NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 112
TEXTO PAGINA: 95
95 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2020 El Peruano / Reglamento de Organización y funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, en cuanto a la unidad orgánica en la que se inicia el procedimiento, la autoridad competente para resolver e instancias de resolución de recursos; por lo cual emite opinión técnica favorable, adjuntado el Anexo TUPA correspondiente actualizado y el proyecto de Decreto de Alcaldía, precisando que dicha norma no aprueba disposiciones en cuanto a modi fi caciones de derechos de trámite, por lo que no resulta necesario la rati fi cación por parte del Servicio de Administración Tributaria; recomendando continuar con el trámite correspondiente; Que, con Informe Nº 350-2020-OAJ/MVES la O fi cina de Asesoría Jurídica, teniendo en consideración el Decreto Legislativo Nº 1497, que establece medidas para promover y facilitar condiciones regulatorias que contribuyan a reducir el impacto en la economía peruana por la Emergencia Sanitaria producida por el COVID-19; la Ordenanza Nº 435-MVES que modi fi ca la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES; el numeral 41.1 del artículo 41º y los numerales 44.2, 44.3 y 44.5 del artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, así como lo señalado por la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias y la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Programación de Inversiones; emite opinión legal precisando que resulta legalmente procedente la emisión de un Decreto de Alcaldía, mediante el cual se modi fi que los plazos y modalidades de aprobación de los procedimientos administrativos de licencia de funcionamiento para edifi caciones cali fi cadas con “nivel de riesgo bajo o medio” y “nivel de riesgo alto y muy alto”, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 394-MVES, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1497, así como a la nueva estructura orgánica aprobada con la Ordenanza Nº 435-MVES, ello al amparo de lo establecido en el numeral 6 del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, con Memorando Nº 925-2020-GM/MVES, la Gerencia Municipal al contar con los informes técnicos y legales favorables, remite el expediente administrativo a la Secretaria General a fi n de emitir el Decreto de Alcaldía que adecue los plazos y modalidades de aprobación de los procedimientos administrativos de licencia de funcionamiento para edi fi caciones cali fi cadas con “nivel de riesgo bajo o medio” y “nivel de riesgo alto y muy alto”, contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 394-MVES”; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el numeral 6 del artículo 20º y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13º de la Ordenanza Nº 435-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES; DECRETA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza Nº 394-MVES y modi fi catorias, respecto a los procedimientos a cargo de la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias, adecuando los mismos al Decreto Legislativo Nº 1497 en lo referente a las Licencias de Funcionamiento para edi fi caciones cali fi cadas con “nivel de riesgo bajo o medio” y “nivel de riesgo alto y muy alto”; así como a la Ordenanza Nº 435-MVES, que modi fi ca la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, conforme al Anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- PRECISAR que las modi fi caciones aprobadas en el artículo precedente y que se re fl ejan en el Anexo del presente Decreto, no aprueban disposiciones en cuanto a modi fi caciones de derechos de trámite o mayores requisitos. Artículo Tercero.- PRECISAR que el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 394-MVES y modi fi catorias y que fuese rati fi cado con Acuerdo de Concejo Nº 472 de la Municipalidad Metropolitana de Lima cuenta con un total de 160 procedimientos administrativos, 20 servicios no exclusivos y 146 derechos de trámite. Artículo Cuarto.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General la publicación del presente Decreto en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el portal del referido diario conjuntamente con su Anexo y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación del presente Decreto y Anexo en el Portal Web Institucional (www.munives.gob.pe), en el Portal del Servicio al Ciudadano y Empresas (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) en la misma fecha de la publicación o fi cial. Regístrese, publíquese, notifíquese y cúmplase. C. KEVIN YÑIGO PERALTA Alcalde 1887033-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 010-2020 Callao, 31 de agosto de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO:El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, Visto el Dictamen Nº 023-2020-MPC-SR-COADPA de la Comisión Administración y Protección Ambiental; en Sesión Ordinaria celebrada en la fecha; O fi cio Nº 000191- 2020-CEB/INDECOPI de fecha 20 de mayo de 2020 de la presentada por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de INDECOPI, Memorando Nº 337-2020-MPC/SG de fecha 02 de junio del 2020, Memorando Nº 739-2020-MPC-GGDELC de fecha 03 de agosto del 2020, Memorando Nº 119-2020-MPC/GGPPIDI-GDI de la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto Inversiones y Desarrollo Institucional de fecha 10 de agosto 2020, Memorando Nº 134-2020-MPC/GGAJC de fecha 17 de agosto de 2020 de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación y Memorando Nº 1367-2020-MPC/FGM de la Gerencia General de fecha 17 de agosto del 2020; y