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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (13/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Martes 13 de abril de 2021 El Peruano / ECONOMIA Y FINANZAS Prorrogan vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante R.M. N° 144-2020-EF/15 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 130-2021-EF/15 Lima, 12 de abril del 2021 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 144-2020- EF/15, se conformó el Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de formular la estrategia con las medidas para la reanudación progresiva de actividades económicas en el marco de la Emergencia Sanitaria a nivel nacional dispuesta mediante Decreto Supremo N° 008-2020-SA y del Estado de Emergencia Nacional dispuesto mediante Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y sus prórrogas; Que, el artículo 8 de la citada Resolución Ministerial establece que el Grupo de Trabajo tiene una vigencia de treinta (30) días hábiles contados a partir de su instalación; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 170-2020-EF/15, N° 211-2020-EF/15, N° 256-2020-EF/15, N° 295-2020-EF/15, N° 332-2020-EF/15, N° 017-2021-EF/15 y N° 078-2021-EF/15, se prorrogó el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15, por doscientos diez (210) días hábiles; Que, conforme al acuerdo adoptado en la sesión del Grupo de Trabajo de fecha 8 de abril de 2021, la Secretaría Técnica del mencionado Grupo de Trabajo por encargo del mismo, solicita la prórroga de su vigencia hasta el 27 de julio de 2021, a efectos de culminar las tareas asignadas al citado Grupo; Que, en ese sentido, se estima conveniente prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15, hasta el 27 de julio de 2021; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1. Prorrogar el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial para la reanudación de las actividades económicas, conformado mediante la Resolución Ministerial N° 144-2020-EF/15, hasta el 27 de julio de 2021. Artículo 2. Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en la Plataforma digital única del Estado Peruano (www.gob.pe) y en los portales institucionales de los ministerios que integran el Grupo de Trabajo. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1943045-1 Designan Director de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 133-2021-EF/43 Lima, 12 de abril del 2021CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al puesto de Director(a) de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor José Alfredo La Rosa Basurco, en el puesto de Director de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1943144-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan autorización por tiempo indefinido a favor de Petróleos del Perú - Petroperú S.A. para desarrollar actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la “Central Térmica Refinería Talara”, ubicada en el departamento de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 081-2021-MINEM/DM Lima, 26 de marzo de 2021VISTOS: El Expediente Nº 33394020 sobre la solicitud de otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica Re fi nería Talara”, presentada por Petróleos del Perú - Petroperú S.A. y los Informes Nº 188-2021-MINEM/ DGE-DCE y Nº 210-2021-MINEM/OGAJ, de la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, respectivamente; CONSIDERANDO:Que, mediante documento con registro Nº 3090889 de fecha 06 de noviembre de 2020, Petróleos del Perú - Petroperú S.A. solicita el otorgamiento de autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la “Central Térmica Re fi nería Talara” con una potencia instalada de 102.34 MW, ubicada en el distrito de Pariñas, provincia de Talara y departamento de Piura, cuyas coordenadas UTM (WGS 84) fi guran en el Expediente; Mediante el O fi cio Nº 0177-2021-MINEM/DGE notifi cado 04 de febrero de 2021, la Dirección General de Electricidad admite a trámite la solicitud de otorgamiento de autorización referida en el considerando anterior, e indica a Petróleos del Perú - Petroperú S.A. que debe proceder con la publicación de los “Avisos de Petición de Autorización” por dos (2) días consecutivos, en el diario o fi cial El Peruano y en uno de los diarios de mayor circulación. Mediante el documento con registro Nº 3124201 de fecha 23 de febrero de 2021, Petróleos del Perú - Petroperú S.A. remite los cuatro documentos originales de los denominados “Avisos de Petición de Autorización”;