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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2021 (30/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 107

107 NORMAS LEGALES Sábado 30 de enero de 2021 El Peruano / Tribunal Fiscal, para el caso de duplicidad de registro de inscripción; así como la facultad de fi scalización otorgadas por el Código Tributario, por lo que sin perjuicio de la inscripción realizada se accionará conforme a las facultades mencionadas con las consecuencias que la ley determine. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- CUMPLIMIENTO Encárguese el cumplimiento y difusión de la presente norma a la Gerencia de Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas, y Secretaría General conforme sus competencias y atribuciones. Segunda.- FACULTADES Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía ordene las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- DEROGACIÓN Deróguese toda norma que contravenga a la presente Ordenanza. Cuarta.- PUBLICACIÓN Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario O fi cial El Peruano y a la Gerencia de Administración y Finanzas, en la página web de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa (www.munipuntahermosa.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JORGE HUMBERTO OLAECHEA REYES Alcalde 1923571-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza que fija la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias administradas y/o recaudadas por la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho ORDENANZA Nº 406-MDSJL EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHO;POR CUANTOEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de enero del 2021, el Dictamen Nº 001-2021-CER-CM/MDSJL, 18 de enero del 2021, de la Comisión Ordinaria de Economía y Rentas; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERÉS MORATORIO (TIM) APLICABLE A LAS DEUDAS TRIBUTARIAS ADMINISTRADAS Y/O RECAUDADAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- FIJAR TASA DE INTERES MORATORIO Fijar en uno por ciento (1%) mensual la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias que administra y/o recauda la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho al año 2021, en concordancia a lo establecido por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT en su Resolución de Superintendencia Nº 066-2020/SUNAT. Artículo Segundo.· APLICAR MEDIDAS COMPLEMENTARIAS Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias para la mejor aplicación de la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Recaudación y Control, Subgerencia de Registro y Orientación Tributaria, Subgerencia de Fiscalización Tributaria, Gerencia de Ejecutoría Coactiva y Gerencia de Administración y Finanzas. Segunda.- DEJAR sin efecto toda disposición que se oponga a lo establecido en la presente ordenanza. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaria General, el cumplimiento de las formalidades de publicidad establecidas en la Ley, a efecto que el texto íntegro de la ordenanza se publique en el Diario O fi cial El Peruano, así como a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional, publicarlo en el portal Institucional de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho (www.munisjl.qob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 1923657-1 Ordenanza que establece incentivo tributario por el pronto pago de obligaciones tributarias del ejercicio 2021 en el distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA Nº 407-MDSJL EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHO;POR CUANTOEL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de enero del 2021, el Dictamen Nº 003-2021-CER-CM/MDSJL, 21 de enero del 2021, de la Comisión Ordinaria de Economía y Rentas; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE INCENTIVO TRIBUTARIO POR EL PRONTO PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DEL EJERCICIO 2021 EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Artículo Primero.- OBJETIVO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN La presente ordenanza tiene como objetivo establecer incentivo tributario de carácter temporal por el pronto pago de obligaciones tributarias del ejercicio 2021 a favor de los contribuyentes en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DEFINICIONESContribuyente Puntual: Todo contribuyente que al día 1 de enero de 2021, no mantenga deuda pendiente de pago por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales hasta el ejercicio 2020. Pensionista y/o Adulto Mayor: Contribuyente debidamente registrado en la municipalidad que goce