Norma Legal Oficial del día 06 de marzo del año 2020 (06/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Viernes 6 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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Que, mediante el documento con registro Nº 2997163 de fecha 21 de noviembre de 2019, SPCC solicita la modificación de la CONCESIÓN específicamente referida a los alcances técnicos del Proyecto; asimismo, a través del documento con registro Nº 3019106 de fecha 06 de febrero de 2020, indica que la solicitud de modificación no incluye nuevos componentes, dado que se refiere a las siguientes actividades: (i) desmontaje del tramo comprendido entre la Estructuras Nº 11 a la Estructura Nº 23; (ii) desmontaje de la actual S.E. Quebrada Honda; y (iii) retiro del tramo comprendido entre la Estructura Nº 1 a la Estructura Nº 10 del CONTRATO (debido a su inclusión formal al Contrato de Concesión Nº 052-95); Que, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, según los Informes de Vistos, de acuerdo a sus competencias, han verificado que se ha cumplido con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM; por lo que recomiendan aprobar la Segunda Modificación de la CONCESIÓN y del CONTRATO en los términos y condiciones que aparecen en la Minuta correspondiente; Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 031-2007-EM y sus modificatorias; el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modificatorias; su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo Nº 038-2014-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la segunda modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión en 138 kV CT Ilo ­ Toquepala entre los postes Nº 102 y Nº 103 ­ S.E. Cancha de Relaves, cuyo titular es Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú; así como, la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 089-96, a fin de modificar el Anexo Nº 2 y el numeral 3 del Anexo Nº 4, por la razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 08996 aprobada en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que origine la Segunda Modificación al Contrato de Concesión Nº 089-96, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición, por cuenta de Southern Peru Copper Corporation, Sucursal del Perú, de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA VILCA ACHATA Ministra de Energía y Minas 1860664-1

VISTOS: El Expediente N° 18390919 sobre la solicitud de otorgamiento de concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Hidroeléctrica Moquegua 1, presentada por Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A.; y los Informes N° 064-2020-MINEM/DGE-DCE y N° 149-2020-MINEM/ OGAJ emitidos por la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro N° 3004687 de fecha 17 de diciembre de 2019, Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. solicita el otorgamiento de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Hidroeléctrica Moquegua 1, con una potencia instalada de 15,3 MW, ubicada en los distritos de Torata y Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, departamento de Moquegua; Que, mediante Resolución Gerencial N° 1272019/GREM.M-GRM de fecha 16 de diciembre de 2019, la Gerencia Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Moquegua aprueba el Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado del proyecto Central Hidroeléctrica Moquegua 1, cuyas especificaciones técnicas se encuentran en el Informe N° 119-2019-LASZ/ SGAA/GREM.M de fecha 16 de diciembre de 2019; Que, según los informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la Oficina General de Asesoría Jurídica, han verificado que se cumple con lo establecido en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; por lo que procede otorgar la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para el proyecto Central Hidroeléctrica Moquegua 1; Con el visto del Viceministerio de Electricidad, de la Dirección General de Electricidad y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y sus normas modificatorias; en su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; en su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modificatorias; y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 0382014-EM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en el proyecto Central Hidroeléctrica Moquegua 1, con una potencia instalada de 15,3 MW, ubicado en los distritos de Torata y Moquegua, provincia de Mariscal Nieto y departamento de Moquegua, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 542-2020 a suscribirse entre Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. y el Ministerio de Energía y Minas, el cual consta de 19 cláusulas y 4 anexos. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad, a suscribir en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4.- Insertar el texto de la presente Resolución Ministerial en la Escritura Pública que se derive del Contrato de Concesión N° 542-2020, referido en el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado con Decreto Supremo N° 009-93-EM. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario oficial

Otorgan concesión a Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A. para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con recursos energéticos renovables en el proyecto Central Hidroeléctrica Moquegua 1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 082-2020-MINEM/DM Lima, 5 de marzo de 2020

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