Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2020 (11/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Miércoles 11 de noviembre de 2020

NORMAS LEGALES

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garantiza el acceso a prestaciones de salud integrales de calidad implementados con infraestructura, equipamiento y recursos capacitados, incluidas la rehabilitación y la salud sexual y reproductiva; Que, establece el numeral 31.1 del Art. 31°, de la norma referida, sobre Servicios de Habilitación y Rehabilitación que la persona con discapacidad tiene derecho a acceder a servicios de habilitación y rehabilitación en materia de salud, empleo y educación, así como a servicios sociales. El Ministerio de Salud y los gobiernos regionales, en coordinación con el Seguro Social de Salud (EsSalud) y los establecimientos de salud de los ministerios de Defensa y del Interior, formulan, planifican y ejecutan estrategias de rehabilitación basadas en la comunidad con la participación de la persona con discapacidad, su familia y su comunidad, en coordinación con los servicios educativos, laborales y sociales correspondientes; Que, el Decreto Legislativo N° 1417 ­ Decreto Legislativo que promueve la Inclusión de las Personas con Discapacidad, el cual tiene por objeto establecer disposiciones para promover y fortalecer la inclusión de las personas con discapacidad en condiciones de igualdad, a través de medidas específicas que garanticen el ejercicio de sus derechos fundamentales; Que, la Ley N° 27658 ­ Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, tiene por objeto establecer los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, en todas sus instituciones e instancias; siendo de aplicación en todas las dependencias de la Administración Pública a nivel nacional; asimismo, tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; La Organización Mundial de la Salud (OMS) hace referencia que la discapacidad es un problema de salud pública porque las personas con discapacidad tienen mayores necesidades insatisfechas en materia de salud y rehabilitación y peores condiciones sanitarias que la población en general. La discapacidad es una cuestión de derechos humanos por las personas con discapacidad experimentan inequidad y sufren diversas violaciones de sus derechos, incluso violaciones a su dignidad, como la violencia, el abuso, el prejuicio y la falta de respecto en razón de su discapacidad, además de verse privadas de autonomía; la discapacidad está asociada a una serie de factores, entre ellos, la edad, el género, la etapa de la vida, la exposición a riesgos ambientales, la situación socioeconómica, la cultura y la disponibilidad de recursos, que en todos los casos difieren de un lugar a otro. El aumento de las tasas de discapacidad, en muchos lugares, está asociado con el aumento de las condiciones de salud crónicas (diabetes, enfermedades cardiovasculares, trastornos mentales, cáncer y enfermedades respiratorias) y las lesiones; El Plan de Acción Mundial de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre discapacidad 2014-2021, establece que en una decisión histórica la 67° Asamblea Mundial de la Salud adoptó una resolución por la que ratificaba el Plan de acción mundial de la OMS sobre Discapacidad 2014-2021: mejor salud para todas las personas con discapacidad. El Plan de acción dará un impulso considerable a los esfuerzos de la OMS y los gobiernos por mejorar la calidad de vida de mil millones de personas con discapacidad de todo el mundo. El Plan de acción tiene tres objetivos: Eliminar obstáculos y mejorar el acceso a los servicios y programas de salud; Reforzar y ampliar los servicios de rehabilitación, habilitación, tecnología auxiliar, asistencia y apoyo, así como la rehabilitación de ámbito comunitario; Mejorar la obtención de datos pertinentes e internacionalmente comparables sobre discapacidad y potenciar la investigación sobre la discapacidad y los servicios conexos. Que, en el año 2012, el Instituto Nacional de Estadística e Informática realizó la Encuesta Nacional de Discapacidad en el Perú evidenciando que existe 1 575 402 millones de

ciudadanos con algún tipo de discapacidad (5.2% de la población total) la que se incrementa para el año 2017 a 3 051 612 millones de ciudadanos con algún tipo de discapacidad (10.4% de la población total). El INEI informó que el 88.6% de la población con alguna discapacidad no recibió tratamiento y/o terapia para rehabilitación y solo el 11.4% si recibió tratamiento o terapia; entre los que recibieron tratamiento y/o terapia de rehabilitación podemos mencionar las terapias de rehabilitación física (46.1%), tratamiento psicológico (18.9%), tratamiento psiquiátrico (11.3%), terapia de lenguaje (11.0%), apoyo emocional (3.8%), terapia ocupacional (3.6%), otro tipo (5.4%); asimismo, en nuestro país el 40.6% de personas con discapacidad dependen del cuidado de una persona para realizar sus actividades diarias; En La Libertad, según los resultados obtenidos en la Encuesta Nacional Especializada sobre Discapacidad (ENEDIS) 2012, realizadas por el Instituto Nacional de Estadística e Informática, la incidencia de la discapacidad fue de 4.0% equivalente a 71,939 personas con algún tipo de discapacidad y; en los Censos Nacionales 2017 realizados por INEI, La Libertad presenta una incidencia de la discapacidad de 5.2%, significando 166,882 personas que presentan algún tipo de discapacidad; lo que la hacer una análisis comparativo de los resultados de ambos censos (2012 y 2017) hubo un incremento significativo de personas con algún tipo de discapacidad, en más del doble; por lo que, habiendo transcurrido más de tres años desde el último censo, en nuestra región es probable que se cuente con un aproximado de 200,000 personas con algún tipo de discapacidad; Que, una de las formas de equiparar las oportunidades e incluir socialmente a las personas con discapacidad, es brindándoles los servicios de rehabilitación que les permitirá potenciar al máximo la capacidad de vivir normalmente y a reforzar la independencia y autonomía; La Rehabilitación engloba un conjunto de intervenciones que son necesarias cuando una persona experimenta o es probable que experimente limitaciones en su vida cotidiana como consecuencia del envejecimiento o de un problema de salud, como una enfermedad o trastorno crónico, una lesión o un traumatismo. Puede tratarse de limitaciones como tener dificultades para pensar, ver, oír, comunicarse, desplazarse, relacionarse o conservar el empleo. Gracias a la rehabilitación, personas de todas las edades pueden mantener sus actividades cotidianas o retomarlas, participar en actividades educativas, tener un empleo remunerado, reducir al máximo la necesidad de recibir apoyo financiero o de que otra persona se ocupe de cuidarlas, seguir sintiéndose útiles y gozar del mayor bienestar posible; Que, mediante Oficio N° 630-2020-GRLL-GGR/ GRDIS de fecha 07 de setiembre del 2020, la Gerente Regional de Desarrollo e Inclusión Social del Gobierno Regional de La Libertad remite a la Consejera Regional por la Provincia de Trujillo el Informe N° 026-2020-GRLLGGR/GRDIS-JFTV, suscrito por la Lic. Jeanette Torres Varas, Responsable de la Oficina de Atención a las Personas con Discapacidad (OREDIS) respecto a la propuesta normativa relativo a Declarar de Prioridad e Interés Regional la Creación del Instituto Regional de Rehabilitación para las Personas con Discapacidad en la Región La Libertad", concluyendo que es necesario contar con una institución a nivel regional que evalúe, califique, certifique, trate y rehabilite a las 160,012 personas con discapacidad de nuestra región (Población estimada según Censo Nacional 2017); asimismo, señala como recomendación que está propuesta sea derivada a la Gerencia Regional de Salud, ya que este Instituto deberá realizar investigación, docencia, atención especializada e innovación tecnológica en el campo de la rehabilitación, materia de competencia del sector salud; Que, con Oficio N° 2151-2020-GR-LL/GGR-GRS-G de fecha 01 de octubre del 2020, el Gerente Regional de Salud del Gobierno Regional de La Libertad remite adjunto vía correo institucional al Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo e Inclusión Social del Consejo Regional La Libertad, los informes técnicos, Informe Técnico N° 001-2020-GR-LL/GGR-GRS/SGCISCII-ETFCENT-DSCAP, suscrito por la Coordinadora Regional del PP129 ­ Discapacidad de la Sub Gerencia

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