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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE AGOSTO DEL AÑO 2021 (24/08/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Martes 24 de agosto de 2021 El Peruano / Artículo Cuarto.- En aplicación de lo dispuesto en el artículo 26 del Reglamento de Regímenes Especiales, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución, queda prohibido: 1. Iniciar contra la Cooperativa, procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo. 2. Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra la Cooperativa. 3. Constituir gravámenes sobre alguno de los bienes de la Cooperativa, en garantía de las obligaciones que le conciernen. 4. Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de la Cooperativa, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros. 5. Constituir medida cautelar contra bienes de la Cooperativa. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los registros públicos para su correspondiente inscripción. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros yAdministradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1 A excepción de los artículos 7 y 8, y de las disposiciones complementarias fi nales tercera, cuarta y sétima, los cuales entran en vigencia al día siguiente de su publicación. 2 Aplicable conforme a lo dispuesto en el numeral 42.2 del artículo 42 del Reglamento General de COOPAC. 3 Los saldos incluyen operaciones que se encuentran pendientes de contabilización. 4 El importe no incorpora los colchones de provisiones identi fi cados para el rubro de cuentas por cobrar 1984467-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN SALVADOR Autorizan viaje de alcalde a la República de Corea del Sur, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 027-2021-MDSS San Salvador, 13 de agosto del 2021VISTO:El Acta de Sesión Extraordinaria de fecha 13 de agosto del 2021, presidido por el señor Alcalde Abog. Reynaldo Quispitupa Tupayupanqui y la asistencia de los Señores Regidores Sr. Domingo Sinchi Huaraka, Sr. Usiel Orccon Orccon, Sr. Pabla Zapana Lampa, Sr. Daniel Manuttupa Orccon y el Sr. Wilfredo Victorino Díaz, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades, concordante con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, establece que las municipalidades gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal las funciones normativas y fi scalizadoras y a la Alcaldía funciones ejecutivas; Que, el artículo VIII del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público, así como las normas técnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento; Que, estando a lo dispuesto por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, son Acuerdos de Concejos decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cas de intereses públicas, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el inciso 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicio o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal o cualquier otro funcionario”, la autorización de viaje deberá ser aprobada por el Concejo Municipal. Que, mediante Carta 01-2021-RQT-AL por el Sr. Alcalde Abog. Reynaldo Quispitupa Tupayupanqui, informa que se ha recepcionado la invitación de la Asociación Kapid de Corea para el Desarrollo de la Industria para participar en mi calidad Alcalde en la Expo Feria Internacional de Convergencia de Fotónica del 25 al 27 de Agosto del presente año; evento a realizarse en la República de Corea del Sur; La invitación recibida considera no deber ser desaprovechada ya que constituye una oportunidad para conocer experiencias de fotónica y una cultura diferente a la nuestra del mismo que al retorno se hará el informe detallado correspondiente; Como es de conocimiento el inciso 11) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del concejo Municipal “Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicio o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, ....”, la autorización de viaje deberá ser aprobada por el Concejo Municipal; por lo que solicito la autorización de viaje al exterior del país para representar a la Municipalidad de San Salvador en la Feria Internacional de Convergencia Fotónica del 25 al 27 de Agosto del presente incluido el día(s) de ida y retorno según el itinerario; La participación en dicho evento no generará ningún gasto económico a la Municipalidad de San Salvador, ya que dicha institución asumirá los gastos de viaje y estadía y de ser necesario algún gasto adicional lo asumirá con su propio peculio (Alcalde Abog. Reynaldo Quispitupa Tupayupanqui). Estando a conformidad de los miembros del Concejo Municipal, luego del debate y por voto MAYORITARIO y de conformidad a las normas establecidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; ACUERDA:Artículo Primero.- Autorizar el viaje a la República de Corea del Sur al Sr. Alcalde Abog. Reynaldo Quispitupa Tupayupanqui con la fi nalidad de participar en la Expo Feria Internacional de Convergencia de Fotónica del 25 al 27 de Agosto del presente año incluido el día(s) de ida y retorno según el itinerario. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, y a las diversas unidades orgánicas competentes de la Municipalidad Distrital de San Salvador para dar cumplimiento y los fi nes pertinentes. Regístrese comuníquese y cúmplase.REYNALDO QUISPITUPA TUPAYUPANQUI Alcalde 1984456-1