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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (04/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Viernes 4 de setiembre de 2020 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, Decreto de Urgencia que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020; Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en la Directiva Nº 011-2019-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral Nº 036-2019-EF/50.01 y modi fi catorias; y, SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Ministerio de Defensa Autorizar una Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 317 039,57 (TRESCIENTOS DIECISIETE MIL TREINTA Y NUEVE Y 57/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por el apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio de la Producción, en el período de enero a abril 2020, en el marco de la Trigésima Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 014-2019, que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución, se atenderá con cargo al Presupuesto Institucional aprobado en el Año Fiscal 2020 del Pliego 038: Ministerio de la Producción, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, Categoría Presupuestal 9002: Asignaciones Presupuestarias que No Resultan en Productos, Actividad 5005713: Transferencias a Entidades, en la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La Oficina General de Administración, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales se realiza la presenta Transferencia Financiera. Artículo 5.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de la Producción 1882176-1 SALUD Designan Jefa de Equipo de la Dirección General del Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja RESOLUCIÓN DIRECTORAL N°000120-2020-DG-INSNSB San Borja, 31 de Agosto del 2020VISTO: El expediente SCDG-D20200003672, que contiene el Informe N°000891-2020-ERH-UAD-INSNSB, emitido por el Jefe de Equipo de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 11.1 literal a) del artículo 11° de la Resolución Ministerial N° 015-2020/MINSA, de fecha 13 de enero del 2020, que delega durante el Año Fiscal 2020 a los Directores de Institutos Nacionales Especializados y Directores de Hospitales del Ministerio de Salud la facultad de emitir actos resolutivos sobre acciones de personal siendo una de ellas la Designación en cargo de con fi anza o de libre designación; Que, el numeral II.2.1 del Manual de Operaciones del INSNSB, aprobado por Resolución Ministerial N° 512-2014/MINSA, establece que la Dirección General es la máxima autoridad del INSNSB y está a cargo de la conducción general, coordinación y evaluación de los objetivos, políticas, proyectos, programas y actividades que corresponden al Instituto Nacional de Salud del Niño-San Borja; Que, mediante Resolución Directoral N°000089- 2020-DG-INSNSB, de fecha 14 de julio de 2020, se designa a la Abogada Meliza Darsi Cusma Bazán,al cargo de Jefa de Equipo de la Dirección General (CAP-0006, Nivel F-3) del Instituto Nacional de Salud del Niño-San Borja, bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios. Que, mediante Memorando N°000352-2020-DG- INSNSB, de fecha 31 de agosto de 2020, se acepta la renuncia al cargo de Jefe de Equipo de la Dirección General del Instituto Nacional de Salud del Niño-San Borja, a la Abogada Meliza Darsi Cusma Bazán; Que, mediante el precitado Memorando, la Directora General del Instituto, propone al Director Ejecutivo de la Unidad de Administración la designación de Jefa de Equipo de la Dirección General del Instituto Nacional de Salud del Niño-San Borja, a la Abogada Tatiana Mirlo Carrasco Cuaquira; Que, atendiendo a lo señalado en el documento del Visto, se estima conveniente efectuar las acciones de personal solicitada para el cargo de Jefa de Equipo de la Dirección General del Instituto Nacional de Salud del Niño-San Borja; Que, mediante Informe Legal N°000214-2020-UAJ- INSNSNB, la Unidad de Asesoría Jurídica recomienda suscribir la Resolución Directoral correspondiente. Con el visto bueno del Director Adjunto, del Director Ejecutivo de la Unidad de Administración, del Jefe de Ofi cina de la Unidad de Asesoría Jurídica y; De conformidad con la Resolución Ministerial N° 015- 2020/MINSA, con la Resolución Ministerial N°512-2014/MINSA, modi fi cada con la Resolución Directoral N°123- 2017/INSNSB, la Resolución Ministerial N° 015-2020/MINSA y la Resolución Viceministerial N°027-2020-SA/DVM-PAS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia de la Abogada Meliza Darsi Cusma Bazán, al cargo designada mediante Resolución Directoral N°000089-2020-DG-INSNSB, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- DESIGNAR a la Abogada Tatiana Mirlo Carrasco Cuaquira, en el cargo de Jefa de Equipo de la Dirección General (CAP-0006, Nivel F-3) del Instituto Nacional de Salud del Niño–San Borja, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios–CAS, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057. Regístrese, comuníquese y publíquese.ELIZABETH ZULEMA TOMAS GONZALES Directora GeneralInstituto Nacional de Salud del Niño – San Borja 1881942-1