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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (13/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 13 de agosto de 2021 El Peruano / Que, mediante OF.RE (DAC) Nº 2-14-B/91 de fecha 11 de junio de 2020, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunica que la Bureau International des Expositions (BIE), ha declarado formalmente el cambio de la fecha de la Expo Dubái 2020 para el período del 01 de octubre 2021 al 31 marzo de 2022; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2019-MINCETUR modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 012-2021-MINCETUR se declara de interés nacional la participación del Perú en la Exposición Internacional Expo Dubái 2020, a llevarse a cabo del 1 de octubre de 2021 al 31 de marzo de 2022, en la ciudad de Dubái, Emiratos Árabes Unidos; así como la realización de actividades conexas al precitado evento; Que, la Gerencia General de PROMPERÚ, a través del Departamento de Gestión Expo Dubái 2020, viene desarrollando el proyecto del Pabellón de Perú en la Exposición Internacional Expo Dubái 2020, en la ciudad de Dubái, Emiratos Árabes Unidos, con la empresa PICO International LLC, el cual consiste en el desarrollo de planos y documentación técnica con fi nes constructivos tanto de la arquitectura, ingeniería, como de la exhibición del pabellón. A la fecha, el Contratista viene ejecutando la Etapa de Construcción del pabellón peruano; Que, de acuerdo al cronograma de inspecciones de cara a la obtención del BCC (siglas en inglés del Building Completion Certi fi cate, Conformidad de Obra), en los próximos días las respectivas autoridades de Dubái estarán culminando las inspecciones técnicas de la construcción del pabellón antes mencionado, por lo que resulta prioridad para el Departamento de Gestión Expo Dubái 2020 estar presente en la inspección fi nal de la Municipalidad de Dubái, en donde se de fi nirá la obtención del BCC, para el acceso libre de los proveedores de la exhibición, mobiliario, elementos expositivos, audiovisuales, así como determinar las zonas de exposición, vestuario de bailarines, speakers, entre otros; Que, de igual forma, en atención al programa de actividades comprimido para la instalación de la exhibición, es imprescindible realizar un seguimiento y monitoreo en el sitio de los avances realizados para asegurar el cumplimiento en tiempo y calidad de los elementos a instalarse en las próximas semanas, así como los acabados y trabajos exteriores a fin de asegurar la obtención del OFC (siglas en inglés del Operation Fitness Certicate, Certificado de Funcionamiento) y con ello dar inicio a las actividades de la Expo 2020 Dubái; Que, asimismo, resulta necesario visitar las instalaciones, escenarios, salas de ruedas de negocio dentro de la Expo, llevar a cabo reuniones con el posible operador del restaurante para certi fi car un servicio de calidad a la altura de nuestra gastronomía peruana; y en general coordinar las actividades programadas para la puesta en marcha del Pabellón del Perú; Que, por tal razón, la Presidencia Ejecutiva de PROMPERÚ ha solicitado se autorice el viaje en comisión de servicios al exterior del señor Pablo Javier Pedreros Pastor, Responsable de Infraestructura y Operaciones de la Gerencia General de PROMPERÚ y de la señora María Katia Cristina Noriega Vílchez, Jefa de la O fi cina de Producción y Coordinadora (e) del Departamento de Gestión Expo Dubái 2020 de la Gerencia General de PROMPERÚ, para que en representación de PROMPERÚ, efectúen las gestiones, coordinaciones y demás acciones necesarias para la correcta ejecución de la construcción, implementación y funcionamiento de las actividades propias en el pabellón peruano en la Expo Dubái 2020; Que, la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a los recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modi fi catorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modi fi catorias; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Dubái, Emiratos Árabes Unidos, del señor Pablo Javier Pedreros Pastor, Responsable de Infraestructura y Operaciones de la Gerencia General de PROMPERÚ del 13 al 26 de agosto de 2021 y de la señora María Katia Cristina Noriega Vílchez, Jefa de la O fi cina de Producción y Coordinadora (e) del Departamento de Gestión Expo Dubái 2020 de la Gerencia General de PROMPERÚ, del 13 al 18 de agosto de 2021, para que en representación de PROMPERÚ realicen las acciones de supervisión en la construcción e implementación del pabellón peruano en la Expo Dubái 2020. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos Clase Económica US$ContinenteViáticos día US$Nro. díasTotal Viáticos US$ Pablo Javier Pedreros Pastor 1 543,23 Medio Oriente400,00 12 4 800,00 María Katia Cristina Noriega Vílchez1 876,05 400,00 3 1 200,00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Pablo Javier Pedreros Pastor y la señora María Katia Cristina Noriega Vílchez, presentarán al Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la comisión de servicios; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1981394-1 CUL TURA Designan Asesor ll del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000209-2021-DM/MC San Borja, 10 de agosto del 2021VISTOS; el Memorando N° 001033-2021-OGRH/MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° 000929-2021-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, se crea el