Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2020 (11/11/2020)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de noviembre de 2020 /

El Peruano

Técnica de las Comisión Ambiental Regional (CAR) de Arequipa. Artículo 2°.- Finalidad La CAR de Arequipa, tiene por finalidad concertar y coordinar la Política Nacional del Ambiente en el ámbito Regional de Arequipa, promoviendo el diálogo y el acuerdo entre los actores público, privado y la sociedad civil. Artículo 3°.- Ámbito La CAR de Arequipa, ejerce sus funciones en el ámbito de la jurisdicción del Gobierno Regional de Arequipa. Artículo 4º.- Composición La CAR de Arequipa, estará conformada por los representantes de las siguientes instituciones: 1. Gobierno Regional de Arequipa, a través de la Autoridad Regional Ambiental ­ ARMA. 2. Consejo Regional de Arequipa del Gobierno Regional de Arequipa. 3. Gerencia Regional de Agricultura. 4. Gerencia Regional de Producción. 5. Gerencia Regional de Energía y Minas. 6. Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo. 7. Gerencia Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento. 8. Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones. 9. Gerencia Regional de Salud. 10. Gerencia Regional de Educación. 11. Órgano Desconcentrado del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre en Arequipa (SERFOR ­ Arequipa). 12. Autoridad Autónoma de Majes (AUTODEMA). 13. Autoridad Autónoma del Colca y Anexos (AUTOCOLCA). 14. Órgano Desconcentrado de la Autoridad Nacional del Agua (ANA) en Arequipa. 15. Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Quilca ­ Chili. 16. Órgano Desconcentrado de la Autoridad Marítima Nacional en Arequipa (Dirección General de Capitanía y Guardacostas ­ Arequipa). 17. Órgano Desconcentrado del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE en Arequipa. 18. Oficina Desconcentrada del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA ­ Arequipa). 19. Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA ­ Arequipa). 20. Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA ­ Arequipa). 21. Representante de la Oficina Defensoría del Pueblo de Arequipa. 22. Departamento de Medio Ambiente de la Policía Nacional del Perú (DEPMEAMB ­ PNP). 23. Órgano Desconcentrado del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) en Arequipa. 24. Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza ­ Sede Arequipa. 25. Municipalidad Provincial de Arequipa. 26. Municipalidad Provincial de Camaná. 27. Municipalidad Provincial de Caravelí. 28. Municipalidad Provincial de Castilla. 29. Municipalidad Provincial de Caylloma. 30. Municipalidad Provincial de Condesuyos. 31. Municipalidad Provincial de Islay. 32. Municipalidad Provincial de La Unión. 33. Representante acreditado por las Universidades Públicas o Privadas del ámbito regional de Arequipa. 34. Consejo Regional de Decanos de Colegios Profesionales de Arequipa CONREDE ­ AREQUIPA. 35. Consejo Regional de la Juventud en Arequipa debidamente acreditado. 36. Cámara de Comercio e Industrias de Arequipa. 37. Representante de los Órganos no Gubernamentales (ONG) debidamente acreditado. 38. Representante de las Comunidades Campesinas. 39. Representante de Productores Agrarios.

40. Representante de Productores Artesanos Sector Pesquero. 41. Representante de Productores Artesanos Mineros. 42. Representante de las PYMES. Artículo 5º.- Acreditación de los Representantes Las instituciones conformantes de la CAR de Arequipa, deberán acreditar a un representante titular y un representante alterno, mediante comunicación escrita, la misma deberá ser refrendada por el directivo y/o representante de la institución debidamente facultado. Los representantes designados deberán informar a su representada, los acuerdos y responsabilidades asumidos en las sesiones ordinarias y extraordinarias. Artículo 6º.- Funciones La CAR Arequipa, tendrá las siguientes funciones: 6.1 Funciones Generales: La CAR Arequipa tiene las siguientes funciones generales: a) Coordinar y concertar el cumplimiento de la Política Nacional del Ambiente en el ámbito regional de Arequipa, entre el sector público, privado y sociedad civil, para su aprobación e implementación a nivel regional. b) Actuar en coordinación con el Gobierno Regional de Arequipa a través de los diversos órganos y liderados por la ARMA, para la implementación del SRGA en el departamento. c) Promover la acción participativa de la implementación del componente ambiental del Plan de Desarrollo Regional Concertado de Arequipa en los instrumentos de gestión ambiental. d) Promover la coordinación y concertación de compromisos a nivel intersectorial e intergubernamental, en los diferentes niveles de gobierno y con la participación activa y efectiva de la ciudadanía organizada y los inversionistas privados. e) Lograr compromisos concretos de sus integrantes sobre la base a una visión compartida y concertada. f) Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestión ambiental y la ejecución de la Política Nacional del Ambiente en el ámbito regional. g) Propiciar en todo el departamento, la creación de Comisiones Ambientales Municipales y los correspondientes Sistemas Locales de Gestión Ambiental. 6.2 Funciones Específicas: La CAR -Arequipa tiene las siguientes funciones específicas: a) Promover y establecer mecanismos de apoyo, trabajo y participación ciudadana sobre la Gestión Ambiental Regional, de conformidad con el Plan de Desarrollo Regional Concertado. b) Proponer ante el Consejo Regional propuestas e iniciativas para implementar la Política Nacional del Ambiente en el ámbito regional, a través de proyectos de Ordenanzas y otras normas regionales para adoptar al desarrollo sostenible. c) Proponer mecanismos que permitan una asignación en el presupuesto para las iniciativas de inversión en materia ambiental y de acuerdo a los objetivos del Plan de Desarrollo Regional Concertado. d) Promover actividades, concursos, congresos, seminarios, conferencias que fomenten el respeto por el medio ambiente y coadyuven a una mejor gestión ambiental en el departamento. e) Apoyar y participar y/o organizar los congresos regionales en relación a la educación ambiental y el voluntariado ambiental regional. f) Capacitar, facilitar, brindar asesoramiento y promover la activa participación de las entidades dedicadas a la defensa y protección del ambiente y la población organizada, en su gestión ambiental. g) Elaborar su plan operativo Anual e Informe Anual de Actividades, de acuerdo al procedimiento establecido para ello.

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