NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (04/09/2020)
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28 NORMAS LEGALES Viernes 4 de setiembre de 2020 / El Peruano Pesqueras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE, y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 8.- DIFUSIÓN Las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de la Producción 1882175-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa, por el apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 298-2020-PRODUCE Lima, 3 de setiembre de 2020 VISTOS: El Memorando N° 00000441-2020-PRODUCE-OGA de la O fi cina General de Administración; el Memorando N° 00000671-2020-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 00000124-2020-PRODUCE/-OP de la O fi cina de Presupuesto; y el Informe N° 585 -2020-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Decreto de Urgencia N° 014- 2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, mediante Resolución Ministerial N° 546-2019-PRODUCE, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción; Que, la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas (FFAA) y/o de la Policía Nacional del Perú (PNP), para transporte aéreo, terrestre y fl uvial, de pasajeros y/o de bienes, valores y/o suministros, para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, para realizar transferencias fi nancieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, solo si el gasto efectuado por el apoyo brindado supera el monto máximo que debe ser fi nanciado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente, siendo que, dicho monto máximo anual se establece mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la citada Disposición Complementaria Final establece que dichas transferencias fi nancieras se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; y, se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), el cual debe indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fi jado por la Presidencia del Consejo de Ministros, y de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad del Titular de dicho pliego, publicándose la resolución en el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2020- PCM, se establece el monto máximo de S/ 52 727,00 (CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES) en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para la atención de las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el Año Fiscal 2020; Que, con O fi cio Nº D000112-2020-PCM-SG, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros adjunta el Informe Nº D000098-2020- PCMOGPP, que informa que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo Nº 017-2020-PCM, con cargo a su presupuesto, para atender las operaciones de apoyo a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, en el Año Fiscal 2020; Que, mediante los O fi cios Nºs 02350 y 03694-2020-MINDEF/SG, la Secretaría General del Ministerio de Defensa solicita a la Secretaría General del Ministerio de la Producción, se disponga la transferencia fi nanciera a favor del Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 317 039,57 (TRESCIENTOS DIECISIETE MIL TREINTA Y NUEVE Y 57/100 SOLES), por el apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio de la Producción mediante nueve vuelos efectuados en el período de enero a abril del presente año fi scal, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 014-2019; Que, con Memorando N° 00000411-2020-PRODUCE/ OGA adjunta los Informes Nºs 007 y 013-2020-PRODUCE/OSDN-cguevar, de la O fi cina de Seguridad y Defensa Nacional del Ministerio de la Producción, en los que informa sobre el seguimiento de las acciones y actividades llevadas a cabo por el Ministerio de la Producción, para atender los problemas y necesidades que por la emergencia sanitaria del COVID – 19 surgidos en la Región Loreto; asimismo, adjunta el Informe N° 004-2020/DM-RRR, del Consultor FAG del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, en el que se valida las acciones señaladas en los o fi cios cursados por el Ministerio de Defensa; Que, con Memorando N° 00000671-2020-PRODUCE/ OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción hace suyo el Informe N° 00000124-2020-PRODUCE/OP de su O fi cina de Presupuesto, por el cual emite opinión en materia Presupuestal y considera procedente la transferencia fi nanciera del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, hasta por la suma de S/ 317 039,57 (TRESCIENTOS DIECISIETE MIL TREINTA Y NUEVE Y 57/100 SOLES), con la fi nalidad de atender los gastos del apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio de la Producción, correspondiente al período de enero a abril 2020; Que, en consecuencia, es necesario emitir la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa hasta por la suma de S/ 317 039,57 (TRESCIENTOS DIECISIETE MIL TREINTA Y NUEVE Y 57/100 SOLES), con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad 5005713: Transferencias a Entidades, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, para los fi nes indicados en los considerandos precedentes, conforme a lo dispuesto en la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014- 2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020;