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95 NORMAS LEGALES Sábado 6 de febrero de 2021 El Peruano / MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TRUJILLO Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo - SATT a fin de adecuarse a las disposiciones dictadas por el D.S. N° 164-2020-PCM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 086-2020-MPT Trujillo, 30 de diciembre de 2020VISTOS, el O fi cio Nº 970-2020 GG/SATT, O fi cio Nº 5363-2020-MPT/GPP, Informe Legal Nº 1903-2020-MPT/GAJ, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305 – Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo II del Título Preliminar y numeral 2.1 del artículo 81º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con potestad normativa para controlar el cumplimiento de las normas de tránsito conforme a las leyes y reglamentos nacionales que regulen la materia; Que, con fecha 20 de marzo del 2017 se publica el Texto único Ordenado de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2017, el mismo que tiene por fi nalidad establecer el régimen jurídico aplicable para la actuación de la Administración Pública sirva de protección del interés general, garantizando los derechos e intereses de los administrados y con sujeción al ordenamiento constitucional y jurídico general; Que, el numeral 40.3 del artículo 40º del Texto Único Ordenado – TUO, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que los procedimientos administrativos deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, aprobados para cada entidad; Que, el numeral 41.1 del artículo 41º del TUO señala que mediante Decreto Supremo refrendado por la Presidencia del Concejo de Ministros – PCM, se aprueban procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad estandarizados de obligatoria aplicación por las entidades competentes para tramitarlos, las que no están facultadas para modi fi carlos o alterarlos. Asimismo, se establece que las entidades están obligadas a incorporar dichos procedimientos sin necesidad de aprobación por parte de otra entidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, se Aprueba el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control; Que, en los numerales 7.1 y 7.2 del artículo 7º del Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, se dispone que las entidades de la Administración Pública incorporan el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control en sus respectivos TUPA, sin necesidad de aprobación por parte de otra entidad; y, que las entidades de la Administración Pública en un plazo máximo de cinco días hábiles contados a partir de la entrada en vigencia de dicha norma, proceden a la adecuación de su TUPA, con independencia que el procedimiento administrativo forme parte o de su TUPA vigente; Que, mediante Ordenanza Municipal 021-2018-MPT, publicada en Diario El Peruano, el 01 de noviembre del 2018, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo – SATT;Que, mediante O fi cio Nº 970-2020 GG/SATT, emitido por el Servicio de Administración Tributaria de Trujillo – SATT, se remite a la Municipalidad Provincial de Trujillo, el Informe OPP/GG/SATT Nº 128-2020, solicitando la Adecuación del TUPA SATT, para su correspondiente aprobación y publicación, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM; Que, mediante O fi cio Nº 5363-2020-MPT/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite los actuados a la Gerencia de Asesoría Jurídica, en atención al Informe Nº 067-2020-MPT-GPP-SGPR-TIC, en el que se concluye que el SATT, a adecuado el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, al Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, a fi n de que se emita el Informe Legal que corresponda; Que, mediante Informe Legal Nº 1903-2020-MPT/ GAJ, ingresado a Secretaría General el 28 de diciembre del 2020, en el que el Gerente de Asesoría Jurídica, concluye que de conformidad a lo expuesto en el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, la propuesta formulada por el Servicio de Administración Tributaria de Trujillo – SATT y opinión técnica de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, resulta viable aprobar la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo -SATT, mediante Decreto de Alcaldía; Que, en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- ADECUAR el Procedimiento Administrativo Nº 2 Acceso a la Información Pública a cargo de la Gerencia General del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo – SATT, del Texto Único de Procedimientos Administrativos aprobado por Ordenanza Municipal 021-2018-MPT, conforme al Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM que aprueba el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control, que se adjunta al presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo – SATT, aprobado mediante por Ordenanza Municipal 021-2018-MPT, a fi n de adecuarse a las disposiciones dictadas por el Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM. Artículo Tercero.- APROBAR el Formulario de Solicitud que se encuentra comprendido en el Anexo Nº 2 que se adjunta al presente Decreto, correspondiente al Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo – SATT. Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano. Adicionalmente los Anexos Nº 1 y 2 del presente Decreto, son publicados en el Portal del Diario O fi cial El Peruano, en el portal Institucional del Servicio de Administración Tributaria de Trujillo (www.satt.gob.pe), Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe). Artículo Quinto.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del siguiente día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Sexto.- NOTIFÍQUESE el presente Decreto y sus Anexos a las instancias que corresponda para los fi nes de su cumplimiento. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese, y cúmplase. JOSÉ PRUDENCIO RUIZ VEGA Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 1925511-1