubiese tenido en los últimos doce (12) meses, relación de servicio o de subordinación con cualquiera directamente interesado en el asunto que le compete resolver o respecto del cual le corresponde emitir opinión, o si tuviera en proyecto concertar un negocio con alguien que pudiera verse beneficiado con el acto emitido, decisión adoptada u opinión vertida, aun cuando no se concrete posteriormente. h) En el supuesto anterior, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a aquel en que comenzó a conocer el asunto, o en que conoció la causal sobreviniente, el servidor plantea su abstención en escrito razonado, y remite lo actuado al superior jerárquico inmediato, al presidente del órgano colegiado o al pleno, para que se pronuncie sobre la abstención dentro del tercer día. En los casos de abstención de funcionarios que forman parte de la Alta Dirección, la solicitud se presenta a la Oficina General de Asesoría Jurídica para la opinión correspondiente. i) La Oficina de Integridad Institucional absuelve las dudas o consultas que pudieran tener los servidores, para lo cual la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión en relación a lo consultado, de ser necesario. 5.3.3 Regalos, cortesías, atenciones y otros Los servidores están prohibidos de solicitar o recibir regalos, cortesías, atenciones e invitaciones a título personal, u otros actos similares de manera directa o indirecta, de parte de personas naturales o jurídicas, instituciones públicas, organizaciones privadas, gremios, miembros de la sociedad civil o cualquier tercero en general, por razones vinculadas al ejercicio de sus funciones. Para tal fin, se desarrollará e implementará un instrumento normativo que fije límites a la entrega y/o recepción de regalos, cortesías, atenciones, entre otros. 5.3.4 Integridad en contrataciones de bienes, servicios u otras prestaciones derivadas de procedimientos de selección a) Durante la fase de actuaciones preparatorias del proceso de contratación, los responsables de los órganos o unidades orgánicas que presentan requerimientos de bienes, servicios u otras prestaciones consignan en los documentos correspondientes el nombre y cargo del servidor que elaboró las características técnicas y adjuntan el "Compromiso de integridad para servidores a cargo de elaborar especificaciones técnicas o términos de referencia" (Anexo N° 3), debidamente suscrito por

dicho servidor, donde declara que el requerimiento no se encuentra direccionado en favor de proveedor alguno. b) Los servidores designados como miembros de Comités de Selección para la contratación de bienes, servicios u otras prestaciones, suscriben, dentro de los dos días hábiles siguientes de notificada su designación, el "Compromiso de Integridad para miembros de comités de selección para la contratación de bienes, servicios y obras" (Anexo N° 4). La Oficina de Abastecimiento es responsable de recabar dichos documentos e incorporarlos al expediente de contratación y, de ser el caso, comunicar eventuales incumplimientos a la Oficina General de Integridad Institucional y Riesgos Operativos. c) Los servidores que presten servicios en la Oficina de Abastecimiento, desempeñando labores en alguna de las fases de la contratación pública y en la Oficina General de Tecnologías de la Información, si sus labores están relacionadas con la seguridad de la información, o con el diseño y mejora de aplicativos informáticos, deben suscribir el "Compromiso de integridad para el personal de la Oficina de Abastecimiento y de la Oficina General de Tecnologías de la Información" (Anexo N° 5), en un plazo máximo de tres días hábiles contados a partir del día de su incorporación a la entidad. d) Todo contrato derivado de un procedimiento de selección, suscrito por el Ministerio de Economía y Finanzas contiene una cláusula denominada "Anticorrupción", mediante la cual el contratista declara y garantiza su no participación en prácticas corruptas, bajo sanción de nulidad, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal o administrativa a que hubiere lugar. Dicha cláusula garantiza a la entidad la obligación del contratista de conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con honestidad, probidad, veracidad e integridad. 5.3.5 Incentivos y reconocimiento al personal a) Los servidores pueden ser reconocidos por su actuación destacada en el ejercicio de su función, de acuerdo a las disposiciones que establezca el Ministerio de Economía y Finanzas. b) La Oficina de Recursos Humanos propone y difunde el mecanismo institucional de Reconocimiento Institucional para los servidores. c) La Oficina General de Tecnologías de la Información publica en la intranet del Ministerio de Economía y Finanzas el listado de servidores que hayan sido reconocidos institucionalmente. 5.3.6 Contratación de personal y Modalidades Formativas de Servicios a) Los servidores del MEF, designados como integrantes titulares o suplentes de los comités de los procesos de selección de personal y de practicantes preprofesionales y profesionales, tienen la obligación de cumplir la normativa aplicable, así como los principios, deberes y prohibiciones establecidos en la Ley del Código de Ética de la Función Pública y los valores institucionales establecidos en el Código de Ética y Conducta del MEF. b) Los servidores integrantes de comités de selección se encuentran en la obligación de suscribir el "Compromiso de Integridad para miembros de comités de selección para la contratación administrativa de servicios o para las modalidades formativas de servicios" (Anexo N° 6). c) Corresponde que los servidores indicados en el literal a) no participen en cualquiera de las fases de la etapa de selección que correspondan: evaluación de la ficha del postulante, evaluación de conocimientos, evaluación curricular, evaluación psicológica (de ser el caso) y entrevista, en los casos de presentarse alguna de las siguientes causales: - Si es cónyuge, conviviente, pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, con cualquiera de los postulantes. - Si personalmente, o su cónyuge, conviviente o algún pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tuviere interés en el resultado del concurso.

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