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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 109

109 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2020 El Peruano / 2. El técnico administrativo realizará la evaluación técnica legal-socio económica, (fuentes de ingreso familiar, condiciones habitacionales y de salud), brindando una atención preferencial a los grupos vulnerables en pobreza extrema (adulto mayor, personas con discapacidad o limitación debidamente acreditadas, madres jefas de hogar) de los solicitantes 3. Comprenderá la evaluación urbana (aforo, zonas rígidas, zonas de medio, muy alto y alto riesgo) 4. Se tendrá en cuenta no haber sido sujeto de queja por parte de los vecinos por inconducta debidamente sustentada en el ejercicio del comercio en espacios públicos y no haber sido sujeto de infracciones administrativas por el periodo de dos (02) años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud para desarrollar actividad comercial en espacios públicos. 5. Carecer de vínculo laboral con sus proveedores 6.- ZONAS Y ESPACIOS PUBLICOS REGULADOS PARA COMERCIO AMBULATORIO: Se anexa Plano con ubicaciones reguladas propuestas. ANEXO N° 03 1.2 COMERCIO O ACTIVIDAD ECONOMICA EN ESPACIOS PUBLICOS 12001Por no conducir personalmente el módulo ambulatorio, así como permitir que menores de edad, terceros no autorizados permanezcan, laboren o pernocten en el módulo de ventaL 20%Revocación de Autorización 12002Por adulterar los datos consignados en la autorización emitida por la municipalidadM 50%Revocación de Autorización 12003Por realizar el expendio y comercio de productos autorizados fuera del módulo de venta así como la utilización de sombrillas, bancos, cajas u otros recipientes adicionales, contenido o exhibiendo mercancía en exceso que altere la volumetría o le obligue a poner esta fuera del módulo ocupando más espacio público al autorizadoM 50%Revocación de Autorización 12004Por utilizar velas, lamparines a combustible y otros medios de iluminación a base de elementos combustiblesL 20%Revocación de Autorización 12005Por comercializar o mantener dentro del módulo productos adulterados, vencidos, falsi fi cados, contaminados o de contrabando de dudosa procedencia o que no se encuentren en buen estado que atenten contra la vida y la salud, y aquellos cuya venta o comercialización este prohibida o que no cuenten con registro sanitario vigentes o empaques adecuados o que los mismos estén dañados o adulteradosM 50%Retiro y/o retención 12006Por el uso de auto parlantes, bocinas, cometas, equipos musicales u otros medios que produzcan ruidos o emisiones sonoras, asimismo exhibir imágenes, fi guras, estampas, fotográ fi cas que atenten contra el pudor con fi nes de venta.L 20% 12007Por comercializar o consumir bebidas alcohólicas, drogas y otras sustancias alucinógenas en el interior del módulo, así como la venta de cigarros al menudeo MG 100%Revocación de Autorización 12008Por realizar el traspaso, sesión, venta, arriendo o subarriendo de la credencial o del espacio público autorizado, de manera gratuita u onerosaMG 100%Revocación de Autorización 12009Por ubicar el módulo de alimentos en cercanías de hospitales, clínicas, centros educativos, no menos de 100 metros de conformidad a lo establecido en la normativa vigente de ser el casoL 10% 12010Por comercializar o mantener animales en el mobiliario o lugar asignadoL 20% 12011Por realizar la preparación de comidas, el lavado o aseo de los implementos o equipo de trabajo en la vía publicaL 20% 12012Por resistencia y/o falta de respeto a la autoridad a la orden del retiro de la vía publicaM 50%Retiro y/o retención 12013Por comercializar alimentos o comidas preparadas, en vías públicas, fuera del horario establecidoM 30%Retiro y/o retención 12014Por comercializar bebidas alcohólicas de manera ambulatoriaMG 100%Retiro y/o retención 12015Por practicar al interior del módulo de comercio ambulatorio juegos de azarL 10%Retiro y/o retención 12016Por no mantener limpio el lugar de venta en un perímetro no menor de cinco metros a la redondaL 20% 1.2 COMERCIO O ACTIVIDAD ECONOMICA EN ESPACIOS PUBLICOS 12017 Por no exhibir la autorización municipal en lugar visible L 5% 12018Por no mantener el módulo autorizado en buen estado de conservación y limpiezaL 10% 12019Por cambiar o ampliar el giro de sus actividades sin autorizaciónL 15%Retiro y/o retención 12020No utilizar la indumentaria dispuesta por las normas municipales referentes a la materiaL 10% 12021Por almacenar productos en condiciones no adecuadas para su conservación o higieneL 10%Retiro y/o retención 12022Por modi fi car las características y/o pintar el módulo de comercio ambulatorio en forma distinta al dispuesto por las normas municipalesL 20%Retiro y/o retención 12023Por comercializar directamente al público artículos pirotécnicos en zonas no autorizadas y/o sin la debida autorización de SucamecG 100% Decomiso 12024Por realizar espectáculos pirotécnicos sin la debida autorización de la Sucamec y/o sin plan de protección de seguridad para espectáculos pirotécnicos, cuando este autorizada la realización de dichos espectáculos L 20%Decomiso y/o Cancelación del espectáculo ANEXO 4 DEL PADRON MUNICIPAL Y REGISTRO DE COMERCIANTES REGULADOS QUE DESARROLLEN ACTIVIDADES COMERCIALES EN LOS ESPACIOS PUBLIOS DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Para poder ingresar al Padrón Municipal de Comerciantes Regulados, que desarrollen Actividades Comerciales en los Espacios Públicos de Carmen de la Legua Reynoso, el interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. Presentar solicitud con carácter de declaración jurada de ingreso al Padrón Municipal 2. Desarrollar los giros permitidos por la presente norma en el distrito de Carmen de la Legua Reynoso. 3. Declaración jurada de no haber sido sujeto de queja por parte de los vecinos por inconducta debidamente sustentada en el ejercicio del comercio en vía pública y no haber sido sujeto de infracciones administrativas por el periodo de dos (02) años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud por desarrollar el comercio en la vía pública sin autorización municipal. 4. Declaración jurada mediante el cual el administrado comunique que no sobrepasa las dos (02) UIT anuales y que carece de vínculo laboral con sus proveedores, asimismo que el referido solicitante se encuentra en un estado de necesidad económica y social, el cual podrá ser verifi cado por la Subgerencia de Desarrollo Económico, a fi n de que con fi rme la veracidad de las Declaraciones Juradas señaladas en los numerales 3) y 4) emitiéndose el informe correspondiente. 5. Presentación de Certi fi cado de Salud, que indique mediante análisis previos contar con buena salud, para la atención a los y las vecinas del distrito. El plazo de evaluación del procedimiento descrito en el párrafo anterior tendrá un plazo máximo de treinta (30) días hábiles. El ingreso al Padrón Municipal de Comerciantes que desarrollan Actividades comerciales en espacios públicos otorga la condición de comerciante regulado, más no otorga la condición de comerciante autorizado, para lo cual, se requerirá iniciar el procedimiento respectivo presentando los requisitos establecidos en la presente norma. En caso de que la solicitud de ingreso al Padrón Municipal de Comerciantes que desarrollen actividades comerciales en espacios públicos en Carmen de la Legua Reynoso sea declarada procedente, la Subgerencia de Desarrollo Económico le asignará al comerciante regulado un código, dicho padrón será publicado en la página web de la institución edil en el link relativo a la Subgerencia de Desarrollo Económico, el referido padrón servirá de base para la elaboración del Software de Comerciantes. En caso de que dos (02) o más comerciantes regulados inscritos en el Padrón Municipal de Comerciantes que desarrollen Actividades Comerciales en Espacios Públicos