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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ABRIL DEL AÑO 2021 (13/04/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Martes 13 de abril de 2021 / El Peruano Sistema de Control de Carga de GNV de acuerdo a los criterios y lineamientos que se establezcan en el Programa Anual de Promociones, y mediante el uso del sistema de “carga inteligente”, apoya la de fi nición de programas de fi nanciamiento vehicular de bajo costo para el usuario; Que, asimismo, el numeral 10.9 del mencionado artículo, modi fi cado mediante Decreto Supremo N° 004-2021-EM, prevé que para los programas de promoción de vehículos de GNV, el FISE puede recuperar el fi nanciamiento considerando la aplicación de tasas o descuentos en el monto y/o porcentaje a devolver, de acuerdo a los criterios establecidos en el Programa Anual de Promociones. Para tal efecto, cuando corresponda, la recuperación del fi nanciamiento se efectúa en un plazo máximo de hasta diez (10) años, para lo cual el Administrador establece los procedimientos que sean necesarios; Que, los numerales 18.1 y 18.2 del artículo 18 del Reglamento FISE señalan que el MINEM establece la cartera de proyectos del programa anual de promociones a ejecutarse con recursos del FISE, considerando su disponibilidad fi nanciera, y que como entidad decisora y promotora de los proyectos a fi nanciarse con el FISE, es el responsable de que el diseño y/o la ejecución de los proyectos consideren mecanismos competitivos para su aprovisionamiento que garanticen su e fi ciencia; Que, mediante las Resoluciones Ministeriales N° 262-2016-MEM/DM, N° 549-2016-MEM/DM, N° 021-2018-MEM/DM, N° 033-2019-MEM/DM y N° 007-2020-MINEM/DM, el MINEM aprobó los Programas Anuales de Promociones 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020, respectivamente, estableciendo como proyecto a fi nanciarse con recursos del FISE la Promoción de Vehículos de GNV en las Regiones de Lima, Callao, Ica, Lambayeque, Piura, Ancash, La Libertad, Junín, Cajamarca, Arequipa, Moquegua, Tacna y Cusco (Programa BonoGas Vehicular), entre otros; Que, en el marco de los criterios previstos en los referidos Programas Anuales de Promociones y de las facultades temporales establecidas en la Única Disposición Transitoria de la Ley FISE, Osinergmin, mediante la Resolución de Consejo Directo N° 086-2018-OS/CD, aprobó el Procedimiento para el Financiamiento de Conversiones Vehiculares a Gas Natural con Recursos del FISE en el marco del Programa de Promoción de Vehículos de Gas Natural Vehicular, con el fi n de establecer las pautas para la ejecución del Programa BonoGas Vehicular; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 037-2021-MINEM/DM se aprobó el Programa Anual de Promociones 2021, que aprueba, entre otros, el Programa de Promoción de Vehículos de GNV en las Regiones de Lima, Callao, Ica, Lambayeque, Piura, Ancash, La Libertad, Junín, Cajamarca, Arequipa, Moquegua, Tacna, Cusco y Tumbes. Asimismo, en el Informe N° 002-2021-MINEM/ DGH, que sustenta la referida resolución, se establecen los nuevos criterios para acceder al fi nanciamiento que otorga el referido programa, siendo la recuperación de este hasta en un plazo máximo de cinco (5) años; Que, con el fi n de contar con procesos que permitan optimizar el esquema actual de las conversiones vehiculares a gas natural, fi nanciados con recursos del FISE, y en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2021-EM; así como en el Programa Anual de Promociones 2021, la Dirección General de Hidrocarburos, mediante el Informe N° 010-2021/MINEM-DGH-FISE, sustenta la necesidad de aprobar un nuevo procedimiento que reemplace el Procedimiento para el Financiamiento de Conversiones Vehiculares a Gas Natural con Recursos del FISE en el marco del Programa de Promoción de Vehículos de Gas Natural Vehicular, aprobado mediante Resolución de Consejo Directo N° 086-2018-OS/CD, toda vez que la actual administración del FISE efectúo una revisión del estado situacional del Programa BonoGas Vehicular, a través del Informe Técnico Legal N° 0152-2020/MINEM-DGH-FISE, concluyendo que (i) la gestión del programa a través de Instituciones Financieras, supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones - SBS, tiene costos de fi nanciamiento elevados, los cuales representan en promedio el 26% de la inversión en cada conversión vehicular a gas natural, y (ii) el elevado costo fi nanciero de las conversiones vehiculares se enfoca únicamente en asegurar el retorno del costo de la conversión y certi fi cación del vehículo fi nanciado mediante el Programa, dejando de lado alcanzar el fi n de la masi fi cación del uso de gas natural, entre otros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, el Reglamento de la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, la Resolución Ministerial N° 231-2020-MINEM/DM, el Reglamento de Organización y Funciones del MINEM, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Procedimiento para Ejecutar el Programa de Promoción de Conversión de Vehículos de Gas Natural Vehicular (GNV) con Recursos del FISE”, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Viceministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto la aplicación del “Procedimiento para el Financiamiento de Conversiones Vehiculares a Gas Natural con Recursos del FISE en el marco del Programa de Promoción de Vehículos de Gas Natural Vehicular”, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 086-2018-OS/CD. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Viceministerial en el diario o fi cial “El Peruano”, así como la publicación de su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem). Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR MURILLO HUAMAN Viceministro de Hidrocarburos 1942757-1 Modifican el Manual de Perfiles de Puestos – MPP del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Resolución Secretarial N° 033-2019-MEM/SG, correspondiente a los perfiles de los puestos de Asesor de Alta Dirección del Despacho Ministerial y Asesor de Alta Dirección de Secretaría General RESOLUCIÓN SECRETARIAL N° 013-2021-MINEM/SG Lima, 12 de abril de 2021VISTOS: El Informe Técnico N° 000062-2021-SERVIR- GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el O fi cio N° 000187-2021-SERVIR-PE de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; el Informe N° 084-2021-MINEM/OGA-ORH y el Memorando N° 0288-2021/MINEM-OGA-ORH de la Ofi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; el Memorando N° 0645-2021/MINEM-SG-OGA de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 273-2021-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, con el fi n de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil, y que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados