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115 NORMAS LEGALES Sábado 30 de enero de 2021 El Peruano / Municipal aprobado con Decreto Supremo N° 156-2004- EF; Que, mediante Memorándum N° 036-2021-GSAT/ MDSA la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria remite el Informe N° 013-2021-SGRCRT/GSAT/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, el cual adjunta el proyecto de ordenanza aprueba las fechas de vencimiento para el pago del impuesto predial y arbitrios municipales, incentivos de pronto pago para el ejercicio 2021, bene fi cio en descuento de marcas colaboradoras del Mall Aventura S.A y actualización de datos con carácter de declaración jurada; otorgando un bene fi cio especial, incentivando el pronto pago total anual de los tributos del 2021, asegurando así la sostenibilidad de los proyectos y servicios que brinda la municipalidad de Santa Anita; Que, mediante Informe Nº 004-2021-GAJ-MDSA la Gerencia de Asesoría Jurídica emite su opinión favorable, no existiendo impedimento legal para la aprobación del proyecto de ordenanza que establece el bene fi cio tributario de Pronto Pago 2021; Que, mediante Memorándum N° 022-2021-MDSA/GM la Gerencia Municipal remite los documentos señalados, el mismo que será elevado al Concejo Municipal para su evaluación y aprobación según corresponda; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó por Unanimidad lo siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES, INCENTIVOS DE PRONTO PAGO PARA EL EJERCICIO 2021, BENEFICIOS ADICIONALES PARA CONTRIBUYENTES PUNTUALES Y ACTUALIZACIÓN DE DATOS CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA Artículo Primero.- OBJETO Establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del Ejercicio 2021, así como el régimen de incentivos de pronto pago de dichos tributos en el presente ejercicio y establecer la fecha de vencimiento para la presentación de su inscripción, modi fi cación o actualización de Datos de su Declaración Tributaria en el Registro Tributario con carácter de Declaración Jurada. Artículo Segundo.- RÉGIMEN DE INCENTIVOS DE “PRONTO PAGO” Los contribuyentes podrán acceder voluntariamente a los incentivos por pronto pago que establece la presente Ordenanza, aplicándose el descuento al insoluto del monto de los Arbitrios Municipales según el siguiente detalle: INCENTIVO DESCUENTO CONDICIONESFECHA LÍMITE DE CANCELACIÓN PRONTO PAGO20% DESCUENTO SOBRE LOS ARBITRIOS 2021 PARA CASA HABITACIÓN Y COMERCIO MENORPARA TODOS LOS CONTRIBUYENTES QUE CUMPLAN CON LA CANCELACIÓN TOTAL ANUAL DEL IMPUESTO PREDIAL, LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Y LOS DERECHOS DE EMISIÓN 2021HASTA EL 28 DE FEBRERO 2021 PRONTO PAGO10% DESCUENTO SOBRE LOS ARBITRIOS 2021 PARA OTROS USOSPARA TODOS LOS CONTRIBUYENTES QUE CUMPLAN CON LA CANCELACIÓN TOTAL ANUAL DEL IMPUESTO PREDIAL, LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Y LOS DERECHOS DE EMISIÓN 2021HASTA EL 28 DE FEBRERO 2021Solo en el caso de aquellos contribuyentes que gocen de inafectación, deducción total y/o exoneración del Impuesto Predial, el incentivo será aplicable solo con el pago anual total de los Arbitrios Municipales y de los Derechos de emisión que les sean aplicables. Artículo Tercero.- CALENDARIO DE VENCIMIENTO Establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales del Ejercicio 2021, de acuerdo al siguiente cronograma: Impuesto Predial• Pago al contado Hasta el 28 de Febrero de 2021• Pago fraccionado1° Cuota Hasta el 28 de Febrero de 2021 2° Cuota Hasta el 31 de Mayo de 20213° Cuota Hasta el 31 de Agosto de 20214° Cuota Hasta el 30 de Noviembre de 2021 Arbitrios Municipales1° y 2° Cuota Hasta el 28 de Febrero de 2021 3° Cuota Hasta el 31 de Marzo de 20214° Cuota Hasta el 30 de Abril de 20215° Cuota Hasta el 31 de Mayo de 20216° Cuota Hasta el 30 de Junio de 20217° Cuota Hasta el 31 de Julio de 20218° Cuota Hasta el 31 de Agosto de 20219° Cuota Hasta el 30 de Setiembre de 2021 10° Cuota Hasta el 30 de Octubre de 2021 11° Cuota Hasta el 30 de Noviembre de 2021 12° Cuota Hasta el 31 de Diciembre de 2021 Derechos de Emisión• Único Pago Hasta el 28 de Febrero de 2021Artículo Cuarto.- DECLARAR DE CARÁCTER OBLIGATORIO LA ACTUALIZACIÓN DE DATOS – HOJA DE ACTUALIZACIÓN DE DATOS (HAT) Declarar de carácter obligatorio la inscripción, modi fi cación o actualización de Datos de su Declaración Tributaria en el Registro Tributario con carácter de Declaración Jurada de Autovalúo de los predios de los contribuyentes o responsables tributarios que estén omisos, hayan realizados trasferencias de dominio no registradas, sucesiones que siguen tributando por sus predios a nombre de los propietarios difuntos, contribuyentes que han cambiado su domicilio fi scal sin registrarlo, propietarios que han realizado ampliaciones y no han actualizado las declaraciones tributarias de sus predios, hasta el 28 de febrero de 2021, el incumplimiento generará la sanción tributaria correspondiente. Artículo Quinto.- BENEFICIOS ADICIONALES DE EMPRESAS COLABORADORAS: Los administrados, que cancelen sus tributos Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2021, hasta el 28 de febrero de 2021, obtendrán descuentos en 24 marcas colaboradoras del MALL AVENTURA S.A de diferentes rubros, como son: vestuario, calzado, gastronomía, bisutería entre otros. La relación de las marcas colaboradoras, los descuentos y los términos y condiciones se encuentran detallado en el Anexo 1, adjunto a la presente Resolución. Artículo Sexto.- DEROGATORIA Dejar sin efecto toda norma que se oponga a la presente Ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las normas reglamentarias respectivas, así como la prórroga de la vigencia de esta Ordenanza si la gestión operativa de los Tributos así lo amerita. Y autorice incluir otras empresas para los bene fi cios del Art. 5° de la presente ordenanza.