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25 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de enero de 2021 El Peruano / se efectúa mediante Resolución Ministerial o del Titular de la Entidad correspondiente; Que, por Resolución Jefatural Nº 104-2017-INDECI de fecha 12 de junio de 2017, se cali fi caron los cargos de confi anza en el INDECI, correspondiendo tal cali fi cación al cargo de Director de la Dirección Desconcentrada INDECI - Lima; Que, en consecuencia, al encontrarse vacante el cargo de Director de la Dirección Desconcentrada INDECI - Lima, resulta pertinente designar al profesional que lo desempeñará; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley Nº 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM; y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2013-PCM y su modi fi catoria; y con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor MARIO FEDERICO MENDOZA GAVILANO, en el cargo de Director de la Dirección Desconcentrada INDECI – Lima, a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como la publicación en la página web e intranet del INDECI. Artículo 3.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General Institucional y remita copia autenticada por fedatario al interesado, a la O fi cina de Recursos Humanos y a la O fi cina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, para conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFREDO ENRIQUE MURGUEYTIO ESPINOZA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 1919013-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Aprueban actualización y despliegue nacional de la aplicación denominada Sección Especial de Predios Rurales – SEPR RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS N° 003-2021-SUNARP/SN Lima, 11 de enero de 2021VISTOS; el Informe Técnico N° 01-2021-SUNARP/DTR del 07 de enero de 2021 de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 1062-2020-SUNARP/OGTI del 10 de diciembre de 2020 y el Memorándum N° 008-2021-SUNARP/OGTI del 07 de enero de 2021, ambos de la O fi cina General de Tecnologías de la Información; el Memorándum N° 005-2021-SUNARP/OGAJ del 05 de enero del 2021 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos administra, regula, gestiona y supervisa los registros que conforman el Sistema Nacional de los Registros Públicos, uno de los cuales es el Registro de Predios, en el que se inscriben, entre otros actos, las titularidades sobre predios, ya sean estos urbanos o rústicos, como consecuencia de inmatriculaciones, transferencias individuales, o como resultado de programas masivos de titulación; Que, el trámite para la presentación masiva de títulos se encuentra recogido en el segundo párrafo del artículo 15 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de los Registros Públicos, como una modalidad excepcional de ingreso de títulos a través del Diario, en favor de las entidades encargadas de los programas de titulación, formalización o saneamiento de propiedad; Que, como parte de las diferentes medidas adoptadas con el fi n de coadyuvar a la labor registral, se implementó la aplicación denominada Sección Especial de Predios Rurales – SEPR, para la cali fi cación de títulos presentados de manera masiva en el Registro de Predios, respecto a ciertos actos inscribibles; Que, la creciente presentación masiva de títulos por parte de las entidades públicas en los últimos años, sumada a la alta demanda de los servicios registrales por parte de la ciudadanía en general, ocasiona un incremento signi fi cativo en la carga laboral de los registradores, quienes requieren complementar su evaluación jurídica con herramientas tecnológicas que faciliten su labor en la inscripción de títulos; lo que ha llevado a la necesidad de actualizar las funcionalidades de la aplicación SEPR, a fi n de adecuarla al Sistema de Información Registral – SIR–, empleado para la cali fi cación de títulos; Que, ante ello, la Dirección Técnica Registral ha propuesto o fi cializar la actualización del SEPR, a fi n que constituya un apoyo tecnológico complementario en la labor de cali fi cación, en los casos de presentación masiva de títulos en el Registro de Predios; Que, para el adecuado empleo de la aplicación SEPR por parte de los registradores públicos, resulta pertinente, además, difundir y socializar la misma, de modo que se generalice su uso, principalmente, en las ofi cinas registrales en las que se presentan solicitudes de inscripción vinculadas a la titulación de predios rurales; Que, la O fi cina General de Tecnologías de la Información ha manifestado su conformidad con la propuesta, detallando las actividades correspondientes a la actualización de la aplicación SEPR; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica ha señalado que esta medida contribuirá a brindar prontitud en las inscripciones, generando bene fi cio a la ciudadanía con una mejor atención, destacando así la gestión, efi cacia y e fi ciencia de nuestros servicios, coadyuvando en la modernización y virtualización de los procedimientos registrales; Que, atendiendo a las consideraciones antes aludidas, así como a la evaluación técnica correspondiente, la Dirección Técnica Registral ha elevado el proyecto de Resolución, conjuntamente con el Informe Técnico, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, para la evaluación y aprobación respectiva, la cual cuenta con la opinión favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la O fi cina General de Tecnologías de la Información; De conformidad con lo dispuesto en el literal x) del Artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; contando con el visado de la Gerencia General, de la Dirección Técnica Registral, de la O fi cina General de Tecnologías de la Información y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero. – Actualización y despliegue de la aplicación Sección Especial de Predios Rurales - SEPR Aprobar la actualización y despliegue nacional de la aplicación denominada Sección Especial de Predios Rurales – SEPR, a fi n de facilitar las inscripciones masivas de actos en el Registro de Predios; a estos efectos, la Ofi cina General de Tecnologías de la Información y las Unidades de Tecnologías de la Información de las Zonas