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21 NORMAS LEGALES Viernes 29 de enero de 2021 El Peruano / la entrega económica establecida en el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153”, que sustituye a la Directiva Administrativa N° 283-MINSA/2020/DGOS; Que, de acuerdo con el artículo 109 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, modi fi cado por los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA, la Dirección General de Operaciones en Salud es el órgano de línea dependiente del despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, responsable de proponer normatividad para gestionar el monitoreo y evaluación de la Gestión Administrativa desarrollada en las IPRESS y UGIPRESS públicas a nivel nacional, mediante indicadores de desempeño u otros mecanismos de medición; así como efectúa acciones de monitoreo y evaluación de la infraestructura, equipamiento y mantenimiento en los establecimientos de salud a nivel nacional, proponiendo las acciones de mejora, a fi n de brindar servicios de calidad a los ciudadanos. Asimismo, según el literal c) del artículo 110 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, es función de la referida Dirección General, proponer Indicadores de Desempeño, Metas Institucionales y Compromisos de Mejora; así como, gestionar su implementación en el marco del Decreto Legislativo Nº 1153, en coordinación con los órganos competentes del Ministerio de Salud; Que, conforme a lo expuesto, resulta necesario aprobar la Directiva Administrativa antes mencionada; Con el visado del Director General de la Dirección General de Operaciones en Salud; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; de la Secretaria General; del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y del Viceministro de Salud Pública; De conformidad con Io establecido en el Decreto Legislativo N° 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del personal de Ia salud al servicio del Estado; el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 027- 2019-SA, que establece los criterios técnicos para de fi nir los indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios a cumplir en el año 2020, para percibir la entrega económica anual a la que hace referencia el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153 y el Decreto Supremo N° 001-2021-SA, que modi fi ca los Anexos 1 y 2 del Decreto Supremo N° 027-2019-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Directiva Administrativa N° 303 -MINSA/2021/DGOS, “Directiva Administrativa que regula los aspectos metodológicos para la evaluación del cumplimiento de los indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios en salud, alcanzados en el año 2020, para la entrega económica establecida en el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153”, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Directiva Administrativa N° 283-MINSA/2020/DGOS, “Directiva Administrativa que regula los aspectos metodológicos para la evaluación del cumplimiento de los indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios en salud alcanzados en el año 2020, para la entrega económica establecida en el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153”, aprobada por Resolución Ministerial N° 038-2020/MINSA. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial y su respectivo anexo, en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.PILAR ELENA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 1923787-1Aprueban “Directiva Administrativa que regula los aspectos metodológicos para la evaluación del cumplimiento de los indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios, alcanzados en el año 2021, para la entrega económica establecida en el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 105-2021/MINSA Lima, 28 de enero del 2021Visto, el Expediente N° 21-009650-001, que contiene la Nota Informativa N° 117-2021-DGOS/MINSA y el Informe N° 002-2021-GMSV-DIMON-DGOS/MINSA, emitidos por la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1153, que regula la Política Integral de Compensaciones y Entregas Económicas del Personal de la Salud al Servicio del Estado, tiene la fi nalidad que éste alcance mayores niveles de e fi cacia, e fi ciencia, y preste efectivamente servicios de calidad en materia de salud al ciudadano, a través de una política integral de compensaciones y entregas económicas que promueva el desarrollo de su personal; Que, el artículo 15 del mencionado Decreto Legislativo dispone que la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios, es la entrega económica que se otorga una vez al año, al personal de los establecimientos de salud, redes y microrredes del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y Gobiernos Regionales, por el cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios; Que, el numeral 32.6 del artículo 32 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, dispone que para la asignación por cumplimiento de las metas institucionales, indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios alcanzados en el Año Fiscal 2021 en el marco de lo dispuesto en el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153, cuyo pago se realiza en el Año Fiscal 2022, el Ministerio de Salud aprueba, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Salud, a propuesta de esta última, los criterios técnicos correspondientes para la de fi nición de las metas, indicadores de desempeño a nivel de resultado, producto, insumo o proceso de programas presupuestales asociadas a dichos pagos, así como los criterios técnicos para su aplicación e implementación. Asimismo, se dispone que el referido Decreto Supremo se publica hasta el 31 de diciembre de 2020; Que, en ese sentido, como parte del fortalecimiento del Sector Salud, mediante Decreto Supremo N° 035-2020-SA, se aprobaron los criterios técnicos para defi nir los indicadores de desempeño y compromisos de mejora de los servicios a cumplir en el año 2021, para percibir la entrega económica anual a la que hace referencia el artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1153, Decreto Legislativo que regula la política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la salud al servicio del Estado; Que, el numeral 4.3 del artículo 4 del Decreto Supremo N° 035-2020-SA, dispone que el Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial, en un plazo de hasta treinta (30) días contados desde la vigencia del referido Decreto Supremo, establece la línea de base, los logros esperados (metas) y pesos ponderados de los indicadores y compromisos de mejora de los servicios por cada órgano incluido en el alcance del Decreto Supremo N° 035-2020-SA, así como los procesos y procedimientos