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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (23/09/2020)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 110

110 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de setiembre de 2020 / El Peruano de Carmen de la Legua Reynoso presenten solicitudes de autorización municipal de forma simultánea para desarrollar el mismo giro en la misma ubicación, tendrá prelación el comerciante regulado que haya contado con autorizaciones municipales para desarrollar dicho giro en la ubicación solicitada, en caso de que todos los solicitantes hayan contado con autorizaciones municipales para desarrollar el giro solicitado en la misma ubicación, tendrá prelación el comerciante regulado que cuente con una autorización municipal expedida con mayor antigüedad. 1886620-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Modifican el TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 056-2020- MPT Trujillo, 19 de agosto de 2020EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipales, Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Esta autonomía de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la administración Municipal, se rige entre otros principios consagrados en el Texto Único Ordenando de la Ley Nº 27444 – ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, por el Principio de Legalidad; el mismo que re fi ere que todas las autoridades administrativas, deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al Derecho, pero dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que le fueron conferidas; Que, el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son atribuciones del alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas; Que, mediante decreto supremo Nº 002-2018- PCM, se aprueba el nuevo reglamento de inspecciones técnicas de seguridad en edi fi caciones y en disposición complementaria: derogatoria única – derogatoria: A la entrada en vigencia del presente decreto supremo, queda sin efecto el reglamento aprobado por decreto supremo Nº 058-2014-PCM; En el artículo 18 y articulo 19 del nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, se especi fi ca las clases de ITSE y la clasi fi cación del nivel de riesgo nivel de riesgo bajo o medio, alto y muy alto, por consiguiente, es necesario adecuar a la nueva normatividad el requisito Nº 4, del procedimiento administrativo Autorización para funcionamiento de feria en local o Espacio Particular”; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 027-2015- MPT, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo y modi fi catorias; Que, mediante O fi cio Nº447-2020-MPT/GDEL, emitido por la Gerencia de Desarrollo Económico Local, solicita la eliminación del Procedimiento Administrativo Nº 11 Autorización para uso de Área Pública por Establecimientos con Licencia de Funcionamiento en el Centro Histórico, contenido en el TUPA aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modi fi catoria, indicando que se observa que dichas autorizaciones están causando desorden, comercio ambulatorio, etc., y no está cumpliendo con la fi nalidad con la que se propuso; Que, mediante O fi cio Nº 934-2020-MPT/GPP, la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto en referencia al Informe Nº 026-2020-MPT-GPP-SGPR-TIC, concluye que es factible eliminar el procedimiento administrativo “Autorización para uso de Área Pública por Establecimientos con Licencia de Funcionamiento en el Centro Histórico”, a cargo de la Subgerencia de Licencias y Comercialización, así mismo modi fi car el número de orden de los procedimientos administrativos y es necesario adecuar al nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, decreto supremo Nº 002-2018-PCM, el requisito Nº 4 del procedimiento administrativo ” Autorización para funcionamiento de feria en local o Espacio Particular” contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modi fi catorias; Que, mediante Informe Legal Nº 902-2020-MPT/GAJ, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye que resulta procedente la eliminación del Procedimiento Administrativo Nº 11 Autorización para uso de Área Pública por Establecimientos con Licencia de Funcionamiento en el Centro Histórico y modi fi car el número de orden de los procedimientos administrativos, conforme al anexo N º 1 y modi fi car el requisito Nº 4 del procedimiento administrativo ”Autorización para funcionamiento de feria en local o Espacio Particular” que se encuentran a cargo de la Sub Gerencia de Licencias y Comercialización, establecidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Trujillo; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 20º, numeral 6) y Artículos 39º y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 247972, se: DECRETA:Artículo Primero.- ELIMINAR el Procedimientos Administrativos Nº 11 Autorización para uso de Área Pública por Establecimientos con Licencia de Funcionamiento en el Centro Histórico a cargo de la Subgerencia de Licencias y Comercialización al Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modi fi catorias. Artículo Segundo.- MODIFICAR el número de orden de los procedimientos administrativos a cargo de la Subgerencia de Licencia y Comercialización contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT y modi fi catorias, de acuerdo al Anexo Nº01, que forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- MODIFICAR el requisito Nº 4, del procedimiento administrativo: “Autorización para funcionamiento de feria en local o Espacio Particular”, contenido en el TUPA, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 027-2015-MPT, y modi fi catorias que a la letra dice: Indicar número de informe favorable de Inspección Técnica de Seguridad en Edi fi caciones. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Decreto y su anexo en el Portal del Diario El Peruano, asimismo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo. Artículo Quinto.- VIGENCIA, el presente Decreto entrará en vigencia desde el día siguiente de su publicación. Artículo Sexto.- NOTIFICAR, el presente Decreto y sus anexos a las instancias que corresponda para los fi nes de su cumplimiento. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JOSÉ PRUDENCIO RUIZ VEGA Alcalde