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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2021 (30/01/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Sábado 30 de enero de 2021 / El Peruano de Familia, Fiscalías Superiores de Familia y Fiscalías Provinciales de Familia a nivel nacional, respectivamente, con todo su personal fi scal y administrativo, conservando sus funciones y atribuciones actuales. Artículo Sexto.- Disponer que las Fiscalías Superiores de Familia de Huaura y Huánuco; la Primera, Segunda y Tercera Fiscalía Provincial de Familia de Cajamarca; Primera y Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Huancavelica; Primera y Segunda Fiscalía Provincial de Familia de Huaura; y, las Fiscalías Provinciales de Familia de Lima, asuman en adición a sus funciones la competencia para conocer los casos establecidos en el Código Procesal Civil y los artículos 89° y 96º del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, según corresponda, conforme a las Fiscalías convertidas en los artículos primero al quinto de la presente Resolución. Artículo Séptimo.- Disponer que la Sexta Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Lima; así como, la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Cajamarca, y Fiscalías Provinciales Especializadas en Delitos de Agresiones en contra de las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Huancavelica y Huaura (artículo 122-B del Código Penal), realicen previamente una capacitación sobre la especialidad de la materia de conversión; y una vez culminada la preparación inicien las labores que corresponden a la función fi scal. Artículo Octavo.- Ampliar la designación de la abogada Kelly Calderón Pérez, Fiscal Superior Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Lima, como Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar. Artículo Noveno.- Dar por concluida la designación del abogado José De La Cruz Vargas, Fiscal Provincial Titular Civil de Huancavelica, Distrito Fiscal de Huancavelica, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil de Huancavelica, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 158-2015-MP-FN, de fecha 19 de enero de 2015. Artículo Décimo .- Dar por concluida la designación de la abogada Martha Lucía Anaya Paucar, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil de Huancavelica, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 144-2017-MP-FN, de fecha 18 de enero de 2017. Artículo Décimo Primero .- Dar por concluida la designación de la abogada María del Carmen Bancayan Rumiche , Fiscal Provincial Titular Civil de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil de Huaura, materia de Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 939-2012-MP-FN, de fecha 17 de abril de 2012. Artículo Décimo Segundo .- Dar por concluida la designación del abogado Miguel Ángel Palacios Reynaldo , Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Civil de Huaura, materia de Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1567-2018-MP-FN, de fecha 23 de mayo de 2018. Artículo Décimo Tercero.- Designar al abogado José De La Cruz Vargas , Fiscal Provincial Titular Civil de Huancavelica, Distrito Fiscal de Huancavelica, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Agresiones en contra de las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Huancavelica (artículo 122-B del Código Penal). Artículo Décimo Cuarto .- Designar a la abogada Martha Lucía Anaya Paucar, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Huancavelica, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Agresiones en contra de las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Huancavelica (artículo 122-B del Código Penal).Artículo Décimo Quinto.- Designar a la abogada María del Carmen Bancayan Rumiche, Fiscal Provincial Titular Civil de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Agresiones en contra de las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Huaura (122-B del Código Penal). Artículo Décimo Sexto .-Designar al abogado Miguel Ángel Palacios Reynaldo, Fiscal Adjunto Provincial Titular Civil de Huaura, Distrito Fiscal de Huaura, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Agresiones en contra de las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar de Huaura (122-B del Código Penal). Artículo Décimo Séptimo.- Disponer la adecuación de las designaciones y/o destaques del personal fi scal que se encuentra designado y/o destacado en las plazas fi scales de las fi scalías materia de las conversiones dispuestas en el artículo quinto de la presente resolución. Artículo Décimo Octavo.- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Cajamarca, Huancavelica, Huaura y Lima, dispongan las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución conforme a lo establecido en el artículo 157, literales “c” y “o” del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones con Enfoque de Gestión por Resultados aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1139-2020-MP-FN de fecha 17 de octubre de 2020. Artículo Décimo Noveno.- Facultar a la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, disponga las medidas pertinentes para el debido cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución conforme a lo establecido en la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 971-2020-MP-FN de fecha 05 de setiembre de 2020. Artículo Vigésimo.- Disponer que la Gerencia General realice las acciones necesarias para el apoyo administrativo y logístico a efectos del cumplimiento de la presente resolución. Artículo Vigésimo Primero.- Disponer que la Escuela del Ministerio Público realice las acciones necesarias para la capacitación que corresponda con la fi nalidad de dar el debido cumplimiento a la presente resolución. Artículo Vigésimo Segundo.- Disponer que la presente resolución surta efectos a partir del 1 de febrero de 2021. Artículo Vigésimo Tercero.- Establecer que del 01 al 21 de febrero de 2021, se realice la implementación de las Fiscalías señaladas en los artículos primero al cuarto. Artículo Vigésimo Cuarto.- Disponer que las conversiones establecidas en los artículos primero al cuarto de la presente resolución, permanezcan hasta la implementación del cronograma del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar (SNEJ); en cuyo caso, se incorporarán a las Fiscalías Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, creadas mediante este sistema. Artículo Vigésimo Quinto.- Disponer que se noti fi que la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia para el correspondiente cambio de título de todo el personal fi scal de las Fiscales Provinciales Civiles involucrados en la presente resolución, cuyo título sea de dicha especialidad, conforme a las conversiones dispuestas. Artículo Vigésimo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia del Poder Judicial, Fiscalías Supremas, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales a nivel nacional, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías