Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2020 (29/09/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

Firmado Digitalmente por: EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU Fecha: 29/09/2020 19:41:59

Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes

"AÑO DE LA UNIVERSALIZACIÓN DE LA SALUD"

NORMAS LEGALES
Año XXXVII - Nº 15657
MARTES 29 DE SETIEMBRE DE 2020

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EDICIÓN EXTRAORDINARIA
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
ECONOMIA Y FINANZAS D.S. N° 288-2020-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversas Universidades Públicas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 1 D.S. N° 289-2020-EF.- Autorizan Crédito Suplementario a favor del Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020 2 R.M. N° 280-2020-EF/43.- Designan Directora de la Dirección de Normatividad de la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio 5

ORGANISMOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Res. N° 0328-2020-JNE.- Aprueban Reglamento sobre las competencias del Jurado Nacional de Elecciones en las Elecciones Internas para las Elecciones Generales 2021 5 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES R.J. Nº 000310-2020-JN/ONPE.Aprueban el Reglamento de Elecciones Internas de las Organizaciones Políticas para la Selección de sus Candidatas y Candidatos a las Elecciones Generales 2021 11

PODER EJECUTIVO

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversas Universidades Públicas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020
DECRETO SUPREMO N° 288-2020-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 0422019, Decreto de Urgencia que autoriza al Ministerio de Educación a financiar mecanismos de incorporación de estudiantes de universidades con licencia institucional denegada a universidades públicas licenciadas, autoriza al Ministerio de Educación durante el Año Fiscal 2020, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de universidades públicas licenciadas, para el financiamiento de mecanismos de incorporación de estudiantes procedentes de universidades con licencia

institucional denegada; y, establece que el Ministerio de Educación, aprueba mediante resolución, las condiciones y disposiciones que deberán cumplir las universidades para obtener dicho financiamiento; Que, asimismo, el artículo 3 del citado Decreto de Urgencia dispone que las referidas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante Decretos Supremos refrendados por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Educación, a solicitud de este último, previa aprobación de las condiciones y disposiciones establecidas por el Ministerio de Educación, hasta el 30 de setiembre de 2020; Que, mediante los Oficios N°s 125-2020-MINEDU/ DM y 00356-2020-MINEDU/SPE-OPEP, el Ministerio de Educación solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2020, hasta por la suma de S/ 172 235,00 (CIENTO SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), a favor de cinco (05) Universidades Públicas, para financiar la implementación del Decreto de Urgencia N° 042-2019; adjuntando, para ello, los Informes N°s 01085 y 01286-2020-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; así como el Informe N° 00141-2020-MINEDU/VMGP-DIGESU-DIPODA mediante el cual la Dirección de Políticas para el Desarrollo y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria del citado Ministerio señala el cumplimiento por parte de las Universidades Públicas de

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