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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (03/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Viernes 3 de diciembre de 2021 El Peruano / de las sociedades de auditoría, previa comunicación de dicho organismo; Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, de fecha 4 de noviembre de 2021, se aprueba el tarifario que establece el monto por retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de sociedades de auditoría, que las entidades del Gobierno Nacional deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago de las sociedades de auditoría que sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, con el O fi cio N° 000623-2021-CG/GAD, de fecha 12 de noviembre de 2021, el Gerente de Administración y Finanzas de la Contraloría General de la República, solicita al Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, realizar la transferencia fi nanciera de la retribución económica para la contratación de la sociedad de auditoría correspondiente a los períodos 2021 y 2022; Que, en dicho documento se detalla que el 100% de la retribución económica del periodo 2021, incluido el IGV, asciende a S/ 498 432,00 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), el cual debe ser transferido dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la recepción del citado O fi cio; indicando que el 100% de la retribución económica del periodo 2022, incluido el IGV, que es similar al importe anteriormente señalado, debe ser transferido “A más tardar, treinta (30) días calendario antes de la fecha de inicio propuesta por la SOA para la ejecución de la auditoría”; Que, asimismo, el citado O fi cio señala que se debe efectuar el pago del 6% por el concepto de designación de los periodos 2021 y 2022, ascendente al monto de S/ 50 688,00, dentro del plazo de quince (15) días hábiles desde la recepción del citado documento; Que, en ese sentido, con Memorando N° 1111-2021-MIDAGRI-SG/OGA, la Directora General de la Ofi cina General de Administración requiere a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, se prosigan con los trámites correspondientes para la aprobación de la certi fi cación de crédito presupuestario N° 3114, que debe transferirse en el año 2021; y la previsión presupuestal N° 52 que debe transferirse en el mes de enero de 2022; Que, asimismo, con Memorando N° 1715-2021-MIDAGRI-SG/OGPP, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, con el sustento del Informe N° 607-2021-MIDAGRI-SG-OGPP-OPRES de la O fi cina de Presupuesto, señala que emite la certi fi cación de crédito presupuestario con el registro N° 3114, por el importe de S/ 549 120,00 (QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 SOLES), para el año 2021; así como, la previsión presupuestal para el año 2022 por el monto de S/ 498 432,00 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS Y 0/ 100 SOLES), a fi n de garantizar la contratación del servicio de la Sociedad Auditora para el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego del 2021 – 2022; Que, por Memorándum N° 1724-2021-MIDAGRI- OGPP, el Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, con el sustento del Informe N° 618-2021-MINAGRI/SG-OGPP/OPRES de la O fi cina de Presupuesto, remite el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por la suma de S/ 549 120,00 (QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 SOLES), para los fi nes anteriormente señalados; Con las visaciones del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, del Director General de la O fi cina General de Administración; del Director de la O fi cina de Presupuesto; y, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego , aprobado por Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorízase una transferencia Financiera del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego hasta por la suma de S/ 549 120,00 (QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTE Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, a favor de la Contraloría General de la República, para cubrir el 100% de la retribución económica para la contratación de la sociedad de auditoría para el periodo 2021, importe que incluye el Impuesto General a las Ventas – IGV; así como, el 100% del concepto de designación correspondiente a los períodos 2021 y 2022, en el marco de lo solicitado por la Contraloría General de la República y de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modi fi catorias. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego- MIDAGRI, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura – Administración Central, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencia, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La O fi cina General de Administración en el ámbito de sus competencias, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para las cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese.VÍCTOR RAÚL MAITA FRISANCHO Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2018056-1 Designan Jefe de la Sub Unidad de Riego Tecnificado de la Unidad de Infraestructura Rural de AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 220-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 2 de diciembre de 2021VISTO: El documento que contiene la Carta de Renuncia presentada por el Jefe de la Sub Unidad de Riego Tecni fi cado de la Unidad de Infraestructura Rural del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, y;