NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2020 (29/09/2020)
CANTIDAD DE PAGINAS: 56
TEXTO PAGINA: 18
18 NORMAS LEGALES Martes 29 de setiembre de 2020 / El Peruano TRESCIENTOS SETENTA Y UNO CON 05/100 SOLES), para realizar el pago mediante Transferencia Financiera a favor de Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL) para la ejecución de obras asociadas a la Liberación de Interferencias del Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, en el marco del Convenio entre SEDAPAL y la ATU, sus adendas y lo establecido en el Decreto de Urgencia Nº 018-2019. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 203: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, Unidad Ejecutora 001-1717: Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, Programa Presupuestal 0148.Reduccion del tiempo, inseguridad y costo ambiental en el transporte urbano, Proyecto: 2233850 Construcción de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett-Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, provincias de Lima y Callao, Departamento de Lima, Obra: 6000043.Liberación y saneamiento de áreas, Meta: 0032, especí fi cas del gasto 2.4.2.3.1.4 “A Otras Entidades Públicas” por la suma de S/ 45’082,371.05 (cuarenta y cinco millones ochenta y dos mil trescientos setenta y uno con 05/100 SOLES). Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación y difusión Disponer la publicación de la presente resolución en el portal web institucional de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (www.atu.gob.pe) y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 1888576-1 Designan Jefe de la Unidad de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documental de la ATU RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 154-2020-ATU/PE Lima, 28 de setiembre de 2020CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal e) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por el Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC, establece que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas de ser el caso; Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe de la Unidad de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documental de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU;Contando con la visación de la Gerencia General, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 16 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobada por Decreto Supremo Nº 003-2019-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- . Designar al señor RUBEN EBER DE LA CRUZ CARRERA, en el cargo de Jefe de la Unidad de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documental de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución al señor RUBEN EBER DE LA CRUZ CARRERA y a la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos, para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MARIA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 1888577-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas privadas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 102-2020-CONCYTEC-P Lima, 25 de setiembre de 2020VISTOS: Los Informes Técnico - Legal Nº 051-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, 052-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y 053-2020-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ, y los Proveídos Nº 112 -2020-FONDECYT-DE, 113-2020-FONDECYT-DE y 115-2020-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Cientí fi co, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la fi nalidad de co fi nanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias fi nancieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga