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29 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del MINAM, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM; la Resolución Ministerial N° 239-2021-MINAM, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Ministerio del Ambiente; y, la Resolución Presidencial del Consejo Directivo N° 033-2017-CEPLAN/PCD, que aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar Plan Operativo Institucional (POI) Anual 2022 del Ministerio del Ambiente, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.gob.pe/minam) en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RUBÉN JOSÉ RAMÍREZ MATEO Ministro del Ambiente 2026896-8 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban el Plan Operativo Institucional - POI 2021 Modificado versión 2 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en lo correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Dirección General de Administración y 004: Plan COPESCO Nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 232-2021-MINCETUR Lima, 30 de diciembre de 2021VISTO:El Informe Nº 0152-2021-MINCETUR/SG/OGPPD, de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modi fi catorias, señala que una de las funciones de los Ministros de Estado es el dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; en tanto que el numeral 13.3 de su artículo 13, establece que el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno, así como mejorar la equidad en observancia a la sostenibilidad y responsabilidad fi scal conforme a la normatividad vigente y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN; Que, por Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico – SINAPLAN, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia de Consejo de Ministros - PCM; Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, y modi fi catorias, se aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la cual tiene por objeto establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.3 de la sección 6 de la citada “Guía para el Planeamiento Institucional”, establece que el POI Anual en ejecución se modi fi ca, además, cuando se presentan las siguientes circunstancias: a) Cambios en la programación de metas físicas de las Actividades Operativas e Inversiones, que estén relacionados al mejoramiento continuo de los procesos y/o su priorización; b) Incorporación de nuevas Actividades Operativas e Inversiones por cambios en el entorno, cumplimiento de nuevas disposiciones normativas dictadas por el Ejecutivo o el Legislativo, entre otros, que contribuyan con la implementación y cumplimiento de la estrategia del PEI; Que, con Resolución Ministerial N° 293-2020-MINCETUR, de fecha 29 de diciembre del 2020, se aprueba el Plan Operativo Institucional – POI 2021 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 035: MINCETUR; Que, mediante Resolución Ministerial N° 085-2021-MINCETUR, de fecha 30 de junio del 2021, se aprueba el Plan Operativo Institucional – POI 2021 Modi fi cado versión 1 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, en el marco de lo señalado en el numeral 6.3 de la “Guía para el Planeamiento Institucional” y mediante el Informe Nº 0152-2021-MINCETUR/SG/OGPPD, la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, sustenta y propone en atención a las solicitudes de las diversas unidades orgánicas de la entidad, y Unidades Ejecutoras del Pliego, la aprobación del Plan Operativo Institucional 2021 Modi fi cado versión 2 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en lo correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Dirección General de Administración y 004: Plan COPESCO Nacional. De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modi fi catorias, y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional - POI 2021 Modi fi cado versión 2 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en lo correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001: Ministerio de Comercio