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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 111

111 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2020 El Peruano / ANEXO 1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO DECRETO DE ALCALDÍA N° 056-2020-MPT SUB GERENCIA DE LICENCIAS Y COMERCIALIZACIÓN Nº de Orden Denominación del Procedimiento 11Declaración Jurada Anual de Permanencia en la Actividad Autorizada. 12 Duplicado de Licencia de Funcionamiento. 13 Constancia de tener o no tener Licencia de Funcionamiento. 14Autorización eventual para ocupar espacio en interior de Centros Comerciales, Malls o Campos Feriales. 15Autorización para Funcionamiento de Feria en Local o Espacio Particular. 16Autorización para Funcionamiento de Feria en Espacio Público. 17 Autorización para realización de té danzant o parrillada. 18Autorización para realización de rifas, sorteos, loterías y similares. 19 Autorización para realización de bingos.20 Autorización para realización de bailes Sociales. 21Autorización para realización de espectáculos cali fi cados como Culturales por el INC. 22Autorización para realización de show artístico o concierto musical. 1886594-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 057-2020-MPT Trujillo, 21 de agosto de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la administración Municipal, se rige entre otros principios consagrados en el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 27444 – ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, por el Principio de Legalidad; el mismo que refiere que todas las autoridades administrativas, deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al Derecho, pero dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que le fueron conferidas; Que, el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son atribuciones del alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 005-2020- MPT, se establece que queda prohibido el otorgamiento de autorizaciones o licencias para instalar elementos de publicidad exterior cualquiera sea su denominación y/o clasi fi cación que se le otorgue, dentro de las áreas de dominio y uso público, así como en la infraestructura de servicios públicos; Que, mediante O fi cio Nº 716-2020-MPT-GDU- SGHU, Subgerencia de Habilitaciones Urbanas, adjuntando informe Nº127-2010-MPT-GDU-SGHU-RRP, se precisa de acuerdo al Reglamento Nacional de Edi fi caciones la de fi nición de mobiliario urbano, es un conjunto de elementos instalados en ambientes de uso público destinados al uso de personas, bajo esa defi nición se solicita que se debe eliminar del TUPA el procedimiento Autorización de Publicidad anual en mobiliario urbano (paraderos, guía de calles, cabinas telefónicas u otros). Asimismo, que la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización debe realizar los actos pertinentes para eliminar del TUPA el procedimiento administrativo: Autorización de publicidad anual en mobiliario urbano (paraderos, guía de calles, cabinas telefónicas u otros); Que, mediante O fi cio Nº 2463-2020-MPT/GPP la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto en referencia al Informe Nº 037 - 2020-MPT-GPP-SGPR-TIC, concluye que es factible eliminar del TUPA el procedimiento: Autorización de publicidad anual en mobiliario urbano (paraderos, guía de calles, cabinas telefónicas u otros), asimismo modi fi car el orden de numeración de los procedimientos a cargo de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas del TUPA vigente y modi fi car el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modi fi catorias; Que, mediante Informe Legal Nº 908-2020-MPT/ GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que se expida el acto administrativo que elimine el Procedimiento Administrativo Nº 23 Autorización de publicidad anual en mobiliario urbano (paraderos, guías de calles, cabinas telefónicas u otros), del TUPA vigente, que se encuentran a cargo de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modi fi catorias, debiendo modi fi car el orden de procedimientos a cargo de la Sub gerencia de Habilitaciones Urbanas establecidos en el TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo, el mismo que debe ser aprobado por Decreto de Alcaldía; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º, numeral 6) y Artículos 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 247972, se: DECRETA: Artículo Primero.- ELIMINAR el procedimiento administrativo Nº 23 Autorización de publicidad anual en mobiliario urbano (paraderos, guía de calles, cabinas telefónicas u otros), del TUPA vigente, a cargo de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modi fi catorias. Artículo Segundo.- MODIFICAR orden de numeración de los procedimientos a cargo de la Subgerencia de Habilitaciones Urbanas del TUPA vigente quedando de la siguiente manera. Nº de orden 23: Sellado de Planos por trámites realizados en la MPT-GDU-SGHU. Nº de orden 24: Reconocimiento de predio de uso urbano en el Centro Histórico de Trujillo y Áreas de protección y tratamiento especial con fi nes de Inscripción registral. Artículo Tercero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modi fi catorias. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Decreto en el Portal del Diario El Peruano, asimismo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo. Artículo Quinto.- VIGENCIA, el presente Decreto entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación.