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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2020 (22/11/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 133

133 NORMAS LEGALES Domingo 22 de noviembre de 2020 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Aprueban la actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 280-2020/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 23 de octubre de 2020 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES. VISTOS: El Informe Nº 179-2020-SGPEYCT/GPP/MDSJM, la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica remite el proyecto de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos, el Memorándum N° 252-2020-GPP/MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum N° 117-2020-SGPEYCT/GPP/MDSJM, la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica, el Informe 422-2020-GAJ-MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 1289-2020-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, indica que los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones; Que, el artículo 4° de la Ley N° 27658- Ley Marco de Modernización del Estado determina que el proceso de modernización del Estado tiene por fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, siendo uno de sus principales objetivos, alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía; Que, el numeral 43.4 del artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de la Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60º de la Constitución Política del Perú y las normas de represión de la competencia desleal; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivo – TUSNE, es el documento que complementa al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, que contiene los servicios que brinda nuestra entidad Edil a la población, con el objeto de que el administrado se informe de los mismos, sus respectivos costos y plazos; con la fi nalidad de contar con un instrumento de gestión actualizado, el mismo que se elabora en coordinación con todas las unidades orgánicas involucradas y prestadoras de servicios, en el marco del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad; Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 0481-2016-GM se aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores; posteriormente, mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 0377-2018-GM-MDSJM de fecha 01 de junio del 2018, se actualizó el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, el cual contiene ochenta y cinco (85) servicios no exclusivos, los cuales se encuentran vigentes; Que, asimismo, de la consolidación de las propuestas de las unidades orgánicas de la Gerencia de Desarrollo Económico, Subgerencia de Registro, Control y Orientación al Contribuyente, Subgerencia de Obras Privadas, Catastro y Gestión del Territorio, Subgerencia de Gestión de Desastres, Gerencia de Gestión Ambiental, Subgerencia de Ornato y Áreas Verdes, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social y la Subgerencia de la Mujer, Salud y Poblaciones Vulnerables (DEMUNA OMAPED CIAM); y, enmarcándose en los lineamientos para su elaboración establecidos en la Directiva que Establece los Lineamientos para la Elaboración, Actualización y Aprobación del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE en la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, aprobado con Resolución de Gerencia Municipal N° 524-2017-GM-MDSJM; Que, en vista de todo lo anteriormente manifestado, el nuevo proyecto de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad de San Juan de Mira fl ores, establece sesenta y cuatro (64) servicios no exclusivos, instaurados por las unidades orgánicas que los brindan, teniendo en cuenta servicios y precios actualizados bajo condiciones de libre competencia (oferta y demanda) para evitar alterar las condiciones del mercado, considerando los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, que establece disposiciones aplicables a las entidades del sector público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; y el Decreto N° 380-2019-EF, que establece el Valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) durante el año 2020; Que, mediante Informe Nº 0179-2020-SGPEYCT7GPP/ MDSJM la Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica ha consolidado el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores estableciendo los requisitos y precios de dichos servicios, a fi n de contar con el instrumento normativo actualizado, el mismo que ha sido elaborado en coordinación con todas las áreas prestadoras del municipio, considerando los cambios al Reglamento de Organización y Funciones, así como el incremento de los insumos que son utilizados al prestar los servicios no exclusivos que brinda la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores. Que, mediante Informe Nº 422-2020-GAJ/MDSJM, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión FAVORABLE para la aprobación, mediante resolución de alcaldía, del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, habiéndose estructurado con sujeción al marco normativo sobre la materia y buscando extender la política de mejora continua de los servicios de carácter no exclusivos prestados por la entidad municipal; Por los fundamentos expuestos y haciendo uso de las facultades conferidas en el artículo 20°, numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos – (TUSNE) de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores cuyos requisitos y costos se detallan en el anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático la publicación de la presente Resolución de Alcaldía y del Anexo adjunto en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto las Resolución Gerencial Municipal Nº 0377-2018-GM-MDSJM, así como todo dispositivo que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y demás Unidades Orgánicas en lo que corresponda a sus funciones. Regístrese, comuníquese, y cúmplase.MARIA CRISTINA NINA GARNICA Alcaldesa