NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (29/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 4
4 NORMAS LEGALES Martes 29 de setiembre de 2020 / El Peruano máxima autoridad ejecutiva de la entidad. Es Titular del Pliego Presupuestal y responsable de dirigir y ejercer la representación legal de la Entidad, ante los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales; asimismo, el literal a) de su artículo 8 señala que es una función de la Jefatura dirigir y supervisar el adecuado funcionamiento de la Entidad, de fi niendo las políticas de dirección y supervisión para la marcha de la misma y ejercer la representación legal ante los organismos públicos y privados, nacionales e internacionales; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y sus modi fi catorias, señalan los procedimientos que deben observar y seguir las entidades a efectos de tramitar los procesos de contratación; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8 de la Ley, el Titular de la Entidad es la más alta autoridad ejecutiva, de conformidad con sus normas de organización, que ejerce las funciones previstas en la Ley y su reglamento para la aprobación, autorización y supervisión de los procesos de contratación de bienes, servicios y obras; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley establece que : “(…) El Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. Puede delegar, al siguiente nivel de decisión, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra. La declaración de nulidad de oficio y la aprobación de las contrataciones directas no pueden ser objeto de delegación, salvo lo dispuesto en el reglamento (…)” ; Que, conforme a lo indicado y con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión y lograr una mayor fl uidez en la atención de la gestión institucional, que permita cumplir tanto con las funciones previstas en el ROF del INIA como con la programación de metas institucionales para el ejercicio 2020, resulta necesaria la delegación, en materia de contrataciones del Estado, a efectos que el (la) Gerente(a) General del INIA autorice la ejecución de prestaciones adicionales de obra, de conformidad con la normativa señalada en los considerandos precedentes; Con los vistos de la Gerencia General y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- DELEGAR en el (la) Gerente(a) General del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, la siguiente función: En materia de contrataciones del Estado: Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de obras en los casos que sus montos, restándole los presupuestos deductivos vinculados, no excedan el 15% del monto del contrato original, de conformidad con las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modi fi catorias. Artículo 2.- La delegación a que se re fi ere la presente Resolución es indelegable y comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver dentro de las limitaciones establecidas por Ley; más no exime de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos. Artículo 3.- El funcionario(a) delegado(a) deberá informar trimestralmente a la Jefatura del Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA, respecto de los actos que emita como producto de la presente Resolución. Artículo 4.- La delegación autorizada mediante la presente Resolución tendrá vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2020.Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional de la entidad (www.inia.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS MAICELO QUINTANA Jefe 1888413-1 DEFENSA Autorizan viaje de oficial del Ejército Peruano a los EE.UU., en misión de estudios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 536-2020-DE/EP Jesús María, 25 de setiembre del 2020VISTO:La Hoja Informativa Nº 042/DRIE/SECC RESOL del 31 de agosto de 2020, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen Legal Nº 1645-2020/OAJE/L-1, del 31 de agosto de 2020, del Jefe de la O fi cina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO:Que, con O fi cio Nº 0215/MAAG/ARSEC, del 23 de julio de 2020, el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, solicita al Comandante General del Ejército, la designación un (01) Ofi cial, en relevo del Teniente Coronel Alan Harry GARCÍA QUISPE, quien se ha desempeñado como Instructor al Curso de Carrera de Capitanes de Maniobra (MCCC), en la Escuela de Educación Militar Profesional (SPME), en WHINSEC; a partir del 14 de octubre de 2020 al 14 de octubre de 2022; asimismo, comunica que asumirán los costos de transporte aéreo de ida y vuelta del O fi cial y sus dependientes; Que, a través de la Hoja de Recomendación Nº 062/U-4.b.1/05.00, de julio de 2020, el Comandante General del Ejército propuso la designación del Mayor EP Juan Miguel MEDINA TOLEDO, para participar como Instructor de Capitanes de Maniobra en el Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), Fort Benning, ciudad de Columbus, Estado de Georgia, Estados Unidos de América, por el periodo comprendido del 14 de octubre de 2020 al 14 de octubre de 2022; Que, según a lo indicado en la Exposición de Motivos, suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la participación del My EP Juan Miguel MEDINA TOLEDO, como Instructor de Capitanes de Maniobra en el Instituto de Cooperación para la Seguridad del Hemisferio Occidental (WHINSEC), toda vez que, permitirá dar cumplimiento a la Política de Comando, dentro de los Objetivos del Plan Estratégico Institucional 2019-2021, “Incrementar las Capacidades Militares del Componente Terrestre”, para disponer de personal altamente capacitados en todo el aspecto inherente a su desarrollo humano, profesional y ocupacional, con estándares similares a países desarrollados; Que, conforme a lo indicado en la Hoja de Gastos del Jefe de Educación del Ejército de julio de 2020, ningún organismo internacional cubrirá costos por concepto de Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero y Gastos de Traslado de ida, por lo que, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal,