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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ENERO DEL AÑO 2021 (19/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Martes 19 de enero de 2021 / El Peruano y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE:Artículo 1.- Retirar del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Instituto Nacional de Estadística e Informática, aprobado por Decreto Supremo Nº 041-2005-PCM, modi fi cado por Resoluciones Ministeriales Nº 211-2007-PCM y 041-2008-PCM, tres (3) procedimientos administrativos y cinco (5) servicios los cuales se encuentran señalados en el Anexo A y Anexo B, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Actualizar el procedimiento administrativo estandarizado “Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentra en posesión o bajo su control del Instituto Nacional de Estadística e Informática, el mismo que queda redactada en los términos señalados en el Anexo C, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 3.- Actualizar el servicio prestado en exclusividad “Reproducción de Planos Urbanos y Mapas Distritales”, el mismo que queda redactado en los términos señalados en el Anexo Nº D, que forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural. Artículo 4.- Notifi car la presente resolución a los órganos involucrados, para conocimiento y fi nes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural y sus Anexos en el Diario O fi cial “El Peruano” (www.elperuano.com.pe), y en el Portal Institucional de Estadística e Informática (www.inei.gob.pe). Regístrese y comuníquese.DANTE CARHUAVILCA BONETT Jefe * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O ficial El Peruano, sección Normas Legales. 1920806-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República, correspondiente al 50% (incluido IGV) del pago final, para la contratación de la Sociedad de Auditoría que se encargará de las labores de control posterior externo RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 0003-2021-SUNEDU Lima, 18 de enero de 2021 VISTOS: El Informe Nº 0005-2021-SUNEDU-03-07 de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Nº 047-2021-SUNEDU-03-06 de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se aprueban los presupuestos institucionales de los Pliegos del Sector Público, y a través de la Resolución de Superintendencia Nº 080-2020-SUNEDU, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2021 del Pliego 118: Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - Sunedu, por el monto de S/ 70 546 302,00 (setenta millones quinientos cuarenta y seis mil trescientos dos y 00/100 Soles), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, de acuerdo al artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la o fi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Asimismo, el citado artículo establece que las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante el O fi cio Nº 000304-2020-CG/GAD, la Contraloría General de la República (CGR) solicita realizar la trasferencia fi nanciera por el monto de S/ 82,662.00, para la retribución económica de la sociedad de auditoría que realizará la auditoría fi nanciera gubernamental del periodo 2020, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785; Que, a través de la Resolución de Superintendencia Nº 0066-2020-SUNEDU, de fecha 12 de octubre de 2020, se autorizó la transferencia fi nanciera con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 del pliego 118: Sunedu, hasta por la suma de S/ 41,331.00 (cuarenta y un mil trescientos treinta y uno y 00/100 soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al pago del 50% de la retribución económica (incluido IGV), para la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de efectuar la auditoría fi nanciera gubernamental del período 2020; Que, mediante el Memorando Nº 010-2021-SUNEDU-03-08-02, la Unidad de Administración Financiera solicita a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto gestionar la Transferencia Financiera correspondiente al saldo del 50% (incluyendo el IGV) del periodo auditado 2020, dando así cumplimiento a lo solicitado en el O fi cio Nº 000304-2020-CG/GAD, precisando que dicho importe cuenta con la previsión presupuestal correspondiente; Que, a través del Informe Nº 0005-2021-SUNEDU-03-07, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable para realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría, por el monto de S/ 41,331.00 (cuarenta y un mil tres cientos treinta y uno y 00/100 Soles) con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados correspondiente al 50% (incluido IGV) del pago fi nal a la sociedad de auditoría, con cargo a los recursos asignados en la meta 0011: Unidad de Administración Financiera; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar una transferencia fi nanciera por el monto de S/ 41,331.00 (cuarenta y un mil tres cientos treinta y uno y 00/100 Soles) a favor del Pliego 019: Contraloría General, correspondiente al 50% (incluyendo IGV) del pago fi nal de la Auditoría del período 2020; Con el visto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Administración, de la Secretaría General, y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; la Ley Nº 30742, Ley de fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Ley Nº 30220, Ley Universitaria, y, el Decreto Supremo Nº 012-2014-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 006-2018-MINEDU;