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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2021 (08/12/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 8 de diciembre de 2021 El Peruano / y la transferencia tecnológica en materia agraria con la fi nalidad de impulsar la modernización y la competitividad del sector agrario; Que, con Resolución Jefatural Nº 0138-2016-INIA de fecha 20 de julio de 2016, se aprueba la Directiva General Nº 002-2016-INIA, “ Directiva para la generación y lanzamiento de nuevas variedades o cultivares en el Instituto Nacional de Innovación Agraria – INIA” , la cual tiene como objeto establecer procedimientos técnicos y administrativos, para la generación y lanzamiento de una nueva variedad o cultivar del INIA; Que, mediante Memorando Nº 1130-2021-MIDAGRI- INIA-SDPA-DDTA/DG de fecha 27 de abril de 2021, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario (DDTA) presenta a la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (DGIA) el Expediente Técnico y el Informe Técnico de Distinción, Homogeneidad y Estabilidad (DHE) de la nueva variedad haba denominada “INIA 444 - SIWINA”, desarrollada por la Estación Experimental Agraria Andenes (EEA Andenes); Que, por Informe Técnico Nº 15-2021-MIDAGRI-INIA- DGIA-SDPIA-AESPA/DFAM de fecha 12 de mayo de 2021, la Subdirección de Promoción de la Innovación Agraria de la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria (SDPIA-DGIA), a través del Área de Estudios Socioeconómicos y Prospectiva Agraria (AESPA), otorga su conformidad al análisis económico (indicadores de rentabilidad y rendimiento, análisis de riesgo de rendimiento, de riesgo de costos y de sensibilidad) y los respectivos resultados de la nueva variedad de haba “INIA 444 - SIWINA”, señalando que la rentabilidad de la referida variedad es de 247%, siendo mayor que la variedad testigo, que es de 188%; Que, a su vez, por Informe Nº 0018-2021-MIDAGRI- INIA-DGIA-SDPIA/AESPA de fecha 13 de mayo de 2021, la SDPIA-DGIA, a través del AESPA, considera la viabilidad del componente estadístico del expediente técnico de la nueva variedad de haba denominada “INIA 444 - SIWINA”, dando conformidad y validación a los resultados a nivel estadístico; Que, mediante el Informe Técnico Nº 014-2021-MIDAGRI-INIA-DGIA-SDPIA-APIA/APGG de fecha 03 de diciembre de 2021, la SDPIA-DGIA, a través del Área de Gestión de la Propiedad Intelectual en la Innovación Agraria (APIA), informa lo siguiente: (i) que la referida variedad se encuentra inscrita en el Registro de Cultivares Comerciales, de conformidad a la Ley General de Semillas (Ley Nº27262 y sus modi fi catorias) y su Reglamento (D.S. Nº006-2012-AG), conforme al Certi fi cado de Registro de Cultivar Comercial Nº 001-2021-MIDAGRI-SENASA-CUSCO; y (ii) con O fi cio Nº 031-2021-MIDAGRI-INIA/Rep. de fecha 18 de mayo de 2021, el INIA presentó a la solicitud para la inscripción de la nueva variedad en el Registro Nacional de Variedades Vegetales Protegidas del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a la cual se le asignó el Expediente Nº 000732-2021/DIN; Que, con O fi cio Nº 473-2021-MIDAGRI-INIA-DGIA/ SDPIA de fecha 06 de diciembre de 2021, la DGIA remite a la Jefatura el expediente que sustenta la liberación de la nueva variedad de haba denominada “INIA 444 - SIWINA”, para su aprobación, señalando lo siguiente: “(…) constituye una alternativa tecnológica para mejorar la productividad y rentabilidad de los productores de haba en las diferentes condiciones medioambientales de la Región Andina, entre los 3 005 y 3 851 m.s.n.m.; de alta productividad y buena calidad de grano para el mercado, con rendimiento promedio de 3.037 t/ha y rendimiento potencial de 3.851 t/ha, resistente al ataque de la “mancha chocolate” (Botrytis fabae), de la roya de la hoja (Uromyces fabae) y Virus (BBMV, BBSV), principales enfermedades que afecta el rendimiento de este cultivo en el Perú. (…)” ; Que, mediante Informe Nº 0330-2021-MIDAGRI-INIA- GG/OAJ de fecha 06 de diciembre de 2021, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que la nueva variedad de haba denominada “INIA 444 - SIWINA”, desarrollada por el Programa Nacional de Cereales, Granos Andinos y Leguminosas en el ámbito de la EEA Andenes, se encuentra expedita para su liberación, por lo que corresponde emitir la Resolución Jefatural autorizando su liberación, en virtud a lo dispuesto en el numeral 6.13.3 de la Directiva General Nº 002-2016-INIA; Con los vistos de la Gerencia General, la Dirección de Gestión de la Innovación Agraria, la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con las facultades conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INIA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2014-MINAGRI y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 004-2018-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- APROBAR la liberación de la nueva variedad de haba denominada “INIA 444 - SIWINA”, sustentada en el Expediente Técnico que obra adjunto y forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- DISPONER la difusión de la variedad de haba denominada “INIA 444 - SIWINA”; la cual estará a cargo de la Dirección de Desarrollo Tecnológico Agrario y la Estación Experimental Agraria Andenes. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/inia), en el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MAICELO QUINTANA Jefe 2019519-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban Acuerdo de Colaboración denominado “Phase II Collaboration Agreement” a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 349-2021-EF/52 Lima, 7 de diciembre del 2021 CONSIDERANDO: Que, la “Estrategia de Gestión Integral de Activos y Pasivos 2021 - 2024”, aprobada mediante la Resolución Ministerial Nº 031-2021-EF/52, señala que una acción estratégica, entre otras, para el fortalecimiento del mercado de valores de deuda pública en soles es el lanzamiento de los Fondos Bursátiles en el marco del Programa “Issuer Driven ETF”; Que, en noviembre de 2019, se suscribió el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), aprobado por Resolución Ministerial Nº 360-2019-EF/52, a fin de establecer el diseño y estructura, así como los factores clave necesarios para poder realizar la implementación de los Fondos Bursátiles en el marco del Programa “Issuer Driven ETF” en el Perú; Que, la Dirección General del Tesoro Público en coordinación con el BIRF, ha elaborado un proyecto de Acuerdo de Colaboración, denominado “Phase II Collaboration Agreement”, con la fi nalidad de continuar con el proceso de implementación de los Fondos Bursátiles con el apoyo del BIRF, en el marco del