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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2021 (13/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de enero de 2021 / El Peruano función de Ministro de Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la citada Ley N° 29357, y el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, el Secretario General es la más alta autoridad administrativa del Ministerio; Que, los Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco de la Ley N° 29806, aprobados con Resolución Ministerial N° 283-2012-EF/43, regulan de manera exclusiva las obligaciones que deben cumplir los titulares de los Sectores o los funcionarios que cuenten con la delegación de las funciones correspondiente, en los temas relativos a la selección y contratación del personal altamente califi cado; Que, los Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley N° 25650, aprobados con Resolución Ministerial N° 416- 2014-EF/10, establecen las obligaciones que deben cumplir los titulares de las entidades contratantes o los funcionarios que cuenten con la delegación de las funciones correspondiente, en los temas relativos a procesos de selección y contratación de consultores; Que, el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece los principios y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto Público a que se re fi ere el artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; asimismo, establece en su numeral 7.2 del artículo 7 que el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente aquel Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la respectiva Entidad; Que, con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión de los recursos asignados en materia presupuestal, permitiendo a la Entidad, cumplir tanto con las funciones previstas en su Reglamento de Organización y Funciones como con la programación de las metas institucionales para el ejercicio 2021, resulta procedente delegar las facultades en materia presupuestaria y fi nanciera; Que, el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones establece que la O fi cina General de Administración es el órgano de apoyo que depende de la Secretaria General. Es responsable de la gestión administrativa y fi nanciera del Ministerio, y del cumplimiento de las funciones establecidas en las normas de los Sistemas Administrativos de Contabilidad, Tesorería y Abastecimiento. Asimismo, se encarga de la administración de los recursos para el funcionamiento de los Órganos del Servicio Exterior y de los Órganos Desconcentrados del Ministerio; Que, el artículo 38 del citado Reglamento de Organización y Funciones establece que la O fi cina General de Recursos Humanos es el órgano de apoyo que depende de la Secretaria General. Es responsable de la gestión de la política integral de recursos humanos del Ministerio; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modi fi catorias, establecen que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga; Que, de otro lado, el numeral 85.1 del artículo 85 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en dicha ley; por lo que es necesario establecer niveles de desconcentración de los procesos decisorios en el Ministerio de Relaciones Exteriores, delegando en los titulares de la Secretaria General, la O fi cina General de Administración y la O fi cina General de Recursos Humanos, las facultades en materia presupuestaria, fi nanciera, normativa, contrataciones del Estado y gestión administrativa, según corresponda, a que se re fi ere la presente resolución, a la luz de la normatividad legal anteriormente citada; Con la opinión favorable y los visados de la Secretaria General, de la O fi cina General de Asuntos Legales, de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de la O fi cina de Logística y de la Ofi cina de Control Patrimonial; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF y el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modi fi catorias; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- De la delegación al Titular de la Secretaria General Delegar en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes facultades: 1.1 En materia presupuestariaa) Aprobar y formalizar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático de acuerdo con el numeral 47.2 del artículo 47 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. b) Aprobar el Plan Operativo Institucional del Pliego N° 008: Ministerio de Relaciones Exteriores y sus respectivas modi fi catorias. c) Aprobar las evaluaciones del Plan Estratégico Sectorial Multianual, del Plan Estratégico Institucional, del Plan Operativo Institucional y del Presupuesto Institucional. d) Emitir Directivas internas, circulares y/o manuales, así como todo documento de carácter normativo en materia presupuestal, que permita la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento. e) Aprobar la Programación Multianual y la Formulación Presupuestaria del Pliego N° 008: Ministerio de Relaciones Exteriores. f) Suscribir formatos, fi chas y documentación que tenga incidencia presupuestaria. 1.2 En materia fi nanciera Suscribir los Estados Financieros y Presupuestarios del Pliego N° 008: Ministerio de Relaciones Exteriores, que se reporte de manera periódica a la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, con excepción de aquella correspondiente al reporte anual a ser enviado para la elaboración de la Cuenta General de la República en el marco del numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad. 1.3 En materia normativaAprobar directivas, planes, manuales, programas, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnicos-normativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de todas las unidades orgánicas del Ministerio de Relaciones Exteriores.