Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2021 (13/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de enero de 2021 El Peruano / que regula los requisitos para acceder al cargo de auxiliar de educación; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 023-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Norma para la contratación de auxiliares de educación en instituciones educativas públicas de los niveles de Educación Inicial y Secundaria de la Educación Básica Regular y de los niveles de Educación Inicial y Primaria de la Educación Básica Especial”, la cual establece criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del proceso de contratación de auxiliares de educación, con el propósito de fortalecer y garantizar la calidad del servicio educativo en las instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular y Educación Básica Especial. Que, mediante O fi cio Nº 00012-2021-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00002-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, a través del cual se sustenta la necesidad de incorporar una disposición complementaria a la Norma Técnica denominada “Norma para la contratación de auxiliares de educación en instituciones educativas públicas de los niveles de Educación Inicial y Secundaria de la Educación Básica Regular y de los niveles de Educación Inicial y Primaria de la Educación Básica Especial”, aprobada mediante Resolución Viceministerial N° 023-2019-MINEDU; Que, además, en el citado informe de la Dirección General de Desarrollo Docente, se advierte que la propuesta normativa, cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados y de la Dirección General de Gestión Descentralizada; Que, mediante Informe N° 00008-2021-2020-MINEDU/ SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emitió opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial, precisando que esta se encuentra alineada con los documentos de plani fi cación institucional y, toda vez que, su implementación no irrogará gastos adicionales para el Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, a través del Informe N° 00024-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emitió opinión favorable al proyecto de Resolución Ministerial, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 571-2021-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cado por la Ley Nº 26510; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1°. - Incorporar la disposición complementaria 7.14 a la Norma Técnica denominada “Norma para la contratación de auxiliares de educación en instituciones educativas públicas de los niveles de Educación Inicial y Secundaria de la Educación Básica Regular y de los niveles de Educación Inicial y Primaria de la Educación Básica Especial”, aprobada por la Resolución Viceministerial N° 023-2019-MINEDU, con el siguiente texto: 7.14 Dispóngase que para el año 2021 el proceso de contratación de auxiliares de educación en educación básica regular niveles de inicial y secundaria y en la educación básica especial, podrá desarrollarse en forma virtual o presencial, según corresponda, y se regirá por el siguiente cronograma: Cuadro 03 Nº ACTIVIDADES RESPONSABLES PLAZOS 1Publicación de plazas vacantes conforme a lo señalado en el numeral 5.3.1.UGEL2da. semana de enero 2Inscripción de postulantes por trámite documentario de la UGEL.Postulante3ra. y 4ta. semana de enero 3Verifi cación del cumplimiento de requisitos y devolución de expedientes observados.Comité4ta. semana de enero 4Evaluación de expedientes que cumplen con los requisitos.Comité1ra. y 2da. semana de febrero 5Publicación de resultados preliminaresComité2da. semana de febrero 6Presentación de reclamos por parte de los postulantes.Comité2da. semana de febrero 7Absolución de reclamos por parte de la comisión de contratos.Comité2da. semana de febrero 8Publicación Final de resultadosComité3ra. semana de febrero 9Adjudicación de plazas en estricto orden de mérito.Comité3ra. semana de febrero 10Remisión de expedientes adjudicados a la o fi cina de personalComité4ta. semana de febrero 11Emisión de resolución de aprobación de contratoUGEL4ta. semana de febrero 12Elaboración de informe fi nal sobre el proceso de contratación.Comité1ra. semana de marzo Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación –SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1919132-1 ENERGIA Y MINAS Califican como fuerza mayor diversos eventos invocados por Empresa de Generación Eléctrica Santa Lorenza S.A.C., referidos a la restricción del tránsito en la carretera vía Ambo - San Rafael, y la problemática social con la Comunidad Campesina de Salapampa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 357-2020-MINEM/DM Lima, 7 de diciembre de 2020VISTOS: El Expediente Nº 18359215 sobre la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I, cuyo titular es Empresa de Generación Eléctrica Santa