TEXTO PAGINA: 30
30 NORMAS LEGALES Viernes 31 de diciembre de 2021 El Peruano / Exterior y Turismo – Dirección General de Administración y 004: Plan COPESCO Nacional que, en anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, efectuar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional (POI) 2021 Modi fi cado versión 2 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en lo correspondiente a las Unidades Ejecutoras 001: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Dirección General de Administración, y 004: Plan COPESCO Nacional, aprobado por la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2026852-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional - POI 2022 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 035: MINCETUR RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 233-2021-MINCETUR Lima, 30 de diciembre de 2021VISTO:El Informe N° 0154-2021-MINCETUR/SG/OGPPD de la de la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al numeral 1 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno, así como aprobar los planes de actuación, y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, conforme al numeral 13.3 del artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, el Presupuesto del Sector Público tiene como fi nalidad el logro de resultados a favor de la población y del entorno y se articula con los instrumentos del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN; Que, asimismo, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD, modi fi cada por las Resoluciones de Presidencia de Consejo Directivo N os 053-2018/CEPLAN/PCD y 00016-2019/CEPLAN/PCD aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, que establece las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional - PEI y del Plan Operativo Institucional - POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la citada Guía, denominado Elaboración y aprobación del POI, establece que la entidad realiza el proceso de ajuste en la programación del primer año del POI Multianual aprobado de acuerdo con la priorización establecida de las actividades operativas y la asignación del presupuesto total de la entidad, y una vez aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA), la entidad revisa que los recursos totales estimados en el POI anual tengan consistencia con el PIA y, de no ser consistentes, la entidad ajusta la programación a fi n de obtener el POI anual; Que, mediante Ley N° 31365, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 y por Resolución Ministerial N° 231-2021-MINCETUR, de fecha 30 de diciembre de 2021, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, a través del documento del visto, la O fi cina General de Plani fi cación, Presupuesto y Desarrollo, en cumplimento de las funciones asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y normas modi fi catorias, considera pertinente realizar el proceso de actualizar el POI 2022 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, con relación al PIA aprobado mediante Resolución Ministerial N° 231-2021-MINCETUR; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y modi fi catorias; y la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 033-2017-CEPLAN-PCD y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Operativo Institucional - POI 2022 del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo consistente con el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 035: MINCETUR, que como anexo adjunto, forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución Ministerial y su Anexo se publiquen en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SÁNCHEZ PALOMINO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 2026855-1 Disponen la publicación de Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el “Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Turismo” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 235-2021-MINCETUR Lima, 30 de diciembre de 2021VISTOS: El Memorándum N° 1445-2021-MINCETUR/ VMT del Viceministerio de Turismo; el Informe N° 0035-2021-MINCETUR/VMT/DGPDT/DAAT, el Informe N° 0037-2021-MINCETUR/VMT/DGPDT/DAAT, el Informe N° 0205-2021-MINCETUR/VMT/DGPDT-RGC y el Informe N° 0230-2021-MINCETUR/VMT/DGPDT-RGC de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico; el Informe N° 0084-2021-MINCETUR/SG/OGPPD/OR y el Informe N° 0089-2021-MINCETUR/SG/OGPPD/OR