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26 NORMAS LEGALES Domingo 1 de agosto de 2021 El Peruano / Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU- UNFV, de fecha 25.09.2013, recti fi cada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 26.04.2021, don JOSÉ GABRIEL ALARCÓN ALARCÓN solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Administración, el cual fue expedido por esta Universidad el 20.10.2006, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fi n de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta cuatro fotografías tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, Copia de la Resolución R. Nº 3166-2006-UNFV de fecha 20.10.2006, Copia del diploma de promoción de haber concluido satisfactoriamente los estudios; así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante O fi cio Nº 0289-2021-OGT- SG-UNFV de fecha 08.06.2021, señala que se expidió con fecha 20.10.2006 el Diploma de Grado de Bachiller en Administración a favor del recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 102, Folio Nº 195 y Registro Nº 75648, el mismo que obra en la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señala que lo solicitado por don JOSÉ GABRIEL ALARCÓN ALARCÓN cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Administración, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la O fi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 473-2021-OCAJ-UNFV, de fecha 14.06.2021, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en Informe Nº 0157-2021-VRAC-UNFV, de fecha 18.06.2021 y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 2745-2021-R-UNFV de fecha 21.06.2021; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Virtual Nº 161 de fecha 25.06.2021, acordó autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Bachiller en Administración, otorgado por la Facultad de Administración de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de don JOSÉ GABRIEL ALARCÓN ALARCÓN; De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 8068-2021-CU-UNFV, de fecha 14.01.2021; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Administración, otorgado por la Facultad de Administración de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de don JOSÉ GABRIEL ALARCÓN ALARCÓN (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 102, Folio Nº 195, Registro Nº 75648 y fecha de expedición 20.10.2006, el cual obra en la referida O fi cina. Artículo Segundo.- La O fi cina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, noti fi cará bajo cargo la presente resolución al interesado.Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Administración, así como la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector KARINA INÉS HINOJOSA PEDRAZA Secretaria General 1977571-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Disponen la publicación de la síntesis de la parte resolutiva de diecisiete (17) Resoluciones Jefaturales que concluyeron en igual número de procedimientos administrativos sancionadores contra excandidatos para alcaldías provinciales y distritales por no presentar la información financiera de aportaciones e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 RESOLUCIÓN N° 000034-2021-SG/ONPE Lima, 30 de julio de 2021VISTOS: Las Resoluciones Jefaturales N° 000124-2021-JN/ ONPE; N° 000125-2021-JN/ONPE; N° 000126-2021-JN/ONPE; N° 000129-2021-JN/ONPE; N° 000131-2021-JN/ONPE; N° 000135-2021-JN/ONPE; N° 000136-2021-JN/ONPE; N° 000137-2021-JN/ONPE; N° 000138-2021-JN/ONPE; N° 000139-2021-JN/ONPE; N° 000140-2021-JN/ONPE; N° 000141-2021-JN/ONPE; N° 000142-2021-JN/ONPE; N° 000147-2021-JN/ONPE y N° 000152-2021-JN/ONPE; N° 000153-2021-JN/ONPE; N° 000155-2021-JN/ONPE; emitidas dentro de los procedimientos administrativos sancionadores, iniciados contra los excandidatos a las alcaldías provinciales y distritales por no presentar la información fi nanciera de aportaciones e ingresos recibidos y gastos efectuados durante la campaña electoral de las Elecciones Regionales y Municipales 2018, según lo establecido en el numeral 34.6 del artículo 34 de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas; CONSIDERANDO:Mediante Resolución Jefatural N° 000095-2020- JN/ONPE, de fecha 9 de marzo de 2020, se autorizó a la Secretaría General de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), a publicar la síntesis de la parte resolutiva de los pronunciamientos fi nales en los procedimientos administrativos sancionadores seguidos contra los candidatos a cargos de elección popular y las organizaciones políticas a razón de la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, así como contra las autoridades y promotores en el marco de la Ley N° 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos; con la fi nalidad de informar a la ciudadanía